RESOLUCIÓN INT/136/2012, de 3 de febrero, por la que se modifica parcialmente la Resolución INT/2927/2011, de 15 de diciembre, por la que se establecen las restricciones a la circulación durante el año 2012.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorServicio Catalán de Tráfico
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

INT/136/2012, de 3 de febrero, por la que se modifica parcialmente la Resolución INT/2927/2011, de 15 de diciembre, por la que se establecen las restricciones a la circulación durante el año 2012.

Después de la revisión del texto y anexos correspondientes hasta ahora vigentes, y de conformidad con la audiencia preceptiva con los principales afectados por estas restricciones a la circulación, se acuerda la modificación parcial de la Resolución INT/2927/2011, de 15 de diciembre, por la que se establecen las restricciones en la circulación durante el año 2012 (DOGC núm. 6030, de 22.12.2011).

El Servicio Catalán de Tráfico, organismo autónomo de carácter administrativo creado por la Ley 14/1997, de 24 de diciembre, y adscrito al Departamento de Interior, de acuerdo con lo que dispone el artículo 1.2 del Decreto 320/2011, de 19 de abril, de reestructuración del Departamento de Interior, tiene atribuidas, conjuntamente con otros órganos del Departamento, las funciones de gestión y control del tráfico en las vías interurbanas y en las travesías o vías urbanas que afecten a la circulación interurbana, así como la adopción de las medidas necesarias para garantizar la seguridad viaria, la movilidad y la fluidez del tráfico de las carreteras.

De conformidad con lo que establecen el artículo 16 del Texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos de motor y seguridad vial, aprobado por el Real decreto legislativo 339/1990, de 2 de marzo, y los artículos 37 y 39 del Reglamento general de circulación, aprobado por el Real decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, en el establecimiento de restricciones temporales o permanentes a la circulación de vehículos en determinados itinerarios de vías interurbanas e incluso de vías urbanas o travesías. Estas restricciones, que afectan a determinados vehículos tanto por razón de sus características técnicas como por su carga, se dictan con la finalidad, por una parte, de garantizar la movilidad de los usuarios y la fluidez de la red vial y, de otra, de mejorar la seguridad vial de todos los usuarios de las vías, tanto de forma ordinaria como con ocasión de festividades, periodos de vacaciones, desplazamientos masivos de vehículos o bien de otras circunstancias que puedan afectar las condiciones de la circulación.

Por lo tanto, de acuerdo con lo que establecen los artículos 5, apartados m) y n) en la redacción dada por la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, y el artículo 16 del Texto articulado...

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