EDICTO de 12 de mayo de 2014, sobre acuerdos de la Comisión Territorial de Urbanismo de Barcelona referentes al municipio de Llinars del Vallès.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD
Rango de LeyEdicto

La Comisión Territorial de Urbanismo de Barcelona, en las sesiones de 6 de noviembre de 2013 y de 12 de marzo de 2014, adoptó, entre otros, los siguientes acuerdos:

Exp.: 2009 / 038672 / B

Plan parcial urbanístico sector R, en el término municipal de Llinars del Vallès

Acuerdo de 12 de marzo de 2014

Vista la propuesta de la Ponencia Técnica y de acuerdo con los fundamentos que en ella se exponen, esta Comisión acuerda:

-1 Dar conformidad al Texto refundido del Plan parcial urbanístico sector R, del municipio de Llinars del Vallès, promovido y enviado por el Ayuntamiento en cumplimiento del acuerdo de aprobación definitiva de la Comisión Territorial de Urbanismo de Barcelona de 6 de noviembre de 2013.

-2 Publicar este acuerdo, el de aprobación definitiva de 6 de noviembre de 2013 y las normas urbanísticas correspondientes en el DOGC, al efecto de su ejecutividad inmediata tal y como indica el artículo 106 del Texto refundido de la Ley de urbanismo, aprobado por el Decreto legislativo 1/2010, de 3 de agosto, modificado por la Ley 3/2012, de 22 de febrero.

-3 Comunicarlo al Ayuntamiento.

Acuerdo de 6 de noviembre de 2013

Vista la propuesta de la Ponencia Técnica y de acuerdo con los fundamentos que en ella se exponen, esta Comisión acuerda:

-1 Aprobar definitivamente el Plan parcial urbanístico sector R, de Llinars del Vallès, promovido y enviado por el Ayuntamiento, y supeditar su publicación en el DOGC y consiguiente ejecutividad a la presentación de un texto refundido, por duplicado, verificado por el órgano que ha otorgado la aprobación provisional del expediente y debidamente diligenciado, que incorpore las siguientes prescripciones:

1.1 Es preciso dar cumplimiento al informe de la Agencia Catalana del Agua, de 14 de marzo de 2012, en relación con el saneamiento, en el sentido de prever una reserva de suelo para instalar una solución autónoma de depuración, acompañada de la consecuente partida presupuestaria, sin perjuicio que en trámite de aprobación del proyecto de urbanización el ACA determinará si finalmente es posible la conexión al sistema público de saneamiento.

1.2 Es preciso dar cumplimiento al informe emitido por la Autoridad del Transporte metropolitano, el 30 de abril de 2013, en el sentido de completar el Estudio de evaluación de la movilidad generada de acuerdo con, analizando los impactos de la nueva movilidad generada, en especial en relación al número de vehículos/día, vehículos/hora punta y nuevos usuarios de...

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