ORDEN JUS/372/2006, de 19 de julio, por la que se hace pública la convocatoria de subvenciones a entidades jurídicas sin ánimo de lucro vinculadas a partidos políticos con representación parlamentaria para estudios o actividades.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

JUS/372/2006, de 19 de julio, por la que se hace pública la convocatoria de subvenciones a entidades jurídicas sin ánimo de lucro vinculadas a partidos políticos con representación parlamentaria para estudios o actividades.

La Generalidad de Cataluña, con la voluntad de promocionar las actividades y las actuaciones que se dirigen a la implantación y al arraigo de la cultura democrática en la sociedad catalana, tiene prevista una línea de subvenciones a favor de las entidades sin ánimo de lucro que desarrollen programas en el ámbito del estudio y el desarrollo del pensamiento político y social.

Visto que la Asesoría Jurídica y la Intervención Delegada del Departamento de Justicia han emitido un informe favorable sobre las bases de la convocatoria;

Considerando el capítulo 9 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre (DOGC núm. 3791A, de 31.12.2002);

Considerando las facultades que me confiere el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,

Ordeno:

Artículo 1

1.1 Hacer pública la convocatoria para la concesión de subvenciones a entidades jurídicas sin ánimo de lucro vinculadas a partidos políticos con representación parlamentaria para estudios o actividades relacionados con el derecho y el funcionamiento de las instituciones democráticas, la difusión y la profundización del pensamiento político y social del sistema democrático.

1.2 Las subvenciones que se concedan en el marco de la presente convocatoria deben tener como finalidad contribuir a la implantación y al arraigo de la cultura democrática en la sociedad catalana.

1.3 Será necesario que estas actividades se realicen durante el año 2006.

1.4 La presente convocatoria va a cargo de la partida presupuestaria JU01 D/482000100/1210 de los presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2006, con una cantidad máxima de 660.000,00 euros.

Artículo 2

Aprobar las bases que regirán el concurso, que se publican como anexo de la presente Orden.

Artículo 3

Pueden optar a las presentes subvenciones las entidades que cumplan los siguientes requisitos:

a) Estar legalmente constituidas e inscritas, si procede, en el registro que corresponda.

b) Tener una vinculación efectiva con los partidos políticos que tienen representación en el Parlamento de Cataluña, acreditada mediante un certificado del representante legal del partido político al que está vinculada, designándola como tal a los efectos de estas subvenciones.

c) Estar al día en la presentación de cuentas anuales en el protectorado o registro administrativo que corresponda, en su caso.

Artículo 4

Las solicitudes deben definir claramente la actividad a subvencionar, el importe de la subvención que se pide, el detalle de las fuentes de financiación de la actividad y el presupuesto desglosado de la actividad a desarrollar.

Artículo 5

El plazo de presentación de solicitudes es de quince días a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente Orden.

Artículo 6

Sin perjuicio de lo...

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