DECRETO 321/2011, de 19 de abril, por el que se derogan varias disposiciones reglamentarias referidas a las materias de competencia del Departamento de Empresa y Empleo.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE EMPRESA Y EMPLEO
Rango de LeyDecreto

DECRETO

321/2011, de 19 de abril, por el que se derogan varias disposiciones reglamentarias referidas a las materias de competencia del Departamento de Empresa y Empleo.

El Estatuto de Autonomía de Cataluña establece en el artículo 68 que el Gobierno de la Generalidad ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo con el Estatuto y las leyes.

La regulación contenida en el título IV de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña recoge la voluntad que en el proceso de elaboración de disposiciones reglamentarias se priorice la evaluación del impacto normativo en cada uno de los proyectos que se pongan en marcha en el marco de la tendencia a que los ordenamientos jurídicos no incrementen las cargas a la ciudadanía, a las empresas y a la sociedad en general. La finalidad es que las normas sean sencillas, prácticas y menos pesadas para las personas usuarias y contribuyentes.

La normativa constituye una herramienta de aplicación de políticas y de cumplimiento de expectativas de la ciudadanía, pero una regulación excesiva puede llegar a ser demasiado preceptiva y desproporcionadamente costosa, de forma que resulte un trato desigual hacia la ciudadanía y las empresas.

Ante la constatación de la proliferación normativa que ha tenido lugar en el decurso del tiempo en el ordenamiento jurídico administrativo catalán, donde se detecta incluso la superposición de normas, el Gobierno de la Generalidad quiere promover su simplificación y racionalización.

Entre otras medidas, la derogación normativa debe contribuir a mejorar la calidad y la coherencia del ordenamiento jurídico, el cual debe contener normas más claras, prácticas y entendedoras para la ciudadanía y para los/las operadores/as jurídicos/as. De esta forma también se pretende incrementar la seguridad jurídica, valor constitucional que hace falta entender como la certeza sobre el ordenamiento jurídico aplicable y los intereses jurídicamente tutelados, así como la expectativa razonablemente fundada de la ciudadanía en cuál debe ser la actuación de los poderes públicos en la aplicación del derecho. La seguridad jurídica lleva forzosamente a buscar la claridad y a evitar la confusión normativa.

Por otro lado, una actuación administrativa efectiva requiere que la regulación se adapte a los cambios tecnológicos, económicos y sociales, y esta adaptación supone la eliminación de normas superfluas o que han quedado obsoletas, evitando así duplicaciones y solapamientos.

Este Decreto prevé la derogación expresa de aquellas normas reglamentarias que no respondan al objetivo de claridad y coherencia y que supongan una regulación excesiva e innecesaria.

Por todo ello, a propuesta del consejero de Empresa y Empleo, y de acuerdo con el Gobierno,

Decreto:

Artículo único

—1 Quedan derogadas en su totalidad las disposiciones reglamentarias siguientes:

  1. En materia de comercio:

    Decreto 39/1984, de 31 de enero, por el que se desarrolla la Ley 1/1983, de 18 de febrero, en cuanto a los requisitos para el ejercicio de la venta domiciliaria.

    Decreto 286/1999, de 26 de octubre, por el que se regula la autorización de las empresas de venta a distancia y la inscripción en el registro correspondiente.

    Decreto 287/1999, de 26 de octubre, por el que se regula la inscripción en el Registro de franquiciadores.

  2. En materia de consumo:

    Decreto...

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