ORDEN IUE/479/2008, de 11 de noviembre, por la que se aprueba la modificación de la trama urbana consolidada del municipio de Puigcerdà.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE INNOVACIÓN, UNIVERSIDADES Y EMPRESA
Rango de LeyOrden

ORDEN

IUE/479/2008, de 11 de noviembre, por la que se aprueba la modificación de la trama urbana consolidada del municipio de Puigcerdà.

El artículo 4.5 de la Ley 18/2005, de 27 de diciembre, de equipamientos comerciales, dispone que, mediante una orden del departamento competente en materia de comercio, las delimitaciones de las tramas urbanas consolidadas se pueden actualizar de manera individualizada, a petición del ayuntamiento correspondiente, siempre que la actualización tenga por objeto añadir a la trama ya definida sectores de planeamiento vigente que prevean, como mínimo, doscientas cincuenta viviendas, con tipología de ensanche plurifamiliar y con una densidad superior a cuarenta viviendas por hectárea.

Asimismo, el artículo 19 del Decreto 379/2006, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Plan territorial sectorial de equipamientos comerciales, establece que las delimitaciones de las tramas urbanas consolidadas podrán ser modificadas para incorporar sectores de planeamiento urbanístico que dispongan de planeamiento derivado aprobado definitivamente y vigente.

En fecha 15 de julio de 2008 el Ayuntamiento de Puigcerdà solicita la modificación de la Trama urbana consolidada (TUC) de su municipio con el fin de incorporar el Plan parcial de suelo urbanizable delimitado (SurD) 38, Pla de Rigolisa, el Plan parcial de suelo urbanizable delimitado (SurD) 39, Camí de Pedragosa, y una serie de zonas del POUM.

El 24 de octubre de 2008 la Dirección General de Comercio propone incorporar en la TUC el sector del Plan parcial SurD 38, Pla de Rigolisa, propuesto por el Ayuntamiento de Puigcerdà y excluir aquellos que no cumplen los requisitos del artículo 19.

Se ha seguido, de acuerdo con el artículo 20 del Decreto 379/2006, de 10 de octubre, la tramitación prevista en el artículo 19 del mismo Decreto, y se ha escuchado a la Comisión de Equipamientos Comerciales, en su sesión de 28 de octubre de 2008.

De acuerdo con el artículo 19.2 del Decreto 379/2006, de 10 de octubre, en fecha 28 de octubre de 2008 se ha dado trámite de audiencia al Ayuntamiento de Puigcerdà, sin que este Ayuntamiento haya presentado alegaciones.

De acuerdo con la propuesta de 24 de octubre de 2008 de la directora general de Comercio,

Ordeno:

Artículo único

Aprobar la modificación de la trama urbana consolidada del municipio de Puigcerdà, con el fin de incorporar el sector Plan parcial de Suelo urbanizable delimitado (SurD) 38, Pla de Rigolisa, y que...

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