ORDEN EDC/227/2006, de 28 de abril, por la que se convoca una beca de colaboración en trabajos de análisis estadístico de datos de evaluación en el Consejo Superior de Evaluación del Sistema Educativo.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

EDC/227/2006, de 28 de abril, por la que se convoca una beca de colaboración en trabajos de análisis estadístico de datos de evaluación en el Consejo Superior de Evaluación del Sistema Educativo.

El Consejo Superior de Evaluación del Sistema Educativo es un órgano consultivo del Departamento de Educación que tiene como objetivo efectuar una tarea de análisis y de evaluación externa del sistema educativo de ámbito no universitario, de acuerdo con lo establecido por el artículo 1 del Decreto 305/1993, de 9 de diciembre, de creación del Consejo.

Para desarrollar el trabajo estadístico de análisis de datos de evaluación generados en los diferentes estudios realizados por el Consejo Superior de Evaluación del Sistema Educativo, el Departamento de Educación tiene interés en convocar esta beca, dentro de un procedimiento de concurrencia competitiva y publicidad.

Por todo eso, de acuerdo con lo que prevé la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el capítulo IX del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre,

Ordeno:

Artículo 1

Abrir convocatoria pública para adjudicar una beca de colaboración en tareas de grabación y de análisis estadístico de datos de evaluación en el Consejo Superior de Evaluación del Sistema Educativo del Departamento de Educación, dirigida a estudiantes de segundo ciclo, de tercer ciclo o postgrado, y que sean titulados en pedagogía, psicología o estadística.

Artículo 2

Aprobar las bases que rigen esta convocatoria, las cuales constan en el anexo de esta Orden.

Artículo 3

El importe de esta beca se establece en 650,00 euros/mes, y un importe total de 3.250,00 euros, a cargo de la partida presupuestaria D/480000100/4210, del centro gestor EN01 del presupuesto del año 2006.

Contra esta Orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar del día siguiente al de su publicación en el DOGC, de conformidad con lo que prevé el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Asimismo, pueden interponer potestativamente recurso de reposición, previo al recurso contencioso administrativo, ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes a contar del día después de su publicación en el DOGC...

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