RESOLUCIÓN JUS/3888/2009, de 20 de diciembre, dictada en el recurso gubernativo interpuesto por el notario de Torredembarra, señor Ricardo Cabanas Trejo, contra la calificación de la registradora de la propiedad número 16 de Barcelona.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE JUSTICIA
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

JUS/3888/2009, de 20 de diciembre, dictada en el recurso gubernativo interpuesto por el notario de Torredembarra, señor Ricardo Cabanas Trejo, contra la calificación de la registradora de la propiedad número 16 de Barcelona.

Se dicta en el recurso gubernativo interpuesto por el notario de Torredembarra, señor Ricardo Cabanas Trejo, contra la calificación de la registradora de la propiedad número 16 de Barcelona, señora Ana M. Solchaga López de Silanes, por la cual suspende la inscripción de una escritura de préstamo con garantía hipotecaria sobre una vivienda y aval por falta de declaración por parte de una de las personas que constituyen la hipoteca del hecho de que la vivienda no es la vivienda familiar.

Relación de hechos

I

El 27 de julio de 2009, el notario de Torredembarra, señor Ricardo Cabanas Trejo, autorizó una escritura en que la Caja de Ahorros del Penedès concedía un préstamo a la entidad N. D. T., SL, en garantía del cual se constituía una hipoteca sobre la finca urbana situada en Barcelona, calle Viladomat, número 134, tercero tercera, inscrita en el Registro de la Propiedad número 16, en el volumen 2094, libro 318 de Barcelona, sección 2ª A, folio 223, finca número 19179, inscripción cuarta.

Los titulares de la finca, señores J. P. A., como nudo propietario, y R. P. T., como usufructuario, de estado civil casados, comparecían como avalistas del préstamo y constituían la hipoteca. El señor J. P. A. hizo constar que la finca constituía su vivienda familiar habitual, con su esposa, señora A. P. A., la cual consentía, por medio de él mismo, como apoderado.

El señor R. P. T., usufructuario de la finca, no hizo ninguna manifestación en referencia a su relación de vivienda habitual con la finca. A la comparecencia designó como domicilio el de la calle Sepúlveda, número 142, tercero tercera, también de Barcelona.

II

El mismo 27 de julio de 2009, la escritura fue presentada al Registro de la Propiedad número 16 de Barcelona, por vía telemática, causando el asiento de presentación número 1514 del diario 50.

El 1 de septiembre de 2009 fue presentada la copia física, con diligencia de presentación y pago de los impuestos correspondientes.

III

El 18 de septiembre de 2009 la registradora emitió nota de calificación en los términos siguientes:

.Se suspende la inscripción del presente documento por no manifestarse por parte del señor R. P. T., que la vivienda objeto del presente documento no es vivienda necesaria para su vida familiar o, en caso que lo sea, no constar el consentimiento del cónyuge en el acto...

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