ORDEN EMO/314/2012, de 8 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas al Programa de apoyo a los territorios con mayores necesidades de reequilibrio territorial y social: proyecto Trabajo en los barrios, y se abre la convocatoria para el año 2012.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE EMPRESA Y EMPLEO
Rango de LeyOrden

El Gobierno de la Generalidad de Cataluña, de acuerdo con lo que establece el Plan de Gobierno 2011-2014, tiene como objetivo, entre otros, contribuir a la cohesión social y al desarrollo socioeconómico, utilizando mecanismos de colaboración públicos y privados, y con un modelo que garantice la vertebración de las políticas activas en el territorio.

El objetivo 1.4.2 del Plan departamental 2011-2014 del Departamento de Empresa y Empleo establece, como una de las prioridades del Servicio de Empleo de Cataluña (SOC) llevar a cabo políticas integradas ocupacionales y de desarrollo en los territorios con más desequilibrios económicos y sociales.

En este sentido, el Gobierno interviene de una manera prioritaria en aquellos barrios y áreas urbanas que, por sus características, requieren una atención especial de la Administración con el fin de mejorarlas desde el punto de vista ocupacional, social y económico con el objetivo de estimular la creación de actividad económica y la generación de empleo y desarrollar un entorno socioeconómico que mejore la calidad de vida de las personas que residen en este.

El Plan de desarrollo de las políticas activas de empleo de Cataluña (PDPA) 2012-2013 del Servicio de Empleo de Cataluña se configura como el instrumento para impulsar un modelo de planificación, ejecución y evaluación de las políticas activas de empleo en Cataluña que integre y priorice los servicios públicos de empleo en nuestro país, impulse su calidad y garantice la articulación entre ellos, para poder conseguir realmente un sistema de empleo adaptado y próximo a las necesidades de la ciudadanía y de las empresas, desde el mejor conocimiento de las necesidades territoriales en materia de empleo y se inserta en un marco estratégico configurado por el Plan general de empleo de Cataluña-Estrategia catalana para el empleo 2012-2020 y, de manera más indirecta, la Estrategia Europa 2020.

El PDPA parte de la concertación a nivel local con los agentes económicos y sociales, para promover la ocupabilidad de las personas en paro, cosa que tiene que permitir alcanzar más y mejores resultados a partir de la colaboración, la complementariedad y el consenso sobre las actuaciones a desarrollar, desde una perspectiva de cooperación, colaboración, coordinación y complementariedad entre el Servicio de Empleo de Cataluña, la Administración local y los agentes económicos y sociales.

En el Plan de desarrollo de las políticas activas de empleo de Cataluña 2012-2013 del Servicio de Empleo de Cataluña, en el marco de los Servicios específicos dirigidos a territorios consta la medida 56 que hace referencia a iniciativas integradas y transversales de planificación e intervención en el territorio con la voluntad de contribuir al tráfico de unas políticas aplicadas sectorialmente a unas políticas aplicadas territorialmente mediante la implementación en el territorio de proyectos integrados.

Por otra parte, el Programa operativo del Fondo Social Europeo para el periodo 2007-2013, establece entre sus prioridades el “fomento del ocupabilidad, la inclusión social y la igualdad entre hombres y mujeres”. El objetivo del eje 2 de este Programa oOperativo es específicamente,” favorecer el acceso de las personas desempleadas al mercado laboral, desarrollando medidas que mejoren su ocupabilidad e inclusión social. Sin embargo se pretende impulsar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en el mercado laboral, reduciendo los factores de desigualdad identificados en el análisis de la situación (...)”.

El Gobierno seleccionó 143 barrios y áreas urbanas con déficits sociales y urbanos importantes y una problemática de desarrollo local que necesitan una atención especial.

El Servicio de Empleo de Cataluña, con el objetivo de contribuir al equilibrio territorial y social del territorio catalán, considera oportuno dar apoyo a las entidades locales de estos municipios poniendo a su disposición, mediante el proyecto Trabajo en los barrios, un conjunto de acciones en el ámbito del empleo y del desarrollo local que dejan a iniciativa de cada municipio el diseño y la planificación sobre cuáles de las actuaciones pueden encajar mejor en su proyecto de desarrollo.

Esta Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco de los Programa de apoyo a los territorios con mayores necesidades de reequilibrio territorial y social: proyecto Trabajo en los barrios.

Este proyecto apuesta por un enfoque integrado en el que tienen que ser considerados no sólo los aspectos formativos y ocupacionales, sino también los sociales, económicos, ambientales, institucionales y de mejora de las condiciones de vida de las personas de estas áreas. El proyecto Trabajo en los barrios pone a disposición de los municipios seis programas y 16 tipos diferentes de acciones de promoción del empleo y desarrollo local con el fin de diseñar un proyecto integrado de intervención con el objetivo de permitir a las entidades locales dar una respuesta integral a las necesidades de las personas que residen en el ámbito del empleo y el desarrollo local.

Vista la Ley 17/2002, de 5 de julio, de ordenación del sistema de empleo y de creación del Servicio de Empleo de Cataluña (DOGC núm. 3676, de 12.7.2002), y el Decreto 160/2006, de 16 de mayo, de reestructuración del Servicio de Empleo de Cataluña (DOGC núm. 4636 de 18.5.2006);

Visto el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña (DOGC núm. 3791a, de 31.12.2002);

Vista la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18/11/2003) y el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 (BOE núm. 176, de 25.7.2006);

Vista la disposición final duodécima, Medidas de ámbito estatal en la Estrategia Española de Empleo 2012-2014, del Real decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral;

Vista la Ley 1/2012, del 22 de febrero, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2012 (DOGC núm. 6075, de 27.2.2012);

Vistos los preceptos legales mencionados, a propuesta de la directora del Servicio de Empleo de Cataluña, con el informe previo del Área Jurídica de la Secretaría de Empleo y Relaciones Laborales de 2 de octubre de 2012 y de la Intervención Delegada, habiendo informado y oído previamente el Consejo de Dirección del Servicio de Empleo de Cataluña y de conformidad con lo que dispone el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña (DOGC núm. 1234, de 22.12.1989), en uso de las facultades que me son atribuidas;

Por todo ello,

Ordeno:

Artículo 1

Objeto

1.1 El objeto de esta Orden es establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos ocupacionales y de desarrollo local en el marco del Programa de apoyo a los territorios con mayores necesidades de reequilibrio territorial y social: proyecto Trabajo en los barrios.

1.2 Abrir la convocatoria para el año 2012.

Título 1 Artículos 2 a 24

Bases reguladoras

Artículo 2

Objeto de la subvención

Se subvencionarán proyectos de carácter integrado que combinen, en el marco de un Plan de ejecución anual, acciones ocupacionales y de desarrollo local dirigidas a:

  1. Diagnosticar, planificar, programar, coordinar y ejecutar de manera integrada las actuaciones que se quieran poner en marcha, y comunicarlas a los agentes implicados y a la ciudadanía.

  2. Intervenir sobre las personas en situación de paro, especialmente aquellas que conforman los colectivos prioritarios de actuación de acuerdo con las especificidades de cada territorio objeto de actuación.

Artículo 3

Beneficiarios/as de las subvenciones

3.1 Podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en el marco de este programa aquellos ayuntamientos que tienen aprobados proyectos de intervención integral en barrios o áreas urbanas por parte de la Generalidad de Cataluña al amparo de la Ley 2/2004, de 4 de junio.

3.2 Estos ayuntamientos podrán ejecutar las acciones subvencionadas a través de sus entes de gestión competentes en materia de promoción del empleo y desarrollo local, circunstancia que habrá que hacer constar de forma expresa en el momento de la solicitud en el lugar habilitado en el impreso normalizado.

Artículo 4

Requisitos para obtener la condición de beneficiario/aria

4.1 Podrán acceder a las subvenciones previstas en esta Orden los ayuntamientos que reúnan los requisitos establecidos a este efecto, presenten la documentación exigida y, si procede, obtengan la aprobación del correspondiente proyecto, programa o actuación.

4.2 Los ayuntamientos solicitantes tendrán que cumplir los requisitos siguientes:

  1. Dar empleo, en caso de que tengan 50 trabajadores/as o más, al menos a un 2% de trabajadores/as con discapacidad sobre el número total de trabajadores/as, o bien aplicar las medidas alternativas de acuerdo con lo que disponen el artículo 38 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de los minusválidos (BOE núm. 103, de 30.4.1982); el Real decreto 364/2005, de 8 de abril (BOE núm. 94, de 20.4.2005) y el Decreto 246/2000, de 24 de julio (DOGC núm. 3196, de 2.2.2000).

  2. Estar al corriente de las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalidad y las obligaciones ante la Seguridad Social. Este cumplimiento se tendrá que mantener a lo largo de todo el procedimiento: en el momento de presentación de solicitud, previo a la resolución de otorgamiento y antes de efectuar cualquier pago.

  3. No encontrarse en ninguna de las circunstancias que impiden adquirir la condición de beneficiario previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de...

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