DECRETO 100/2002, de 19 de marzo, por el que se crean los consejos territoriales de Caza y Pesca Continental de las Tierras del Ebro.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

DECRETO

100/2002, de 19 de marzo, por el que se crean los consejos territoriales de Caza y Pesca Continental de las Tierras del Ebro.

Mediante el Decreto 108/1985, de 25 de abril, se crearon el Consejo de Caza de CataluÒa y los consejos territoriales de Caza de Barcelona, Girona, Lleida y Tarragona, como organismos asesores en materia de caza.

El Decreto 182/1987, de 19 de mayo, creÛ el Consejo de Pesca Continental de CataluÒa y los consejos territoriales de Pesca Continental de Barcelona, Girona, Lleida y Tarragona en materia de pesca continental.

La creaciÛn de la DelegaciÛn Territorial del Departamento de Medio Ambiente de las Tierras del Ebro por el Decreto 124/2001, de 29 de mayo, con un ·mbito propio de competencias ambientales en las comarcas de El Baix Ebre, El Montsi‡, La Terra Alta y La Ribera d'Ebre justifican la creaciÛn de los consejos territoriales de Caza y Pesca Continental de las Tierras del Ebro, con la finalidad de asesorar el Departamento de Medio Ambiente en las mencionadas materias.

A propuesta del consejero de Medio Ambiente y de acuerdo con el Gobierno,

Decreto:

ArtÌculo 1

CreaciÛn

Se crean los consejos territoriales de Caza y Pesca Continental de las Tierras del Ebro.

ArtÌculo 2

ComposiciÛn

2.1††El Consejo Territorial de Caza de las Tierras del Ebro est· constituido por las personas siguientes:

Presidente/a: el delegado o delegada Territorial del Departamento de Medio Ambiente de las Tierras del Ebro.

Vicepresidente/a: el presidente/a de la FederaciÛn Catalana de Caza correspondiente, o la persona en que Èsta delegue.

Vocales:

Dos personas representantes de las sociedades de cazadores y cazadoras federadas.

Una persona representante de las organizaciones profesionales agrarias.

Una persona representante de las asociaciones de defensa de la naturaleza.

Una persona representante del Departamento de Agricultura, GanaderÌa y Pesca.

Una persona representante del Departamento de Interior.

El o la jefa de la SecciÛn de ProtecciÛn del Entorno Natural de la DelegaciÛn Territorial del Departamento de Medio Ambiente de las Tierras del Ebro.

El subinspector o subinspectora del cuerpo de Agentes Rurales.

2.2††El Consejo Territorial de Pesca Continental de las Tierras del Ebro est· constituido por las personas siguientes:

Presidente/a: el delegado o delegada Territorial del Departamento de Medio Ambiente de las Tierras del Ebro.

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