ORDEN SLT/81/2014, de 11 de marzo, por la que se prorroga el plazo que establece la disposición transitoria única de la Orden SLT/347/2011, de 1 de diciembre, por la que se regula el sistema de determinación de la cápita básica y los factores correctores correspondientes al modelo de asignación en base poblacional regulado por el Decreto 170/2010, de 16 de noviembre, de regulación del sistema de pago de los convenios y contratos de gestión de servicios asistenciales en el ámbito del Servicio Catalán de la Salud.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE SALUD
Rango de LeyOrden

El Decreto 170/2010, de 16 de noviembre, de regulación del sistema de pago de los convenios y contratos de gestión de servicios asistenciales en el ámbito del Servicio Catalán de la Salud (DOGC núm. 5764, de 26.11.2010), regula su asignación en base poblacional, modalidad que había sido objeto de la prueba piloto regulada por la Orden SSS/172/2002, de 17 de mayo (DOGC núm. 3645, de 29.5.2002), que fue sustituida por la Orden SSS/38/2004, de 20 de febrero, por la que se establece una prueba piloto para la implantación de un sistema de compra de servicios de base poblacional (DOGC núm. 4084, de 4.3.2004).

En desarrollo del citado Decreto 170/2010, de 16 de noviembre, se dictó la Orden SLT/347/2011, de 1 de diciembre, por la que se regula el sistema de determinación de la cápita básica y los factores correctores correspondientes al modelo de asignación en base poblacional regulado por el Decreto 170/2010, de 16 de noviembre, de regulación del sistema de pago de los convenios y contratos de gestión de servicios asistenciales en el ámbito del Servicio Catalán de la Salud (DOGC núm. 6026, de 16.12.2011).

La disposición transitoria única de la citada Orden SLT/347/2011, de 1 de diciembre, establecía que el sistema de pago de las entidades proveedoras que hubieran suscrito un convenio de coordinación con el Servicio Catalán de la Salud y el resto de entidades proveedoras del ámbito geográfico correspondiente, de acuerdo con la Orden SSS/38/2004, de 20 de febrero, continuaría ajustándose a los parámetros que establece el artículo 5 de la Orden SSS/38/2004, de 20 de febrero, hasta el 31 de diciembre de 2011. Dado que se había iniciado la revisión de los sistemas de pago vigentes, dicho plazo ha sido objeto de prórrogas sucesivas, la última de las cuales fue establecida hasta el 31 de diciembre de 2013 por la Orden SLT/10/2013, de 21 de enero (DOGC núm. 6304, de 30.01.2013).

El Consejo de Dirección del Servicio Catalán de la Salud, en la sesión de 16 de diciembre de 2013, ha aprobado el Proyecto de decreto por el que se regulan la contratación y prestación de servicios sanitarios a cargo del Servicio Catalán de la Salud, de forma que es conveniente prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2014 el plazo que establece la disposición transitoria única de dicha Orden SLT/347/2011, de 1 de diciembre.

Por todo ello, de acuerdo con las competencias que...

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