RESOLUCIÓN PRE/2272/2011, de 29 de septiembre, por la que se desarrollan los programas del deporte escolar en Cataluña.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorConsejo Catalán del Deporte
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

PRE/2272/2011, de 29 de septiembre, por la que se desarrollan los programas del deporte escolar en Cataluña.

Dado que el Departamento de la Presidencia, a través del Consejo Catalán del Deporte, y el Departamento de Enseñanza, han visto la necesidad de continuar promoviendo conjuntamente actividades con alto contenido educativo dentro del deporte escolar, y están interesados en facilitar el acceso a la actividad deportiva al máximo número de jóvenes en edad escolar, especialmente al alumnado de secundaria, a las chicas y al alumnado recién llegado, dentro de una dinámica que favorece la cohesión social y la continuidad en la práctica deportiva, así como el refuerzo de los vínculos entre el mundo deportivo y el educativo para poder demostrar que el deporte transmite unos valores cívicos que contribuyen a una mejor educación, además de contribuir también a la mejora de la salud y a la prevención del sedentarismo y de la obesidad;

Visto que la promoción y la práctica del deporte en nuestro país se desarrollan fundamentalmente mediante las actividades que llevan a cabo las entidades deportivas y los centros educativos, y vista la necesidad de coordinar bajo un objetivo común las diferentes entidades que configuran este asociacionismo y que están implicadas en el desarrollo del deporte escolar, es decir, los centros educativos, las asociaciones deportivas escolares, las secciones deportivas escolares de las AMPA y otras asociaciones y clubes deportivos;

Visto el pacto segundo del Acuerdo marco de colaboración firmado en fecha 2 de septiembre de 2005 entre el Departamento de Enseñanza y el Consejo Catalán del Deporte, que establece, entre otros puntos, el desarrollo de los programas Plan experimental deporte en la escuela y Juegos deportivos escolares de Cataluña;

Visto el interés del Consejo Catalán del Deporte de continuar promoviendo el deporte escolar en Cataluña mediante el desarrollo de los programas siguientes: Plan catalán de deporte en la escuela, Juegos deportivos escolares de Cataluña y Campeonatos de Cataluña en edad escolar;

Dado que la Resolución VCP/2181/2009, de 21 de julio, por la que se desarrollan los programas del deporte escolar para todos en Cataluña, fijaba la duración de los tres programas hasta el 30 de junio de 2011, y que se han producido algunas modificaciones que hacen necesario proceder a la publicación de una nueva resolución de desarrollo de los programas mencionados;

Vistos los artículos 35 y 43.2 del Texto único de la Ley del deporte, aprobado por el Decreto legislativo 1/2000, de 31 de julio, y concretamente el apartado 4 del mencionado artículo 35, que prevé en la letra i), entre las funciones del Consejo Catalán del Deporte, la de promover y organizar la actividad del deporte escolar, conjuntamente con las entidades y los organismos públicos que tienen competencias en este campo,

Resuelvo:

—1 Encomendar el desarrollo del programa Plan catalán de deporte en la escuela –anteriormente Plan experimental de deporte en la escuela– a que hace referencia el pacto segundo del acuerdo de colaboración entre el Departamento de Enseñanza y el Consejo Catalán del Deporte de 2 de septiembre de 2005, mencionado anteriormente, a la Comisión Técnica Permanente, que estará constituida por dos personas en representación del Departamento de Enseñanza y por dos personas en representación del Consejo Catalán del Deporte. Con el fin de facilitar la coordinación, el seguimiento y la valoración del programa en el territorio, se crearán también las comisiones territoriales correspondientes, con la participación de los servicios territoriales del Departamento de Enseñanza y de las representaciones territoriales del Deporte, y actuarán como entidades colaboradoras los consejos deportivos y la Unión de Consejos Deportivos de Cataluña.

El Consejo Catalán del Deporte, dentro de los límites de disponibilidad presupuestaria, otorgará cada año a los centros educativos que quieran participar en el programa y cumplan los requisitos, directamente o a través de los consejos deportivos, mediante los instrumentos de concesión legalmente establecidos, las ayudas económicas finalistas para el desarrollo de las actividades físicas y deportivas en horario no lectivo.

El Consejo Catalán del Deporte, dentro de los límites de disponibilidad presupuestaria, otorgará cada año al profesorado nombrado como coordinador del programa en los centros educativos una ayuda económica finalista para el desarrollo de esta tarea de coordinación y formación en horario no lectivo.

El Consejo Catalán del Deporte, dentro de los límites de disponibilidad presupuestaria, otorgará a los consejos deportivos y a la Unión de Consejos Deportivos de Cataluña las ayudas económicas para el desarrollo del programa, mediante los instrumentos de concesión legalmente establecidos.

—2 Encomendar el desarrollo del programa Juegos deportivos escolares de Cataluña a los consejos deportivos bajo la coordinación de la Unión de Consejos Deportivos de Cataluña y del Consejo Catalán del Deporte, según las directrices establecidas en el anexo de esta Resolución.

El Consejo Catalán del Deporte, dentro de los límites de disponibilidad presupuestaria, otorgará a los consejos deportivos y a la Unión de Consejos Deportivos de Cataluña las ayudas económicas para el desarrollo del programa mediante los instrumentos de concesión legalmente establecidos.

—3 Encomendar el desarrollo del programa Campeonatos de Cataluña en edad escolar a las federaciones deportivas catalanas y a las uniones deportivas de clubes bajo la coordinación de la Unión de Federaciones Deportivas de Cataluña y del Consejo Catalán del Deporte.

El Consejo Catalán del Deporte, dentro de los límites de disponibilidad presupuestaria, otorgará a las federaciones deportivas catalanas las ayudas económicas para el desarrollo del programa, mediante los instrumentos de concesión legalmente establecidos.

—4 La duración del desarrollo de estos programas a que se hace referencia en los apartados anteriores se fija hasta el 30 de junio de 2012, y puede ser prorrogada por periodos sucesivos de un año, por mutuo acuerdo de las partes y por acuerdo expreso.

—5 El Consejo Catalán del Deporte, dentro de los límites de disponibilidad presupuestaria, se hará cargo del importe correspondiente a la cobertura de un seguro deportivo único para los participantes en cualquiera de los tres programas del deporte escolar para todo el mundo en Cataluña, según las franjas de edad establecida hasta los 16 años incluidos para todos los programas, y ampliable en el caso de los programas del Plan catalán de deporte en la escuela y Juegos deportivos escolares de Cataluña a los alumnos que cursen estudios de educación secundaria postobligatoria y a los dinamizadores y dinamizadoras de deporte en la escuela.

Este seguro deportivo garantizará las eventuales indemnizaciones, la responsabilidad civil que dispone el Decreto 333/2002, de modificación de otros decretos en materia de obligatoriedad de contratación de determinadas coberturas de seguros, y la cobertura de la asistencia sanitaria que establece el Real decreto 849/1993, de 4 de junio, por el que se determinan las prestaciones mínimas del seguro obligatorio deportivo.

La subvención para este seguro sólo se otorgará cuando el participante proporcione al ente responsable de la ejecución del programa el número personal de CATSALUT para que éste tramite el seguro utilizando la aplicación del Consejo Catalán del Deporte.

La acreditación de este seguro se hará con la entrega de un carné individual para cada uno de los participantes, en el que tiene que constar un texto que haga referencia a la subvención otorgada por el Consejo Catalán del Deporte.

—6 Los consejos deportivos y la UCEC pueden establecer entre ellos los convenios de colaboración correspondientes con las federaciones deportivas catalanas y/o otras entidades con el objetivo de potenciar el deporte escolar y realizar tareas de colaboración siempre en el marco que se establece en estas directrices. Deberán enviar una copia de estos convenios al Consejo Catalán del Deporte para su ratificación, si procede.

7 Requerir a los consejos deportivos y a la UCEC, así como a las federaciones deportivas y a la UFEC, que apliquen y difundan las directrices para el desarrollo del deporte escolar fuera del horario lectivo aprobadas por la Resolución VCP/3989/2010, de 10 de diciembre (DOGC núm. 5778, de 20.12.2010), como herramienta orientativa para facilitar un trabajo de calidad a los centros educativos, a los clubes y...

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