ORDEN ENS/280/2014, de 9 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el fomento de la certificación del sistema de gestión de la calidad en los centros educativos privados concertados que impartan formación profesional inicial en Cataluña, y se abre la convocatoria pública para el año 2014.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE ENSEÑANZA
Rango de LeyOrden

Desde el curso 1998-1999 el Departamento de Enseñanza ha impulsado, mediante el Proyecto de calidad y mejora continua, experiencias para la mejora de la gestión en los institutos de educación secundaria que imparten formación profesional específica.

El Plan general de formación profesional en Cataluña, en el primer eje estratégico, sobre la Planificación y adaptación de la oferta formativa integrada a las necesidades del mercado de trabajo y de las personas, propone impulsar y ampliar programas de calidad de la FP.

En este sentido, el Departamento de Enseñanza quiere impulsar que los centros educativos de Cataluña que imparten ciclos formativos de grado medio y / o superior de formación profesional inicial implementen sistemas para asegurar la calidad y los modelos de gestión de excelencia, de acuerdo con la recomendación del Marco de referencia europeo de Garantía de la Calidad en la Educación y Formación Profesional (DOUE C 155/1 de 08.07.2009).

Esta convocatoria se enmarca en el "Programa para la mejora y difusión de la Formación Profesional", que incluye actuaciones destinadas a la implementación y certificación de sistemas de calidad en centros que imparten la formación profesional, y que se financia con fondos finalistas procedentes del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y, en su caso, del Fondo Social Europeo.

Por todo ello, de conformidad con lo previsto en el texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, y los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y a propuesta de la Dirección general de Formación Profesional Inicial y Enseñanzas de Régimen Especial,

Ordeno:

Artículo 1

Bases

Aprobar las bases reguladoras que constan en el anexo de esta Orden, para la concesión de subvenciones para el fomento de la certificación del sistema de gestión de la calidad en los centros educativos privados concertados que impartan formación profesional inicial en Cataluña.

Artículo 2

Convocatoria

Abrir convocatoria pública para el otorgamiento de las subvenciones mencionadas, la cual se rige por las bases que se publican en el anexo de esta Orden.

Se subvenciona el certificado del sistema de gestión de la calidad obtenido dentro del período comprendido entre el 30 de septiembre de 2013 y la fecha de publicación de esta Orden en el DOGC.

Artículo 3

Presentación solicitudes

3.1 Las solicitudes deben estar suscritas por el titular del centro o el representante legal y se dirigirán al director general de Formación Profesional Inicial y Enseñanzas de Régimen Especial, según el modelo normalizado que se puede encontrar en el portal de centros privados, centros titularidad de otros departamentos o de titularidad municipal ( http://educacio.gencat.cat/portal/page/portal/Educacio/PCentrePrivat/PCPInici ).

Se pueden presentar directamente en los Servicios Centrales del Departamento de Enseñanza, en los servicios territoriales, en el Consorcio de Educación de Barcelona, o bien por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

3.2 Los interesados pueden presentar sus solicitudes desde el día siguiente de la publicación de esta Orden en el DOGC y hasta el 3 de octubre de 2014.

Artículo 4

Importe y partida presupuestaria

Se destina a la concesión de estas subvenciones un importe total máximo de 45.000,00 euros, con cargo a la partida presupuestaria D/482000100/4210/0000 del centro gestor EN07, del presupuesto de la Generalidad de Cataluña para el año 2014.

Artículo 5

Resolución

El director general de Formación Profesional Inicial y Enseñanzas de Régimen Especial resolverá por delegación esta convocatoria en el plazo máximo de dos meses, a contar a partir del día siguiente de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

La resolución se hará pública en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalidad de Cataluña ( https://seu.gencat.cat/ca/informacio-publica.html ) con indicación de si agota o no la vía administrativa, los posibles recursos, los órganos ante los que se podrán interponer, y del plazo para interponerlos.

En cualquier caso, las solicitudes presentadas se entenderán desestimadas si no se dicta resolución expresa en el plazo previsto.

Artículo 6

Consorcio de Educación de Barcelona

Cuando las bases se refieren genéricamente a los servicios territoriales del Departamento de Enseñanza, esta referencia debe entenderse realizada en el Consorcio de Educación de Barcelona con respecto al territorio de la ciudad de Barcelona, de...

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