RESOLUCIÓN IRP/12/2010, de 14 de enero, de convocatoria del proceso selectivo de nuevo acceso para proveer 14 puestos de personal laboral fijo de la categoría de técnicos especialistas en telecomunicaciones (núm. de registro de la convocatoria L003/09).

SecciónCargos y Personal
EmisorDEPARTAMENTO DE INTERIOR, RELACIONES INSTITUCIONALES Y PARTICIPACIÓN
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

IRP/12/2010, de 14 de enero, de convocatoria del proceso selectivo de nuevo acceso para proveer 14 puestos de personal laboral fijo de la categoría de técnicos especialistas en telecomunicaciones (núm. de registro de la convocatoria L003/09).

Visto el Acuerdo del Gobierno de la Generalidad de 22 de diciembre de 2009, de aprobación de la oferta parcial de ocupación pública para el año 2009, de 14 plazas de personal laboral fijo del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación;

Visto lo que establece el VI Convenio colectivo único de ámbito de Cataluña del personal laboral de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y el resto de disposiciones que sean de aplicación;

Vista la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística, y el Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos, de la Generalidad de Cataluña;

Vista la relación de puestos de trabajo de personal laboral de la Administración de la Generalidad de Cataluña;

Visto que la Intervención Delegada del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación ha llevado a cabo el correspondiente trámite de intervención;

En uso de las competencias que me han sido delegadas por la Resolución IRP/4055/2008, de 23 de diciembre, de delegación de determinadas facultades del secretario general del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación en materia de gestión de personal y de acuerdo con lo que establece el artículo 80 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad,

Resuelvo:

Convocar el proceso selectivo de nuevo acceso para la provisión de 14 puestos de trabajo de personal en régimen laboral fijo de la categoría de técnicos especialistas en telecomunicaciones del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación (núm. de registro de la convocatoria L003/09), de acuerdo con las bases contenidas en el anexo 1 de esta Resolución y de acuerdo con el programa de temas indicados al anexo 3.

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso potestativo de reposición ante el director de servicios del Departamento de Interior, Relaciones Institucional y Participación en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el DOGC, o directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación en el DOGC, de conformidad con lo que prevén los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la ley 4/1999, de 13 de enero y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Igualmente, las personas interesadas pueden interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Barcelona, 14 de enero de 2010

P. D. (Resolución IRP/4055/2008, DOGC de 16.1.2009)

Llus Torrens i Mèlich

Director de Servicios

Anexo 1

Bases de la convocatoria

.1 Normas generales

1.1 Se convoca el proceso selectivo de nuevo acceso para proveer 14 puestos de trabajo de personal laboral fijo del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación, la descripción y las funciones de los cuales se detallan al anexo 2 de estas bases.

1.2 Se reserva 1 plaza para las personas aspirantes que tienen reconocida la condición legal de disminuido/disminuida.

Las personas que se acojan a plazas reservadas tendrán preferencia sobre el resto de personas aspirantes para escoger las vacantes, siempre y cuando reúnan las condiciones establecidas para el desarrollo de los puestos de trabajo de acuerdo con lo que disponga el dictamen del equipo multiprofesional y superen el proceso selectivo.

En caso de que quede desierta, se acumulará al resto del turno libre.

1.3 La realización de este proceso selectivo se ajusta a lo que establecen el VI Convenio colectivo único de ámbito de Cataluña del personal laboral de la Generalidad de Cataluña; la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto básico del empleado público; el Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, en cuanto a las tasas de inscripción a las convocatorias para la selección de personal; la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística; el Decreto 161/2002, de 11 de junio, sobre la acreditación del conocimiento del catalán y el aranés en los procesos de selección de personal y de provisión de puestos de trabajo de las administraciones públicas de Cataluña, y la Orden VCP/491/2009, de 12 de noviembre, por la que se refunden y actualizan los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de catalán de la Secretaría de Política Lingüística; el Decreto 389/1996, de 2 de diciembre, por el cual se regula el acceso de los ciudadanos de los estados miembros de la Unión Europea a la función pública de la Administración de la Generalidad; el Decreto 66/1999, de 9 de marzo, sobre el acceso a la función pública de las personas con discapacidad y de los equipos de valoración multiprofesional, y estas bases.

1.4 A lo largo del proceso selectivo, las personas aspirantes tienen que acreditar el conocimiento de la lengua catalana, tanto en la expresión oral como en la escrita, en el grado adecuado a las funciones propias de las plazas convocadas.

1.5 Las personas aspirantes admitidas en el proceso selectivo que no tengan la nacionalidad española tienen que acreditar el conocimiento de la lengua castellana, tanto en la expresión oral como en la escrita, en el grado adecuado al ejercicio de las funciones propias de los puestos objeto de la convocatoria.

.2 Requisitos de participación

2.1 Para ser admitidos en el proceso selectivo las personas aspirantes tienen que cumplir los requisitos generales siguientes:

  1. Tener la nacionalidad española o la de otro estado miembro de la Unión Europea o la de un estado en el que, en virtud de tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España, sea aplicable la libre circulación de trabajadores y trabajadoras.

    También podrán ser admitidos el cónyuge, los descendientes y los descendientes del cónyuge, tanto de ciudadanos y ciudadanas españoles/as como de nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea o de estados a los que, en virtud de tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España, les sea aplicable la libre circulación de trabajadores y trabajadoras, sea su nacionalidad, siempre y cuando los cónyuges no estén separados de derecho y, los descendientes, sean menores de 21 años o mayores de esta edad pero vivan a cargo de sus progenitores.

    De acuerdo con la Ley orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, modificada por la Ley orgánica 8/2000, de 22 de diciembre, las personas extranjeras residentes en España podrán participar, de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, siempre y cuando reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria y en la normativa vigente.

  2. Haber cumplido 16 años y no superar la edad establecida para la jubilación forzosa.

  3. Poseer o estar en condición de obtener, algunos de los siguientes niveles de titulación académica, de conformidad con el previsto en el artículo 19.3 del VI Convenio colectivo único:

    Título de bachillerato, título de técnico/a superior correspondiente a ciclos formativos de grado superior, título de técnico/a especialista correspondiente a formación profesional de 2º grado, o equivalente.

    Si se trata de un título obtenido en el extranjero, hay que disponer de la correspondiente homologación del Ministerio de Educación o del Departamento de Educación de la Generalidad de Cataluña.

  4. Satisfacer las tasas establecidas, a menos que se tenga y acredite una causa de exención.

  5. Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las funciones propias de los puestos de trabajo convocados que las personas aspirantes propuestas tendrán que acreditar.

  6. No estar inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas ni estar separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier administración pública. Las personas aspirantes que no tengan la nacionalidad española tendrán que acreditar, mediante declaración jurada o promesa, que no están sometidos a ninguna sanción disciplinaria o condena penal que les impida el acceso a la función pública en su estado de origen.

    2.2 El personal laboral temporal contratado con anterioridad en la entrada en vigor del IV Convenio Único (20.11.1998), que preste sus servicios profesionales en la Administración de la Generalidad con un contrato suscrito bien en razón de su titulación, bien por su capacidad probada en el desarrollo profesional, puede participar en esta convocatoria si, en el supuesto de no reunir el requisito de titulación establecido al punto 2.1.c) dispone de capacidad profesional probada en relación con la categoría del puesto y reúne el resto de requisitos de la convocatoria. Esta circunstancia se tendrá que hacer constar en el apartado correspondiente de la solicitud.

    A estos efectos se entenderá como capacidad probada la experiencia profesional, en la Generalidad de Cataluña, en el desarrollo de las funciones propias del puesto, adquirida en actividades profesionales anteriores, y demostrada durante el periodo de prueba previsto en la base 13 de la convocatoria.

    2.3 Estos requisitos se tienen que cumplir el último día del plazo de...

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