RESOLUCIÓN INT/3226/2006, de 6 de octubre, de convocatoria de proceso selectivo, mediante promoción interna, para cubrir dos plazas de la categoría de cabo de la escala técnica del cuerpo de bomberos de la Generalidad (número de registro de convocatoria 67/06).

SecciónCargos y Personal
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

INT/3226/2006, de 6 de octubre, de convocatoria de proceso selectivo, mediante promoción interna, para cubrir dos plazas de la categoría de cabo de la escala técnica del cuerpo de bomberos de la Generalidad (número de registro de convocatoria 67/06).

De acuerdo con lo que establece el artículo 17 y la disposición adicional novena de la Ley 5/1994, de 4 de mayo, de regulación de los servicios de prevención y extinción de incendios y de salvamentos de Cataluña; el Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública; el Decreto 28/1986, de 30 de enero, de Reglamento de selección de personal de la Administración de la Generalidad de Cataluña; el Decreto 123/1997, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Generalidad de Cataluña; el Decreto 65/1987, de 15 de enero, por el que se aprueba el Reglamento general de provisión de puestos de trabajo, de promoción profesional y de promoción interna, en cuanto a las normas reguladoras de la promoción interna; la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística y el Decreto 161/2002, de 11 de junio, sobre la acreditación del conocimiento del catalán y el aranés en los procesos de selección de personal y provisión de puestos de trabajo de las Administraciones públicas de Cataluña; la Ley 15/1997, de 24 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, y el resto de normativa de aplicación;

Considerando la vigente relación de puestos de trabajo del personal funcionario de la Dirección General de Emergencias y Seguridad Civil;

Visto que se han llevado a cabo los trámites que prevé la Ley 9/1987, de 12 de junio, de órganos de representación, determinación de condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las administraciones públicas;

Visto lo que establece el artículo 17.3 de la Ley 5/1994, de 4 de mayo; el artículo 3.6.2 del Decreto 296/2003, de 20 de diciembre, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia respectiva de los Departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y de conformidad con lo que dispone el artículo 1.h) de la Resolución INT/2028/2004, de 12 de julio, de delegación de funciones de la consejera de Interior en varios órganos del Departamento,

Resuelvo:

Convocar proceso selectivo, mediante promoción interna, para cubrir dos plazas de la categoría de cabo de la escala técnica del cuerpo de bomberos de la Generalidad con sujeción a las bases que figuran en el anexo 1 de esta Resolución (número de registro de convocatoria 67/06).

De acuerdo con el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, contra esta Resolución y sus bases, que agotan la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el secretario general del Departamento de Interior en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el DOGC, tal y como prevé el artículo 117 de la Ley citada; o bien recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación en el DOGC, ante el juzgado de lo contencioso administrativo que corresponda, de acuerdo con lo que establecen los artículos 8.2 y 14 de la citada Ley 29/1998, de 13 de julio.

Igualmente, las personas interesadas pueden interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Barcelona, 6 de octubre de 2006

P. D. (Resolución INT/2028/2004, DOGC núm. 4180, de 22.7.2004)

Jordi Pardo i Rodríguez

Secretario general

Anexo 1

Bases de la convocatoria

.1 Normas generales

1.1 Se convoca proceso selectivo, mediante promoción interna, para cubrir dos plazas de la categoría de cabo de la escala técnica del cuerpo de bomberos de la Generalidad, por el procedimiento de selección de concurso oposición.

1.2 Las funciones que tienen que ejercer las personas participantes que sean nombradas serán las que se atribuyen a los cabos de acuerdo con lo que establecen los artículos 16.1.c) y 16.2 de la Ley 5/1994, de 4 de mayo.

.2 Requisitos de participación en la convocatoria

Pueden tomar parte en este proceso selectivo las personas funcionarias al servicio de la Administración de la Generalidad de Cataluña que pertenezcan a la categoría de cabo del grupo D de la escala básica del cuerpo de bomberos de la Generalidad de Cataluña y que reúnan los requisitos establecidos en la disposición adicional 9 de la Ley 5/1994, de 4 de mayo:

2.1 Haber superado el curso específico de formación EMERSSA (módulos 1, 2 y 3) impartido por la Escuela de Bomberos y Seguridad Civil de Cataluña.

2.2 Tener una antigüedad mínima de 3 años de servicio activo como funcionario/a de carrera en la categoría cabo de la escala básica del grupo D.

2.3 Estar en alguna de las situaciones administrativas siguientes: servicio activo, servicios especiales o servicios en otras administraciones o en una situación administrativa con derecho a reserva del puesto de trabajo.

2.4 Tener el título de bachillerato, de formación profesional de segundo grado, de técnico superior (LOGSE) o cualquiera equivalente a éstos, o cualquier otro de nivel superior o estar en condiciones de obtenerlo. Si se trata de un título obtenido en el extranjero, es preciso disponer de la correspondiente homologación del Ministerio de Educación y Ciencia.

Las personas funcionarias que no posean la titulación citada podrán participar en los supuestos siguientes:

a) Cuando tengan una antigüedad mínima de 10 años en la categoría de cabo de la escala básica del cuerpo de bomberos/as, de los cuales 3 años tienen que ser como funcionario/a de carrera y hayan superado el curso específico de formación EMERSSA (módulos 1, 2 y 3) impartido por la Escuela de Bomberos y Seguridad Civil de Cataluña. Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, en los cuerpos de bomberos del grupo D, serán computables a efectos de la antigüedad de 10 años antes citada.

b) Cuando no tengan una antigüedad mínima de 10 años en la categoría de cabo de la escala básica del cuerpo de bomberos, pero acrediten al menos una antigüedad mínima en la categoría de cabo en la escala básica del cuerpo de bomberos igual o superior a 5 años, de los que 3 tienen que ser como funcionario/a de carrera, y hayan superado el curso específico de ampliación EMERSSA (módulo 4) impartido por la Escuela de Bomberos y Seguridad Civil de Cataluña. Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, en el cuerpo de bomberos del grupo D, serán computables a efectos de la antigüedad de 5 años antes mencionada.

2.5 Satisfacer los derechos de examen de acuerdo con lo que se establece en la base 4.

2.6 Los requisitos de participación que se establecen en esta base deben cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes y se tienen que continuar cumpliendo hasta la fecha de toma de posesión.

.3 Solicitudes

3.1 Las solicitudes para tomar parte en esta convocatoria se tienen que dirigir, una vez se haya abonado la tasa a que hace referencia la base 4.1, al secretario general del Departamento de Interior y se tienen que formalizar según modelo normalizado que figura en el anexo 4 de esta Resolución.

3.2 Los impresos de solicitud con la documentación necesaria para tomar parte en el proceso selectivo se encuentran a disposición de las personas interesadas en el Departamento de Interior, en la Dirección General de Emergencias y Seguridad Civil y en las delegaciones territoriales del Gobierno de la Generalidad en las direcciones que se indican en el anexo 2 de esta Resolución.

3.3 A la solicitud se tiene que adjuntar la declaración de méritos alegados para esta convocatoria, junto con la documentación y los certificados que lo justifiquen, de acuerdo con las bases de la convocatoria, a excepción de los certificados que tienen que ser emitidos por el Departamento de Interior, que se deberán solicitar al órgano competente mediante indicación expresa en el documento de Declaración de méritos del anexo 5 de esta Resolución.

3.4 Las solicitudes para tomar parte en el proceso selectivo han de presentarse en el plazo de 20 días naturales a contar desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el DOGC y de acuerdo con las instrucciones que se establecen en el anexo 3 de esta Resolución.

3.5 Las solicitudes se pueden presentar en los registros detallados en el anexo 2. Asimismo también se podrán presentar, dentro del plazo indicado en la base anterior, por los medios que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. En el supuesto de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de correos, se hará en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por la persona funcionaria de correos antes de ser certificada.

3.6 Las personas aspirantes dan su consentimiento al...

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