ORDEN GAP/188/2009, de 14 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras para seleccionar proyectos de municipios con una población de derecho de hasta 2.000 habitantes susceptibles de cofinanciación por el FEDER Cataluña 2007-2013, eje 4, mediante el programa Vivir en el Pueblo y se convoca el plazo de presentación de solicitudes.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE GOBERNACIÓN Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Rango de LeyOrden

ORDEN

GAP/188/2009, de 14 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras para seleccionar proyectos de municipios con una población de derecho de hasta 2.000 habitantes susceptibles de cofinanciación por el FEDER Cataluña 2007-2013, eje 4, mediante el programa Vivir en el Pueblo y se convoca el plazo de presentación de solicitudes.

Uno de los principales factores de dinamización de la economía catalana ha sido su larga tradición industrial, su amplia diversificación, el desarrollo y la solidez del sector servicios en el ámbito urbano, el impacto creciente del turismo en algunas comarcas y la alta calidad de las infraestructuras sociales. Muy al contrario, los principales problemas que todavía tiene que afrontar son las diferencias regionales, las dificultades de acceso y la mala calidad de las infraestructuras materiales, la falta de innovación industrial, los cambios estructurales del mundo rural, el deterioro que sufren las costas y los ríos, el abuso de los recursos hídricos y la pérdida de importancia económica de determinadas industrias tradicionales (textil, piel, metalurgia, calzado, maquinaria no eléctrica, etc.) que no han sabido adaptarse a las necesidades del tiempo como consecuencia de falta de inversión en innovación y desarrollo.

Por otra parte, desde la consecución de la democracia y del autogobierno, la evolución de las poblaciones catalanas ha sido, indudablemente, positiva. Sin embargo, esta constatación no puede despreciar que todavía hay municipios catalanes -especialmente, en comarcas de montaña y del interior del país, significativamente rurales- con riesgo de marginalización, abandono o dificultades especiales como consecuencia de factores de índole muy diversa, entre los cuales hay que destacar la situación de las infraestructuras, el envejecimiento de la población, la falta de oportunidades de ocupación y de salidas laborales, el despoblamiento progresivo, la constante pérdida de peso de la población ocupada del sector agrario y el escueto desarrollo del sector servicios en la población de las comarcas más desfavorecidas de Cataluña.

En este sentido, es una realidad que hay que combatir que la prestación de servicios públicos en las zonas rurales haya sido históricamente deficitaria. Las razones son múltiples y van desde la dispersión de la población en diferentes núcleos de reducidas dimensiones a la necesidad de invertir en otras áreas a causa de su constante aumento demográfico. Estos factores han hecho que las áreas en cuestión no sean atractivas para la instalación de nueva actividad económica. Por este motivo, el Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas atiende a esta realidad y se dota de un nuevo instrumento de intervención integral, adecuado para los municipios de Cataluña con un menor número de habitantes y que requieren una atención especial por concentrar problemas de carácter demográfico, económico y social. La intervención pretende evitar la despoblación y mejorar la calidad de vida y el bienestar de la población rural, a partir de una estrategia global promovida desde la misma Administración local colaborando a hacer posible la aparición de nueva actividad o de iniciativas económicas que permitan aumentar el desarrollo local sobre la base del crecimiento endógeno. La revitalización y, por lo tanto, el conjunto de medidas que van dirigidas a .reforzar el alma en los pueblos., se fundamenta en la potenciación y valorización del patrimonio cultural y natural y de las infraestructuras de cariz turístico o económico. Y en este sentido la creación de nuevas expectativas laborales y económicas y el fomento del crecimiento económico desde un punto de vista sostenible y haciendo uso de los recursos endógenos para diversificar la actividad del entorno local y rural, mejorar la calidad de vida en las zonas rurales y promover estrategias adecuadas para el desarrollo integral de estos territorios son propósitos de la acción gubernamental donde los actores son los diferentes departamentos.

Desde estas premisas, los objetivos del programa Vivir en el Pueblo que esta Orden establece, se insertan en los objetivos generales que son propios de las directrices comunitarias en materia de política de cohesión, en que los municipios adquieren una especial relevancia por el hecho de ser centro y motor del desarrollo por su componente articulador del territorio a través de la innovación, la atracción de capital y la creación de ocupación a nivel regional, y, especialmente, de las orientaciones estratégicas de las políticas de desarrollo regional que derivan del Reglamento (CE) núm. 1083/2006 del Consejo, de 11 de julio, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo europeo de desarrollo regional, al Fondo social europeo y al Fondo de cohesión, y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 1260/1999, y que persiguen, en global, incrementar la competitividad y el atractivo de las regiones, así como su crecimiento, nivel de ocupación, innovación y fomento del espíritu empresarial, y, más específicamente, la protección y el desarrollo del patrimonio natural de los territorios en regresión demográfica, la inversión en proyectos destinados a mejorar los servicios turísticos, la protección y conservación del patrimonio cultural y la promoción de los proyectos integrados para la regeneración de zonas urbanas y rurales degradadas, por medio del fomento de todos aquellos proyectos con un impacto real en el territorio que, sin perjuicio de preservar, si ocurre, las repercusiones ambientales de la inclusión de los territorios en la Red Naturaleza 2000, persigan contribuir al equilibrio territorial de las zonas que sufren desventajas naturales por el hecho de estar escasamente pobladas, aumentar la competitividad y estimular un espíritu empresarial dinámico, establecer infraestructuras necesarias para su desarrollo, fomentar el desarrollo del turismo de calidad integrado en el medio natural e histórico, promover la incorporación de las nuevas tecnologías del conocimiento, incidir en la diversificación de actividades no agrarias (turísticas, empresariales, etc.) en el medio rural, incrementar la actividad económica y la tasa de ocupación en la economía rural favoreciendo las oportunidades laborales de la población y, en especial, de las mujeres, y fomentar las actuaciones y actividades que tengan un beneficio social y/o medioambiental y que favorecen la implantación empresarial en las zonas rurales para favorecer el desarrollo y, en último término, la mejora de la calidad de vida.

Asimismo, el Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas no sólo quiere dotar de un nuevo instrumento de intervención integral a estos municipios, sino que quiere jugar un papel más activo, complementando la cofinanciación de las operaciones seleccionadas con una ayuda correspondiente al 10% de la cofinanciación aportada por el Fondo europeo de desarrollo regional e incorporado en el programa operativo. Esta aportación se fijará una vez resuelta la convocatoria mediante resolución del director general de Administración Local y afectará a todos los proyectos de municipios con una población de derecho de hasta 2.000 habitantes que sean seleccionados por parte del programa Vivir en el Pueblo (FEDER Cataluña 2007-2013, eje 4), con la condición de que esta ayuda complementaria aportada por el Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas estará sometida a las condiciones de justificación del FEDER y a la normativa establecida en esta convocatoria.

Por todo lo expuesto y considerando que durante el periodo 2007-2013 se prevé que hayan diversas convocatorias del programa Vivir en el Pueblo destinadas a los municipios de Cataluña con una población de derecho de hasta 2.000 habitantes, esta Orden aprueba las bases reguladoras para la selección de proyectos susceptibles de ser subvencionados en relación a la primera convocatoria del programa Vivir en el Pueblo del eje prioritario 4, .Desarrollo sostenible local y urbano., del Programa Operativo FEDER Cataluña 2007-2013.

En virtud de ello,

Ordeno:

Artículo 1

Aprobar las bases reguladoras para seleccionar proyectos de actuación integral en los municipios con una población de derecho de hasta 2.000 habitantes, según el padrón oficial de población a 1 de enero de 2008, susceptibles de cofinanciación el Programa Operativo FEDER Cataluña 2007-2013, eje 4, mediante el programa Vivir en el Pueblo, que constan en el anexo de esta Orden.

Artículo 2

Convocar el plazo de presentación de solicitudes de proyectos susceptibles de cofinanciación por el programa Vivir en el Pueblo, FEDER Cataluña 2007-2013, eje 4.

Artículo 3

3.1 El importe global destinado a esta convocatoria por el programa Vivir en el Pueblo, FEDER Cataluña 2007-2013, eje 4, es de 12.500.000 euros. El Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas aportará una ayuda complementaria, de carácter plurianual, de 1.250.000 euros, que se corresponde con el 10% de la cofinanciación aportada por el Fondo europeo de desarrollo regional e incorporada en el programa operativo, a cargo de la partida presupuestaria GO 03 D/760.0001/713 .Corporaciones Locales., distribuida de la manera siguiente: 200.000 euros durante la anualidad 2009; 400.000 euros durante la anualidad 2010; 400.000 euros durante la anualidad 2011 y 250.000 euros...

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