ORDEN GAP/528/2010, de 10 de noviembre, de modificación de la Orden GAP/53/2010, de 1 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras para seleccionar proyectos de municipios susceptibles de cofinanciación por el FEDER Cataluña 2007-2013, eje 4, mediante el programa Vivir en el Pueblo, y se convoca el plazo de presentación de solicitudes para el período 2010-2013.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE GOBERNACIÓN Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Rango de LeyOrden

ORDEN

GAP/528/2010, de 10 de noviembre, de modificación de la Orden GAP/53/2010, de 1 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras para seleccionar proyectos de municipios susceptibles de cofinanciación por el FEDER Cataluña 2007-2013, eje 4, mediante el programa Vivir en el Pueblo, y se convoca el plazo de presentación de solicitudes para el período 2010-2013.

El artículo 3.1 de la Orden GAP/53/2010, de 1 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras para seleccionar proyectos de municipios susceptibles de cofinanciación por el FEDER Cataluña 2007-2013, eje 4, mediante el programa Vivir en el Pueblo, y se convoca el plazo de presentación de solicitudes para el período 2010-2013, establece que “El importe global destinado a esta convocatoria por el programa Vivir en el Pueblo, FEDER Cataluña 2007-2013, eje 4, es de 12.500.000 euros. El Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas aportará una ayuda complementaria, de carácter plurianual, de un millón doscientos cincuenta mil euros (1.250.000 euros), que corresponde con al 5% del coste subvencionable del total del proyecto, a cargo de la partida presupuestaria GO 03 D/760.0001/713 “Corporaciones Locales”, distribuido de la manera siguiente: 200.000 € durante la anualidad 2010; 400.000 € durante la anualidad 2011; 400.000 € durante la anualidad 2012 y 250.000 € durante la anualidad 2013”.

El artículo 36 del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, regula la autorización de los gastos con alcance plurianual.

Dada la situación económica actual que dificulta en los municipios la previsión inicial de ejecución de los proyectos seleccionados, que en todo caso tienen que finalizar, como máximo el 31 de diciembre de 2013 y, con el fin de adecuar la ejecución anual a la programada, hay que adaptar la plurianualidad de la subvención a la previsión definitiva de certificación de los entes locales de Cataluña.

Por todo eso,

Ordeno:

Artículo único

Modificar el artículo 3.1 de la Orden GAP/53/2010, de 1 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras para seleccionar proyectos de municipios susceptibles de cofinanciación por el FEDER Cataluña 2007-2013, eje 4, mediante el programa Vivir en el Pueblo, y convocar el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR