ORDEN GAP/366/2010, de 22 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para seleccionar operaciones de los entes locales susceptibles de cofinanciación por el FEDER, para el periodo 2007-2013, y se convoca el plazo de presentación de solicitudes para el periodo 2007-2013, eje 1, para el ámbito territorial de la Diputación de Barcelona.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE GOBERNACIÓN Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Rango de LeyOrden

ORDEN

GAP/366/2010, de 22 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para seleccionar operaciones de los entes locales susceptibles de cofinanciación por el FEDER, para el periodo 2007-2013, y se convoca el plazo de presentación de solicitudes para el periodo 2007-2013, eje 1, para el ámbito territorial de la Diputación de Barcelona.

El Reglamento (CE) núm. 1083/2006, del Consejo, de 11 de julio de 2006, dispone que el objetivo de competitividad regional y ocupación perseguirá incrementar la competitividad y el atractivo de las regiones, así como su nivel de ocupación, por medio de la previsión de los cambios económicos y sociales, aumentando y mejorando la calidad de la inversión en capital humano, la innovación, la difusión de la sociedad del conocimiento, el fomento del espíritu empresarial, la protección y mejora del medio ambiente, la accesibilidad, la adaptabilidad de los trabajadores y las empresas, y el desarrollo de mercados laborales no excluyentes.

La Decisión de la Comisión Europea de 7 de diciembre de 2007, por la que se adopta el Programa operativo de intervención comunitaria del Fondo europeo de desarrollo regional en el marco del objetivo de competitividad regional y ocupación de Cataluña, establece los ejes prioritarios a partir de la correspondencia entre los objetivos intermedios del Programa operativo de Cataluña y las directrices estratégicas comunitarias para los fondos estructurales de 2007-2013.

Asimismo, el título VI del mencionado Reglamento (CE) 1083/2006 y el apartado 4º de la Decisión de la Comisión Europea de 7 de diciembre de 2007 designan a las autoridades encargadas de la gestión, el seguimiento y el control del Programa operativo correspondiente a Cataluña, que son: la Subdirección General de Administración del FEDER del Ministerio de Economía y Hacienda, como autoridad de gestión designada por el Estado español para gestionar el Programa operativo; la Subdirección General de Certificación y Pagos del Ministerio de Economía y Hacienda, como autoridad de certificación designada por el Estado español para certificar las declaraciones de gastos y las solicitudes de cobro ante la Comisión Europea; la Intervención General de la Administración del Estado, dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda, como autoridad de auditoría designada por el Estado español para verificar el funcionamiento efectivo del sistema de gestión, sin perjuicio de los cometidos que describe el Programa operativo del FEDER de Cataluña de 2007-2013, que llevará a cabo la Intervención General de la Generalidad de Cataluña; la Dirección General de Análisis y Política Económica del Departamento de Economía y Finanzas de la Generalidad de Cataluña, como organismo intermedio designado por el Gobierno de Cataluña, de acuerdo con el artículo 59.2 del Reglamento (CE) 1083/2006, para ejecutar los cometidos de la autoridad de gestión que prevé el artículo 60 del mismo Reglamento dentro de su ámbito de actuación, recogidas en el Programa operativo del FEDER de Cataluña de 2007-2013 y finalmente, la Dirección General de Administración Local del Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas de la Generalidad de Cataluña, la cual, como organismo responsable del tramo local del Programa operativo del FEDER Cataluña de 2007-2013, es la coordinadora de proyectos locales, nombrada órgano intermediario y encargado de la gestión, seguimiento y control de esta parte específica del FEDER que tiene como beneficiarios a los entes locales de Cataluña, de acuerdo con las funciones que le otorga el Decreto 421/2006, de creación, denominación y ámbito de competencia de los departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña.

El 10 de noviembre de 2008 se firmó el protocolo de colaboración entre el Departamento de Economía y Finanzas y el Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas de la Generalidad de Cataluña para la gestión de la subvención del FEDER destinada a la Administración local en el Programa operativo del FEDER de competitividad regional y ocupación de Cataluña de 2007-2013.

Con el fin de garantizar una buena gestión y control de las operaciones cofinanciadas por el FEDER, el 1 de diciembre de 2009 el director general de Administración Local aprobó el Manual de procedimientos de gestión y control de la Dirección General de Administración Local para el tramo local del Programa operativo del FEDER de Cataluña de 2007-2013. Por otra parte, el 29 de enero de 2010 la Comisión Europea comunicó a la autoridad de gestión la aceptabilidad de la descripción de los sistemas de gestión y el control del mencionado Programa operativo, a la que se refiere el artículo 71 del Reglamento (CE) 1083/2006.

Por otra parte, la Generalidad de Cataluña y la Diputación de Barcelona han suscrito un convenio de colaboración para la cogestión y codecisión del eje 1, economía del conocimiento e innovación y desarrollo empresarial, del Programa operativo del FEDER de Cataluña de 2007-2013, en el ámbito territorial de la Diputación de Barcelona, que dispone que la Diputación de Barcelona aportará a la financiación de las operaciones seleccionadas una ayuda complementaria del 25% del gasto subvencionable determinado e incorporado en el Programa operativo. Esta aportación se fijará una vez resuelta la convocatoria mediante resolución de la Diputación de Barcelona y afectará a todas las operaciones del eje 1 del ámbito territorial de la Diputación de Barcelona que sean seleccionadas para ser cofinanciadas por el FEDER, con la condición de que esta ayuda complementaria aportada por la Diputación de Barcelona estará sometida a las condiciones de justificación del FEDER y a la normativa que establece esta convocatoria.

En este marco competencial, teniendo en cuenta la valoración de la primera convocatoria publicada en el mes de marzo de 2009 y la previsión de hacer dos convocatorias durante el periodo 2007-2013, esta Orden aprueba, de acuerdo con lo que dispone el Convenio de colaboración para la cogestión y codecisión del eje 1 en el ámbito territorial de la Diputación de Barcelona mencionado, las bases generales para la selección de operaciones de los entes locales de Cataluña en el ámbito territorial de la Diputación de Barcelona susceptibles de ser subvencionados en relación con el eje prioritario 1, economía del conocimiento e innovación y desarrollo empresarial, del Programa operativo del FEDER de Cataluña de 2007-2013.

En virtud de lo que se ha expuesto,

Ordeno:

Artículo 1

Aprobar las bases reguladoras para seleccionar operaciones de los entes locales del ámbito territorial de la Diputación de Barcelona susceptibles de ser cofinanciadas por el FEDER de Cataluña de 2007-2013, eje 1 (economía del conocimiento e innovación y desarrollo empresarial), que consta en los anexos 1 y 2 de esta Orden.

Artículo 2

Abrir la convocatoria para presentar solicitudes de operaciones susceptibles de ser cofinanciadas por el FEDER, eje 1, del ámbito territorial de la Diputación de Barcelona, para el periodo 2007-2013.

Artículo 3

3.1 El importe global destinado a esta convocatoria es de 7.500.000,00 euros. La dotación máxima a asignar a la categoría 1.13 será de 1.000.000,00 de euros.

3.2 Las operaciones que serán objeto de cofinanciación por el FEDER (Programa operativo de Cataluña, eje 1), tienen que estar comprendidas en las categorías siguientes:

3.3 Transferencia de tecnología y mejora de las redes de cooperación entre pequeñas empresas (pyme), entre éstas y otras empresas y universidades, centros de enseñanza postsecundaria de todo tipo, autoridades regionales, centros de investigación y enclaves científicos y tecnológicos (parques científicos o tecnológicos, tecnópolis, etc.). Apoyo a la transferencia de tecnología y a la mejora de redes de cooperación.

3.4 Inversión en empresas directamente relacionadas con la investigación y la innovación. Soporte a actividades emprendedoras.

3.5 Otras inversiones en empresas. Impulso del crecimiento empresarial de empresas locales con proyección global.

3.6 Servicios y aplicaciones para el ciudadano. Impulso de la Administración electrónica como eje de la atención ciudadana.

Dentro de estas categorías, se priorizará la subvención de las operaciones siguientes:

  1. Actuaciones de apoyo al crecimiento empresarial de empresas locales con proyección global: viveros, centros y hoteles de empresas. Clubes de personas emprendedoras. Plataformas digitales para la prestación de servicios empresariales en línea. Infraestructuras ligadas al conocimiento y la innovación. Ventanillas empresariales en línea.

  2. Actuaciones en el ámbito local encaminadas a mejorar las condiciones de los polígonos de actividad económica:

    Mejora y adecuación de espacios e infraestructuras para la prestación de servicios estratégicos.

    Proyectos de mejora de la movilidad y de la señalización.

    Centros de servicios de proximidad: espacios físicos localizados en los polígonos de actividad económica donde se concentran servicios y equipamientos para facilitar la actividad ordinaria y el impulso de la competitividad de las empresas que se ubican, así como para la prestación de servicios para su personal.

    Plataformas digitales de servicios empresariales y promoción.

  3. Actuaciones en el ámbito local encaminadas al fomento de la sociedad del conocimiento: interconexión telemática de banda ancha (wifi/WIMAX/fibra óptica) entre las diferentes dependencias municipales y equipamientos locales (IES, CEIP, CAP, etc.).

    Infraestructuras tecnológicas de Administración electrónica, sistemas de información, gestión y atención a la ciudadanía.

    Infraestructuras tecnológicas de interconexión de banda ancha (wifi/WIMAX/fibra óptica) con la ciudadanía.

    Infraestructuras, servicios y contenidos que den soporte a e-salud potenciando el uso de las TIC entre los profesionales sanitarios y...

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