ORDEN GRI/321/2012, de 18 de octubre, de modificación de la Orden GAP/188/2009, de 14 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras para seleccionar proyectos de municipios con una población de derecho de hasta 2.000 habitantes susceptibles de cofinanciamiento por el FEDER Cataluña 2007-2013, eje 4, mediante el programa Vivir en el Pueblo y se convoca el plazo de presentación de solicitudes.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDepartamento de Gobernación y Relaciones Institucionales
Rango de LeyOrden

El artículo 6 de la Orden GAP/188/2009, de 14 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras para seleccionar proyectos de municipios con una población de derecho de hasta 2.000 habitantes susceptibles de cofinanciamiento FEDER Cataluña 2007-2013, eje 4, mediante el programa Vivir en el Pueblo y se convoca el plazo de presentación de solicitudes, establece que “los proyectos objeto de esta convocatoria no pueden haberse iniciado antes del 1 de enero de 2007 y tendrán que estar ejecutados y pagados el 31 de diciembre de 2012”.

Visto lo que dispone la base 10 de la Orden GAP/188/2009, de 14 de abril, que fija el plazo de ejecución de las operaciones (subvencionalidad del gasto de acuerdo con el Programa Operativo FEDER Cataluña 2007-2013) entre el 1 de enero de 2007 y el 31 de diciembre de 2012, sin perjuicio de la posibilidad de ampliación que dispone el artículo 56 del Reglamento (CE) nº. 1083/2006, del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el cual se establecen disposiciones generales relativas a los Fonio Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión y por el cual se deroga el Reglamento (CE) nº. 1260/1999

Dado que el artículo 49 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, permite que la Administración conceda de oficio o a petición de los interesados una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de estos.

Vista la compleja situación económica generalizada por la que atraviesan los entes locales catalanes, que, desde el inicio de la programación de las actuaciones financiadas en esta línea de ayuda se ha visto agravada, y que ha comportado una reprogramación en el calendario de muchas de las actuaciones. Con el objetivo de maximizar la inversión y ejecución de los proyectos financiados, hay que ampliar el plazo para ejecutar y pagar el gasto, para aquellos entes locales que justifiquen haber iniciado su ejecución antes del 31 de diciembre de 2012.

Por todo eso,

Ordeno:

Artículo único

Se modifica el artículo 6 de GAP/188/2009, de 14 de abril, por la cual se aprueban las bases reguladoras para seleccionar proyectos de municipios...

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