DECRETO 10/2009, de 27 de enero, de creación del Registro de empresas sancionadas por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales y del procedimiento para su publicación.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE TRABAJO
Rango de LeyDecreto

DECRETO

10/2009, de 27 de enero, de creación del Registro de empresas sancionadas por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales y del procedimiento para su publicación.

El artículo 170 del Estatuto de autonomía de Cataluña, aprobado mediante Ley orgánica 6/2006, de 19 de julio, dispone que corresponde a la Generalidad la competencia ejecutiva en materia de trabajo y relaciones laborales, incluyendo de forma expresa la potestad sancionadora de las infracciones del orden social, en el ámbito de sus competencias.

El artículo 112 del mismo Estatuto de autonomía de Cataluña, establece que corresponde a la Generalidad, en el ámbito de las competencias ejecutivas, la potestad reglamentaria, que comprende la aprobación de disposiciones para la ejecución de la normativa del Estado, y también la función ejecutiva, que en todo caso incluye la potestad de organización de su propia administración, y, en general, todas las funciones y actividades que el ordenamiento atribuye a la administración pública.

El artículo 40.2 del Texto refundido de la Ley de infracciones y sanciones en el orden social, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto, prevé la publicidad de las sanciones firmes impuestas por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales, en la forma que reglamentariamente se establezca.

El Real decreto 597/2007, de 4 de mayo, sobre publicación de las sanciones por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales, que desarrolla reglamentariamente la forma de llevar a cabo esta publicidad.

Visto el alto coste social y laboral de la siniestralidad laboral y las dramáticas situaciones personales y familiares que ello comporta, la Generalidad de Cataluña le ha de dar una protección prioritaria;

Este Decreto ha sido informado por el Instituto Catalán de las Mujeres y por la Agencia Catalana de Protección de Datos, y dictaminado por el Consejo de Trabajo, Económico y Social de Cataluña;

Visto lo que establece la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, visto el dictamen de la Comisión Jurídica Asesora, a propuesta de la consejera de Trabajo, y previa deliberación del Gobierno,

Decreto:

Artículo 1

Objeto

El objeto de este Decreto es el establecimiento del procedimiento por el que se regirá en Cataluña la forma de dar publicidad a las...

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