ORDEN CLT/243/2013, de 3 de octubre, de tercera modificación de la Orden CLT/437/2005, de 11 de noviembre, por la que se aprueban las bases que rigen el programa de ayudas a la producción editorial en catalán y en occitano y al fomento de la lectura pública en catalán y en occitano, y se regula su tramitación telemática.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE CULTURA
Rango de LeyOrden

La Orden CLT/437/2005, de 11 de noviembre, aprobó las bases que rigen el programa de ayudas a la producción editorial en catalán y al fomento de la lectura pública en catalán, y reguló su tramitación telemática. Esta Orden fue modificada por la Orden CMC/115/2007, de 3 de abril y por la Orden CMC/78/2009, de 27 de febrero, que amplió el programa al occitano.

El objeto de la presente Orden es modificar las referencias orgánicas ya que las competencias en materia de bibliotecas han sido asumidas por la Dirección General de Archivos, Bibliotecas, Museos y Patrimonio, de acuerdo con el Decreto 89/2013, de 29 de enero, de reestructuración del Departamento de Cultura. Se opta por referencias genéricas a los órganos en razón de la materia de su competencia, es decir, a la dirección general y al servicio competente en bibliotecas, sin especificar la denominación. Asimismo se modifica la dirección del portal del Sistema de Adquisición Bibliotecaria.

De acuerdo con el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, con el informe previo de la Intervención Delegada y la Asesoría Jurídica, y de acuerdo con las atribuciones que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo 1

Modificaciones de referencias orgánicas del anexo 1 de la Orden CLT/437/2005, de 11 de noviembre

  1. Se modifica el segundo párrafo del apartado 5.2.5 de la base 5 del anexo 1 de la Orden CLT/437/2005, de 11 de noviembre, por la que se aprueban las bases que rigen el programa de ayudas a la producción editorial en catalán y en occitano y al fomento de la lectura pública en catalán y en occitano y se regula la tramitación telemática, que queda redactado de la manera siguiente:

    "Además del formulario y la información sobre el proyecto o el título editado, previsto por la página web, en el caso de títulos editados, la empresa editorial debe hacer llegar un ejemplar del libro o partitura para el cual se solicita la ayuda al servicio competente en bibliotecas."

  2. Se modifica la base 7 del anexo 1 de la Orden CLT/437/2005, sustituyendo las referencias a "director/a general de Cooperación Cultural" por "director o directora general competente en bibliotecas" y la referencia a "la persona titular de la Subdirección General de Bibliotecas" por "el o la jefe/a del servicio competente en bibliotecas".

  3. Se modifica la base 9 del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR