RESOLUCIÓN ASC/1764/2008, de 29 de mayo, de convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de responsable de coordinación del Instituto Catalán de la Acogida y la Adopción (convocatoria de provisión núm. ASC/011/08).
Sección | Cargos y Personal |
Emisor | DEPARTAMENTO DE ACCIÓN SOCIAL Y CIUDADANÍA |
Rango de Ley | Resolución |
RESOLUCIÓN
ASC/1764/2008, de 29 de mayo, de convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de responsable de coordinación del Instituto Catalán de la Acogida y la Adopción (convocatoria de provisión núm. ASC/011/08).
De acuerdo con lo que prevén el Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un Texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública; el Decreto 123/1997, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Generalidad de Cataluña (DOGC núm. 2398, de 26.5.1997), y otras disposiciones complementarias;
Visto que está vacante el puesto de responsable de coordinación del Instituto Catalán de la Acogida y la Adopción del Departamento de Acción Social y Ciudadanía;
Visto que la Intervención Delegada del Departamento ha llevado a cabo el correspondiente trámite de intervención;
Dada la vigente relación de puestos de trabajo del personal funcionario de la Administración de la Generalidad;
Dada la descripción del puesto a proveer, incluida en el manual de organización del Departamento y aprobada en fecha 23 de noviembre de 2005 y posterior modificación de fecha 6 de mayo de 2008;
De conformidad con el artículo 80 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,
Resuelvo:
Convocar, por el sistema de libre designación, el puesto de responsable de coordinación del Instituto Catalán de la Acogida y la Adopción del Departamento de Acción Social y Ciudadanía, que se detalla en el anexo 2, de acuerdo con las bases que figuran en el anexo 1 de esta Resolución.
Aprobar las bases de la convocatoria que figuran en el anexo 1 de esta Resolución.
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, los interesados pueden interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, ante la consejera de Acción Social y Ciudadanía, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el DOGC, o bien recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el DOGC, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Barcelona, o potestativamente, el correspondiente al lugar de su domicilio, de acuerdo con lo establecido en los artículos 8.2, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Igualmente, los interesados pueden interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.
Barcelona, 29 de mayo de 2008
Carme Capdevila i Palau
Consejera de Acción Social y Ciudadanía
.1 Puesto de trabajo
Se convoca, por el sistema de libre designación, el puesto de responsable de coordinación del Instituto Catalán de la Acogida y la Adopción del Departamento de Acción Social y Ciudadanía, cuyas características son las que constan en el apartado 1 del anexo 2 de esta convocatoria.
.2 Contenido funcional
El contenido funcional del puesto de trabajo a proveer y la descripción incluidos en el manual de organización del Departamento, aprobada en fecha 23 de noviembre de 2005 y posterior modificación de fecha 6 de mayo de 2008, son los que constan en el apartado 4 del anexo 2 de esta convocatoria.
.3 Requisitos de participación
3.1 Puede participar en esta convocatoria el personal funcionario que cumpla los requisitos y condiciones que establece la normativa vigente y, en concreto, los que determina la relación de puestos de trabajo, de acuerdo con lo que consta en el apartado 2 del anexo 2 de esta convocatoria, de conformidad con lo siguiente:
3.1.1 El personal funcionario mencionado puede encontrarse, respecto de la Administración de la Generalidad, en cualquiera de las situaciones administrativas previstas en la normativa.
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