RESOLUCIÓN CLT/55/2017, de 5 de enero, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Empresas Culturales, de tercera modificación de las bases específicas que deben regir la concesión de ayudas, en las modalidades de aportaciones reintegrables y subvenciones, a proyectos culturales.
Sección | Disposiciones Generales |
Emisor | DEPARTAMENTO DE CULTURA |
Rango de Ley | Resolución |
Considerando el Acuerdo del Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Empresas Culturales adoptado en sesión de 21 de diciembre de 2016, de tercera modificación de las bases específicas que deben regir la concesión de ayudas, en las modalidades de aportaciones reintegrables y subvenciones, a proyectos culturales,
Resuelvo:
—1 Que se publique íntegramente en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya el Acuerdo del Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Empresas Culturales de 21 de diciembre de 2016, de tercera modificación de las bases específicas que deben regir la concesión de ayudas, en las modalidades de aportaciones reintegrables y subvenciones, a proyectos culturales.
—2 Contra este Acuerdo, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante la persona titular del Departamento de Cultura en el plazo de un mes a contar desde la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya .
Barcelona, ¿¿5 de enero de 2017
Pau Villòria i Sistach
Presidente del Consejo de Administración
Acuerdo
de 21 de diciembre de 2016, del Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Empresas Culturales, de tercera modificación de las bases específicas que deben regir la concesión de ayudas, en las modalidades de aportaciones reintegrables y subvenciones, a proyectos culturales.
Por el Acuerdo de 25 de febrero de 2015, el Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Empresas Culturales aprobó las bases específicas que deben regir la concesión de ayudas, en las modalidades de aportaciones reintegrables y subvenciones, a proyectos culturales (Resolución CLT/539/2015, de 12 de marzo, DOGC núm. 6838, de 25.3.2015).
Por el Acuerdo de 27 de mayo de 2015, el Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Empresas Culturales acordó modificar las bases específicas que deben regir la concesión de ayudas, en las modalidades de aportaciones reintegrables y subvenciones, a proyectos culturales (Resolución CLT/1192/2015, de 28 de mayo, DOGC núm. 6887, de 8.6.2015).
Por el Acuerdo de 25 de noviembre de 2015, el Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Empresas Culturales aprobó la segunda modificación de las bases específicas que deben regir la concesión de ayudas, en las modalidades de aportaciones reintegrables y subvenciones, a proyectos culturales (Resolución CLT/2843/2015, de 9 de diciembre, DOGC núm. 7018, de 15.12.2015).
Visto el informe...
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