RESOLUCIÓN AAM/1418/2014, de 2 de junio, de cese del señor Antonio Valladares Villan como jefe de la Sección de Regulación de Mercados Agroalimentarios de los Servicios Territoriales del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural en Girona.

SecciónCargos y Personal
EmisorDEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO NATURAL
Rango de LeyResolución

Dado que por Resolución de 2 de desembre de 1998 el señor Antonio Valladares Villan fue nombrado jefe de la Sección de Regulación de Mercados Agroalimentarios de los Servicios Territoriales en Girona (convocatoria de provisión AG/001/98) (DOGC núm. 2799, de 5.1.1999);

Visto el acuerdo de la Comisión Técnica de la Función Pública de 27 de mayo de 2014, por el que se modifica la relación de puestos de trabajo de los Servicios Territoriales en Girona y en el que se ha suprimido el puesto de Sección de Regulación de Mercados Agroalimentarios;

Visto lo que prevén el Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública, y el Decreto 123/1997, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Generalidad de Cataluña;

En uso de las atribuciones que me confiere el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña (DOGC núm. 1234, de 22.12.1989),

Resuelvo:

El señor Antonio Valladares Villan cesa como jefe de la Sección de Regulación de Mercados Agroalimentarios de los Servicios Territoriales del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural en Girona, con efectos del día 31 de mayo de 2014.

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el juzgado de lo contencioso administrativo, en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo que prevé el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Asimismo, se puede interponer potestativamente recurso de reposición, previo al recurso contencioso administrativo, ante el consejero de...

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