RESOLUCIÓN EMO/2232/2013, de 21 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de ayudas a inversiones empresariales de alto impacto, y se hace pública la convocatoria para el año 2013.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE EMPRESA Y EMPLEO
Rango de LeyResolución

El Gobierno de la Generalidad de Cataluña, mediante el Departamento de Empresa y Empleo, tiene entre sus objetivos prioritarios atraer nuevas inversiones empresariales innovadoras y generadoras de empleo que favorezcan el desarrollo del tejido empresarial catalán y su peso económico tanto en el ámbito nacional como internacional.

Invest in Catalonia, dirección que gestiona el presente programa de ayudas, es la unidad de la Agencia de Apoyo a la Empresa Catalana (en adelante, ACCIÓ) responsable de la atracción de inversiones de empresas extranjeras a Cataluña, así como del mantenimiento de las inversiones y el fomento de las reinversiones de empresas ya localizadas en Cataluña.

En un entorno marcado por la competencia global, en el que cada vez son más los países y las regiones potencialmente receptores de inversiones empresariales, prácticamente todos los países del mundo han intensificado los mecanismos de atracción de nuevas inversiones empresariales, así como los instrumentos de mantenimiento de las inversiones de empresas que cuentan ya con presencia local.

La finalidad de este programa de incentivos es contribuir al fortalecimiento de una economía empresarial diversificada, dinámica y con un enorme potencial de futuro como es la economía catalana, mediante un programa de incentivos encaminado a impulsar la atracción de inversiones y la generación de ocupación estable y de calidad.

En el contexto actual, en la definición del programa para 2013 se ha tenido muy en cuenta el hecho de que la reducción de la tasa de paro es uno de los principales retos a los que la economía catalana debe hacer frente hoy y en los próximos años. Por ello, tendrán prioridad los proyectos de creación de empleo, por delante de los proyectos de inversión industrial. Los proyectos de creación de empleo deberán estar vinculados a centros de servicios especializados, centros de decisión internacionales, proyectos en el ámbito industrial o logístico o centros de I+D+i. Los proyectos de inversión en activos fijos deberán incorporar nuevas actividades o la diversificación de las actividades del establecimiento industrial existente, y tendrán prioridad aquellos proyectos industriales dirigidos a los mercados internacionales.

En este sentido, se pretende atraer nuevos centros de ámbito internacional, o bien la ampliación estratégica de centros ya existentes, así como proyectos industriales que incorporen una nueva actividad o diversificación del establecimiento actual con una vertiente internacional, prioritariamente en los casos en que se creen nuevos puestos de trabajo.

Es en este tipo de actividades donde, en estos momentos, y a pesar de la crisis, se están generando oportunidades, dado que muchas empresas multinacionales están redefiniendo sus estrategias a escala global y llevando a cabo planes de reestructuración internos. A pesar de la fuerte competencia de otros países y otras regiones, Cataluña cuenta con activos suficientes como para atraer este tipo de proyectos de inversión internacionales.

Este programa de ayudas, junto con el resto de actuaciones que lleva a cabo la Generalidad de Cataluña en el exterior, asistida por Invest in Catalonia de ACCIÓ, debe contribuir a reubicar Cataluña en el mapa de localizaciones preferentes en Europa para las empresas internacionales y como ubicación atractiva donde realizar sus inversiones.

Visto lo expuesto, y dado el interés en prestar apoyo a proyectos de inversión empresarial de alto impacto;

Visto el informe de la Asesoría Jurídica, y en uso de las atribuciones que me son conferidas,

Resuelvo:

Artículo 1

Bases reguladoras

Aprobar las bases reguladoras del programa de ayudas a inversiones empresariales de alto impacto, las cuales figuran en el anexo de esta disposición.

Artículo 2

Convocatoria

Abrir la convocatoria para el año 2013 del programa de ayudas a inversiones empresariales de alto impacto.

Artículo 3

Régimen jurídico

Son aplicables a estas bases reguladoras el Decreto Legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña (DOGC núm. 3791A, de 31.12.2002), y todas sus modificaciones; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones de 18.11.2003); el Reglamento que la desarrolla, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (BOE núm. 176, de 25.7.2006); la Resolución EMO/93/2012, de 9 de enero, por la que se aprueban y se hacen públicas las bases generales que deben regir las ayudas convocadas por la Agencia de Apoyo a la Empresa Catalana, ACCIÓ (DOGC núm. 6059, de 03.02.2012), y el resto de normativa aplicable.

Artículo 4

Aplicación presupuestaria

4.1 La cantidad máxima destinada al programa de ayudas a inversiones empresariales de alto impacto es de 2.500.000 euros, aplicados a la partida presupuestaria D/7025/7700001/662.

4.2 La concesión de estas ayudas para el año 2013 quedará condicionada a las disponibilidades presupuestarias.

Artículo 5

Plazo, forma y lugar de presentación de solicitudes

5.1 El plazo de presentación de solicitudes para obtener las ayudas a inversiones empresariales de alto impacto que prevé esta convocatoria es el siguiente: desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el DOGC hasta el 19 de diciembre de 2013.

5.2 Las solicitudes deben ir dirigidas al/a la consejero/a delegado/a de ACCIÓ y deben formalizarse en el impreso normalizado que se podrá obtener en la página web de ACCIÓ (www.accio.gencat.cat). Al impreso deberá adjuntarse la memoria técnica del proyecto en un documento PDF, según el modelo que está disponible en la página web de ACCIÓ (www.accio.gencat.cat).

Una vez cumplimentado el impreso, por un lado, los datos del impreso de solicitud y del documento PDF con la memoria técnica se enviarán telemáticamente a ACCIÓ y, por el otro, el impreso de solicitud en papel y firmado, en los plazos que anualmente establezcan las convocatorias correspondientes y junto con la documentación que prevé la base 6 del anexo, deberá presentarse, para su registro, en ACCIÓ, paseo de Gracia, 129, 08008 Barcelona, en cualquiera de sus delegaciones o mediante los procedimientos que prevé el artículo 25 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

No será necesario acompañar el impreso de solicitud con una copia de la memoria explicativa del proyecto en papel en el momento de registrar la solicitud.

La información incluida en el documento PDF con la memoria técnica y adjuntada al impreso en el momento de su formalización, será la utilizada para realizar la valoración de la solicitud presentada.

5.3 La firma de la solicitud implica la autorización a la Administración de la Generalidad de Cataluña para la función de comprobación de oficio de los datos relativos al cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Generalidad de Cataluña, y de las obligaciones con la Seguridad Social por parte del solicitante. También permitirá a ACCIÓ la consulta de datos de otros Departamentos de la Generalidad con el fin de comprobar las condiciones de las personas contratadas bajo la situación de “trabajador desfavorecido”.

Artículo 6

Órgano resolutorio

El/la consejero/a delegado/a de ACCIÓ, o bien quien por delegación corresponda, es el órgano competente para emitir resolución sobre las solicitudes de las ayudas presentadas.

Esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede impugnar ante el orden jurisdiccional contencioso administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de que, potestativamente, se quiera interponer recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su notificación, de conformidad con los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y con el artículo 77 de la Ley 26/2010 de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, respectivamente.

Disposición adicional

ACCIÓ llevará a cabo un estudio de impacto sobre los resultados derivados de las subvenciones que regula esta Resolución y de acuerdo con los objetivos previstos.

Disposición final

Entrada en vigor

Esta Resolución entra en vigor el día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Barcelona, 21 de octubre de 2013

Joan Tarradellas i Espuny

Consejero delegado

Anexo

Bases reguladoras del programa de ayudas a inversiones empresariales de alto impacto.

—1 Objeto

El objeto de estas bases es regular la concesión de las ayudas del programa de ayudas a inversiones empresariales de alto impacto.

—2 Tipología de los proyectos subvencionables.

2.1 ACCIÓ puede conceder ayudas para la realización de proyectos de inversión realizados en Cataluña que se consideren de alto impacto. El programa será gestionado por Invest in Catalonia, la Dirección de ACCIÓ especializada en la captación de inversiones extranjeras de la Generalidad de Cataluña. Se considerarán proyectos de alto impacto aquellos proyectos tanto de empresas ya establecidas en Cataluña como de empresas no establecidas, con proyectos de inversión vinculados a los siguientes tipos de proyectos:

  1. Proyectos de inversión empresarial en activos fijos.

  2. Proyectos de creación de empleo de los siguientes tipos:

    - Centros de Servicios, especialmente aquellos de ámbito internacional, entendidos como aquellos centros que concentren servicios y procesos internos para las empresas o centros de trabajo de un mismo grupo empresarial, o bien centros con actividades de servicios.

    -...

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