RESOLUCIÓN SLT/1427/2013, de 18 de junio, por la que se abre la convocatoria para la concesión de subvenciones para la financiación a entidades privadas sin ánimo de lucro que realicen actuaciones en el ámbito de la salud para la prevención de la infección por VIH/sida correspondientes al año 2013.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE SALUD
Rango de LeyResolución

El Departamento de Salud, mediante la concesión de subvenciones y de ayudas, quiere hacer partícipes en la promoción y protección de la salud, como agentes externos pero con objetivos comunes a la Administración, a entidades privadas que realicen actuaciones coincidentes con las áreas de intervención establecidas en el Plan de salud 2011-2015 y, en todo caso, no sustitutivas de prestaciones asistenciales.

Uno de los principios fundamentales de la estrategia mundial de la lucha contra el sida es movilizar y unificar los esfuerzos contra esta epidemia mediante una respuesta multisectorial de los diferentes agentes sociales. Es por ello que el Departamento de Salud tiene la necesidad de establecer actuaciones de fomento en relación con aquellas entidades que coadyuvan en el control de la infección por VIH y la enfermedad del sida.

La colaboración y la coordinación entre el Programa para la prevención y la asistencia del sida y las entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro que actúan en el ámbito de la lucha contra el sida constituyen un elemento primordial para desarrollar actividades complementarias a las realizadas en el ámbito institucional y son imprescindibles para el control de esta epidemia en Cataluña.

De acuerdo con lo que se ha expuesto y dado que a fecha de hoy el presupuesto para el ejercicio 2013 no ha sido aprobado, lo cual comporta la prórroga automática del presupuesto del año anterior en sus créditos iniciales hasta la aprobación y la publicación de los nuevos presupuestos en el DOGC, y de conformidad con lo que dispone el Decreto 170/2012, de 27 de diciembre, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga de los presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2012 mientras no entren en vigor los de 2013 (DOGC núm. 6283, de 31.12.2012), modificado por el Decreto 164/2013, de 14 de mayo (DOGC núm. 6377, de 16.5.2013).

Visto lo que disponen la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 27, de 18.11.2003), y el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su Reglamento (BOE núm. 176, de 25.7.2006); el capítulo IX del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña (DOGC núm. 3791A, de 31.12.2002); el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña (DOGC núm. 1234, de 22.12.1989); la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña (DOGC núm. 5686, de 5.8.2010); la Ley 10/2011, de 29 de diciembre, de simplificación y mejora de la regulación normativa (DOGC...

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