RESOLUCIÓN JUS/2923/2012, de 28 de diciembre, de cese de la señora Magdalena Sanvicens Oliveras como jefa de la Oficina de la Secretaría del/de la Consejero/a de Justicia.
Sección | Cargos y Personal |
Emisor | DEPARTAMENTO DE JUSTICIA |
Rango de Ley | Resolución |
Por la Resolución JUS/58/2011, de 13 de enero, se nombró a la señora Magdalena Sanvicens Oliveras, personal eventual del Departamento de Justicia, jefa de la Secretaría del/de la Consejero/a de Justicia (DOGC núm. 5800, de 20.1.2011). Por la Resolución JUS/545/2011, de 16 de febrero, se dio publicidad a la modificación del nombre, nivel de destino y retribuciones del puesto de trabajo eventual de jefe/a de la Secretaría del/de la Consejero/a de Justicia, que pasó a denominarse jefe/a de la Oficina de la Secretaría del/de la Consejero/a (DOGC núm. 5830, de 3.3.2011).
Visto lo que disponen los artículos 12 y 123 del Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública;
Visto lo que dispone el artículo 5.1.a) del Decreto 2/2005, de 11 de enero, sobre el régimen jurídico del personal eventual de la Administración de la Generalidad de Cataluña (DOGC núm. 4300, de 13.1.2005);
En uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente de la Generalidad de Cataluña,
Resuelvo:
La señora Magdalena Sanvicens Oliveras cesa como personal eventual en el puesto de jefa de la Oficina de la Secretaría del/de la Consejero/a, con efectos desde el día 26 de diciembre de 2012, y se le agradecen los servicios prestados.
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, potestativamente, y de acuerdo con lo que establecen el artículo 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 77 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de su publicación, o bien recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que...
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