RESOLUCIÓN ENS/906/2014, de 23 de abril, por la que se determinan los centros educativos y los puestos de trabajo docentes que tienen la consideración de especial dificultad.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE ENSEÑANZA
Rango de LeyResolución

De acuerdo con las disposiciones adicionales primera y segunda del Decreto 39/2014, de 25 de marzo, por el que se regulan los procedimientos para definir el perfil y la provisión de los puestos de trabajo docentes (DOGC núm. 6591, de 27.3.2014), el Departamento de Enseñanza tiene que revisar la actual clasificación de los centros educativos públicos en aplicación de criterios objetivos y mesurables referidos a las características socioeconómicas de la zona donde se ubica cada centro: nivel socioeconómico de las familias de los alumnos, número de alumnos con necesidades educativas específicas y alumnado recién llegado según el área geográfica de procedencia y tiene que determinar los centros educativos públicos de especial dificultad, por estar ubicados en entornos sociales y económicos desfavorecidos. Todos los puestos de trabajo de las plantillas docentes de estos centros tienen la consideración de especial dificultad a los efectos previstos en los artículos16.1.a), 17.4, 26.3 y 27.1.

En este sentido, en el artículo 16.1.a) del Decreto mencionado se establece que en los concursos de méritos de provisión de puestos de trabajo docentes, se valorará de una forma preferente el trabajo desarrollado en puestos de trabajo de especial dificultad. Asimismo, el artículo 17.4 prevé una modalidad de participación colectiva de provisión especial de puestos docentes en centros educativos públicos de nueva o reciente creación, así como en los centros educativos públicos de especial dificultad, ubicados en entornos sociales y económicos desfavorecidos.

Por otra parte, en los artículos 26.3 y 27.1 del mismo Decreto, al regular la provisión de puestos de trabajo docentes con carácter provisional, se prevé la posibilidad de propuestas específicas de la dirección de los centros educativos para proveer puestos de trabajo ordinarios de los centros de especial dificultad por estar ubicados en entornos sociales y económicos desfavorecidos.

El Real decreto 1364/2010, de 29 de octubre, que regula el concurso de traslados de ámbito estatal de los funcionarios del cuerpos docentes, en el apartado 1.1.3 del anexo I, establece que en el baremo de méritos se añadirá una puntuación específica para el ejercicio de la docencia en puestos de trabajo o centros que tengan la calificación de especial dificultad.

Al amparo del Real decreto 895/1989, de 14 de julio, por el que se regula la provisión de puestos de trabajo en centros públicos de preescolar, de educación básica y educación especial (BOE núm. 172, de 20.7.1989), la Resolución de 29 de diciembre de 1997 (DOGC núm. 2557, de 15.1.1998) aprobó la clasificación como de especial dificultad de determinados puestos de trabajo del cuerpo de maestros en centros públicos de Cataluña. Mediante, sucesivas resoluciones se han recogido variaciones en esta clasificación inicial.

En virtud de lo expuesto, y con el trámite previo de...

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