RESOLUCIÓN INT/1148/2014, de 13 de mayo, de convocatoria de proceso selectivo, mediante promoción interna, para cubrir 342 plazas de la categoría de bombero/a de primera de la escala técnica (subgrupo C1) del cuerpo de Bomberos de la Generalidad (número de registro de la convocatoria 80/14).

SecciónCargos y Personal
EmisorDEPARTAMENTO DE INTERIOR
Rango de LeyResolución

Dado lo establecido en los artículos 17 y 18 bis de la Ley 5/1994, de 4 de mayo, de regulación de los servicios de prevención, extinción de incendios y de salvamentos de Cataluña; el Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública; la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto básico del empleado público; el Decreto 28/1986, de 30 de enero, del Reglamento de selección de personal de la Administración de la Generalidad de Cataluña; el Decreto 123/1997, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Generalidad de Cataluña; el Decreto 65/1987, de 15 de enero, por el que se aprueba el Reglamento general de provisión de puestos de trabajo, de promoción profesional y de promoción interna de los funcionarios de la Administración de la Generalidad, en cuanto a las normas reguladoras de la promoción interna; la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística, y el Decreto 161/2002, de 11 de junio, sobre la acreditación del conocimiento del catalán y el aranés en los procesos de selección de personal y provisión de puestos de trabajo de las administraciones públicas de Cataluña; el Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, y el resto de normativa de aplicación;

Dada la vigente relación de puestos de trabajo del personal funcionario de la Dirección General de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos;

Visto que se ha dado cumplimiento a las disposiciones de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto básico del empleado público, en relación con el derecho a la negociación colectiva, representación y participación institucional de los empleados públicos;

Dado lo establecido en el artículo 17.3 de la Ley 5/1994, de 4 de mayo; el artículo 13.1 del Decreto 297/1999, de 26 de noviembre, de creación y reorganización de departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña; el artículo 3.6 del Decreto 200/2010, de 27 de diciembre, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña; el Decreto 320/2011, de 19 de abril, de reestructuración del Departamento de Interior, y el Decreto 243/2007, de 6 de noviembre, de estructura del Departamento de Interior, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1.i) de la Resolución INT/81/2011, de 18 de enero, de delegación de competencias del consejero de Interior en el secretario general del Departamento de Interior,

Resuelvo:

–1 Convocar el proceso selectivo, mediante promoción interna, para cubrir 342 plazas de la categoría de bombero/a de primera de la escala técnica (subgrupo C1) del cuerpo de Bomberos de la Generalidad con sujeción a las bases que figuran en el anexo 1 de esta Resolución (número de registro de la convocatoria 80/14).

–2 Contra esta Resolución y sus bases, que agotan la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el secretario general del Departamento de Interior, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el DOGC, de acuerdo con el artículo 116.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 77 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, o directamente recurso contencioso administrativo ante el juzgado de lo contencioso administrativo que corresponda, de acuerdo con lo que establecen los artículos 8.2 y 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el DOGC, de acuerdo con el artículo 46 de la mencionada Ley 29/1998, sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Barcelona, 13 de mayo de 2014

P. d. (Resolución INT/81/2011, de 18 de enero, DOGC de 24.1.2011)

Josep Martínez Melgares

Secretario general

Anexo 1

Bases de la convocatoria

–1 Normas generales

1.1 Se convoca el proceso selectivo, mediante promoción interna, para cubrir 342 plazas de la categoría de bombero/a de primera de la escala técnica (subgrupo C1) del cuerpo de Bomberos de la Generalidad, por el procedimiento de selección de concurso oposición.

1.2 Las funciones que tienen que ejercer las personas participantes que sean nombradas son las que se atribuyen a los bomberos de primera de acuerdo con lo que establecen los artículos 16.1.c) y 16.2 de la Ley 5/1994, de 4 de mayo.

–2 Requisitos de participación en la convocatoria

Pueden tomar parte en este proceso selectivo las personas funcionarias al servicio de la Administración de la Generalidad de Cataluña que pertenezcan a la escala básica del cuerpo de Bomberos de la Generalidad de Cataluña y que reúnan los siguientes requisitos:

2.1 Tener una antigüedad mínima de dos años de servicio activo como funcionario de carrera en la categoría de bombero/a de la escala básica.

2.2 Haber superado el curso específico de formación EMERSSA (módulos 1, 2 y 3) o equivalente impartido por el Instituto de Seguridad Pública de Cataluña, al amparo del artículo 18 bis de la Ley 5/1994, de 4 de mayo.

2.3 Estar en alguna de las siguientes situaciones administrativas: servicio activo, servicios especiales o servicios en otras administraciones o en una situación administrativa con derecho a reserva del puesto de trabajo.

2.4 Tener el título de bachillerato, de técnico o cualquiera equivalente a estos, o cualquier otro de nivel superior o estar en condiciones de obtenerlo. De conformidad con lo que se establece en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio (BOE núm. 146, de 17.6.2009), modificada por la Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo (BOE núm. 62, de 14.3.2011), la superación de la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años se considera equivalente, siempre que se acredite alguno de los siguientes requisitos:

  1. Estar en posesión del título de graduado en educación secundaria obligatoria o equivalente a efectos académicos o a efectos profesionales.

  2. Haber superado un mínimo de 15 créditos ECTS de los estudios universitarios.

    Si se trata de un título obtenido en el extranjero, es necesario disponer de la correspondiente homologación del Departamento de Enseñanza o del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

    Las personas funcionarias que no posean la titulación mencionada podrán participar en los siguientes supuestos:

  3. Cuando tengan una antigüedad mínima de 10 años en la escala básica del cuerpo de Bomberos, de los cuales 2 años tienen que ser como funcionario de carrera. Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, en los cuerpos de bomberos del grupo C (subgrupo C2) son computables a efectos de la antigüedad de los 10 años antes mencionados.

  4. Cuando no tengan una antigüedad mínima de 10 años en la escala básica del cuerpo de Bomberos, pero acrediten al menos una antigüedad mínima en la escala básica del cuerpo de Bomberos igual o superior a 5 años, de los cuales 2 tienen que ser como funcionario de carrera, y hayan superado el curso específico de ampliación EMERSSA (módulo 4) o equivalente impartido por el Instituto de Seguridad Pública de Cataluña, al amparo del artículo 18 bis de la Ley 5/1994, de 4 de mayo. Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, en los cuerpos de bomberos del grupo C (subgrupo C2) son computables a efectos de la antigüedad de los 5 años antes mencionados.

    2.5 Satisfacer los derechos de examen, de acuerdo con lo que se establece en la base 4.

    2.6 Los requisitos de participación que se establecen en los apartados anteriores de esta base deben cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes y se tienen que seguir cumpliendo hasta la fecha de toma de posesión.

    –3 Solicitudes

    3.1 Las solicitudes para participar en esta convocatoria se tienen que dirigir, una vez se haya abonado la tasa a la que hace referencia la base 4, al secretario general del Departamento de Interior y se tienen que formalizar según el modelo normalizado que figura en el anexo 4 de esta Resolución.

    3.2 Los impresos de solicitud y los modelos normalizados se facilitan en las direcciones mencionadas en el anexo 2 de esta Resolución, en la página web del Departamento de Interior, mediante los siguientes pasos: Inici › Àrees d'actuació › Bombers › Convocatòries › Bombers, y en la intranet de la Dirección General de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos: http://emergencies.intranet/personal/Convocatories/index_conv.htm .

    3.3 Hay que adjuntar a la solicitud la "Declaración de méritos" alegados en esta convocatoria de acuerdo con lo que se establece en la base 8.2.2.

    3.4 Las solicitudes tienen que presentarse en el plazo de 20 días naturales contados desde el siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el DOGC y de acuerdo con las instrucciones que se establecen en el anexo 3 de esta Resolución.

    3.5 Las solicitudes se pueden presentar en los registros detallados en el anexo 2. Asimismo, también pueden presentarse, dentro del plazo indicado en la base anterior, por los medios que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. En caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de correos, se hará en sobre abierto a fin de que la solicitud sea fechada y sellada por...

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