RESOLUCIÓN ARP/2974/2003, de 3 de octubre, por la que se regula la inscripción de remolques agrícolas y de maquinaria agrícola remolcada.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

ARP/2974/2003, de 3 de octubre, por la que se regula la inscripción de remolques agrícolas y de maquinaria agrícola remolcada.

En fecha 28 de diciembre de 1993 la Dirección General de Seguridad Industrial del Departamento de Industria y Energía dictó una resolución por la que se modifican temporalmente las instrucciones para la expedición de tarjetas de inspección técnica de los vehículos agrícolas.

El artículo 3 de la citada disposición prevé la comprobación, mediante el Registro oficial de maquinaria agrícola (ROMA), de la posible existencia de antecedentes de los remolques agrícolas afectados.

Visto lo que dispone la Orden de 28 de mayo de 1987, del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, sobre inscripción de máquinas agrícolas en los registros oficiales;

Visto el informe favorable del Departamento de Trabajo, Industria, Comercio y Turismo,

Resuelvo:

Artículo 1

De acuerdo con la campaña iniciada conjuntamente con el Departamento de Trabajo, Industria, Comercio y Turismo, podrán ser objeto de legalización los remolques y semiremolques agrícolas y la maquinaria agrícola remolcada, de acuerdo con el Reglamento general de vehículos que circulaban con anterioridad al 31 de diciembre de 1986, considerada la disposición transitoria primera final del Real decreto 2140/1985, de 9 de octubre, de homologación de tipos de vehículos, remolques, semiremolques, partes y piezas.

Artículo 2

A este efecto, los titulares de los remolques y semiremolques agrícolas y maquinaria agrícola remolcada presentarán, antes del 15 de marzo de 2004, ante el Registre oficial de maquinaria agrícola (ROMA) de las delegaciones territoriales del Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca, la siguiente documentación:

a) Declaración jurada de la fecha en la que inició su actuación como vehículo agrícola del remolque o semiremolque agrícola o de la maquinaria agrícola remolcada, según el modelo normalizado que facilitarán las oficinas comarcales y las delegaciones territoriales del Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca. Alternativamente podrá presentar un certificado extendido por el ayuntamiento del municipio en que se encuentra la explotación agrícola a la que está destinado el remolque o semiremolque agrícola y maquinaria agrícola remolcada.

b) Solicitud para que se le expida un certificado conforme el remolque o semiremolque agrícola o maquinaria agrícola remolcada...

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