ORDEN GRI/325/2002, de 17 de septiembre, por la que se aprueban las bases generales que tienen que regir las subvenciones a los ayuntamientos y a los consejos comarcales para proyectos relacionados con la gestión interadministrativa y la prestación de servicios por Internet y se convocan las correspondientes al año 2002.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

GRI/325/2002, de 17 de septiembre, por la que se aprueban las bases generales que tienen que regir las subvenciones a los ayuntamientos y a los consejos comarcales para proyectos relacionados con la gestión interadministrativa y la prestación de servicios por Internet y se convocan las correspondientes al año 2002.

De acuerdo con lo que prevé la disposición adicional 17 de la Ley 20/2001, de 28 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2002, a propuesta de la Dirección General de Administración Local,

Ordeno:

Artículo 1

Aprobar las bases generales que deben regir las convocatorias de concesión de subvenciones dirigidas a los ayuntamientos y a los consejos comarcales para proyectos relacionados con la gestión interadministrativa y la prestación de servicios por Internet, las cuales figuran en el anexo de esta Orden.

Artículo 2

2.1 Convocar las subvenciones correspondientes al año 2002.

2.2 El plazo de presentación de solicitudes es de un mes contado a partir del día siguiente de la publicación de esta Orden en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Artículo 3

Las subvenciones objeto de esta convocatoria irán a cargo de la partida presupuestaria 1103D/764110000/4553, con una dotación máxima de 6.010.121,04 euros, del presupuesto del Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales para el año 2002.

Barcelona, 17 de septiembre de 2002

Núria de Gispert i Català

Consejera de Gobernación

y Relaciones Institucionales

Anexo

Bases reguladoras de las subvenciones a los ayuntamientos y a los consejos comarcales para proyectos relacionados con la gestión interadministrativa y la prestación de servicios por Internet

-1 Régimen jurídico

El régimen jurídico aplicable a esta línea de ayudas es el que se establece en el capítulo 9 del Decreto legislativo 9/1994, de 13 de julio, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña.

-2 Objeto

El objeto de este programa es la concesión de subvenciones a los ayuntamientos y a los consejos comarcales para proyectos relacionados con la gestión interadministrativa y la prestación de servicios por Internet.

-3 Gastos subvencionables

Son subvencionables los gastos e inversiones necesarios para el desarrollo y la aplicación de proyectos relacionados con la adecuación de los procesos administrativos a la sociedad de la información con la aplicación de las nuevas tecnologías, así como para el acceso a Internet.

Los proyectos deben estar relacionados con:

a) El rediseño de procesos y circuitos de organización y el desarrollo de programas que tengan por objeto tanto la prestación de servicios a los ciudadanos por Internet como la relación interadministrativa por este medio.

b) La incorporación de la firma electrónica en procedimientos internos, interadministrativos o relacionados con los ciudadanos, con la aplicación, cuando sea...

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