ORDEN ARP/84/2003, de 24 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para los programas de carne de vacuno de calidad, y se convocan las correspondientes al año 2003.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

ARP/84/2003, de 24 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para los programas de carne de vacuno de calidad, y se convocan las correspondientes al año 2003.

Mediante la Orden de 10 de febrero de 1998 (DOGC núm. 2584, de 23.2.1998), dictada sobre la base del Real decreto 1738/1997, de 20 de noviembre, se establecieron ayudas para los programas de carne de vacuno de calidad. El Real decreto 1097/2002, de 25 de octubre, sustituye al anterior y establece ayudas a los programas de carne de vacuno de calidad.

Las ayudas están destinados a apoyar a los operadores que aplican los mencionados programas de calidad que implican a todas y cada una de las fases de producción y comercialización de la carne de vacuno, desde la granja hasta el consumidor final mediante la contribución a la financiación de parte de los gastos que suponen la realización de controles efectuados por entidades externas, especialmente en la aplicación del sistema del etiquetado obligatorio que establecen los artículos 13 y 14 del Reglamento (CE) 1760/2000, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de julio, que establece un sistema de identificación y registro de los animales de la especie bovina y relativo al etiquetado de la carne de vacuno y de los productos a base de carne de vacuno y por el que se deroga el Reglamento (CEE) núm. 820/97, del Consejo.

Por lo tanto, corresponde derogar la Orden de 10 de febrero de 1998 y dictar una nueva para instrumentar el procedimiento aplicable a estas ayudas que son financiadas íntegramente por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación;

En consecuencia, en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo 1

Aprobar las bases reguladoras de las ayudas para los programas de carne de vacuno de calidad de acuerdo con lo que establece el Real decreto 1097/2002, de 25 de octubre, por el que se establecen ayudas a los programas de carne de vacuno de calidad, que se publican en el anexo de esta Orden.

Artículo 2

2.1 Convocar las ayudas para los programas de carne de vacuno de calidad de acuerdo con las bases reguladoras que se aprueban en esta Orden.

2.2 De acuerdo con el artículo 7 del Real decreto 1097/2002, de 25 de octubre, el plazo para la presentación de las solicitudes se establece desde el día siguiente de la publicación de la Orden de convocatoria en el DOGC y hasta el 15 de marzo de cada año.

2.3 Las solicitudes se resolverán en un plazo máximo de seis meses. Si transcurrido este plazo no se ha dictado y notificado resolución expresa, se entenderá que la solicitud ha sido desestimada de acuerdo con lo que establece el artículo 4 de la Ley 23/2002, de 18 de noviembre, que modifica el artículo 81 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña.

2.4 Las ayudas que establece esta Orden se financian íntegramente por el Estado y van a cargo de la partida presupuestaria 1702 D/778170100/7132 de los presupuestos del Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca para el año 2003, por una cuantía máxima de 50.000 euros.

Disposición derogatoria

Se deroga la Orden de 10 de febrero de 1998, por la que se establecen las ayudas para los programas de carne de vacuno de calidad (DOGC núm. 2584, de 23.2.1998).

Disposición final

Esta Orden entrará en...

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