ORDEN GRI/284/2011, de 18 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras del Premio Josep Maria Vilaseca i Marcet, y se convoca la cuarta edición correspondiente al año 2012.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDepartamento de Gobernación y Relaciones Institucionales
Rango de LeyOrden

ORDEN

GRI/284/2011, de 18 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras del Premio Josep Maria Vilaseca i Marcet, y se convoca la cuarta edición correspondiente al año 2012.

El Premio Josep Maria Vilaseca i Marcet fue creado con la finalidad de promover el estudio científico de temas relacionados con la autonomía política y el federalismo.

Según lo que dispone el Decreto 326/2011, de 26 de abril, de reestructuración del Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales, el Instituto de Estudios Autonómicos tiene la función de promover el estudio y la investigación sobre las autonomías políticas territoriales en el Estado español y en el extranjero en los aspectos constitucional, político, económico, social y administrativo, con especial atención al régimen de autonomía de Cataluña.

Por ello, visto lo que dispone el capítulo IX del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, a propuesta del director del Instituto de Estudios Autonómicos y en uso de las facultades que me confiere el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,

Ordeno:

Artículo 1

Convocar el IV Premio Josep Maria Vilaseca i Marcet del Instituto de Estudios Autonómicos para estudios sobre autonomía política y federalismo correspondiente al año 2012.

Artículo 2

Aprobar las bases reguladoras del Premio Josep Maria Vilaseca i Marcet del Instituto de Estudios Autonómicos para estudios sobre autonomía política y federalismo, que constan en el anexo de esta Orden.

Artículo 3

La dotación del premio es de 20.000 euros y queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la aplicación presupuestaria GO01D/483000100/1210/0000, o partida equivalente del presupuesto para el año 2012, de la Generalidad de Cataluña.

Artículo 4

4.1 Las personas solicitantes deben presentar la documentación requerida prevista en la base 4 del anexo de esta Orden en el registro del Instituto de Estudios Autonómicos, sin perjuicio de lo que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

4.2 El plazo de presentación de solicitudes empieza el día siguiente de la publicación de esta Orden en el DOGC y expira el 15 de septiembre de 2012.

Artículo 5

Corresponde al director del Instituto de Estudios Autonómicos otorgar el Premio que prevé esta convocatoria.

Artículo 6

Esta Orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el DOGC.

Contra el acto de convocatoria, que agota la vía administrativa, y las bases reguladoras, las personas interesadas pueden interponer recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar de la fecha de publicación en el DOGC.

Con carácter previo, contra el acto de convocatoria, las personas interesadas pueden interponer recurso de reposición ante la consejera de Gobernación y Relaciones Institucionales, en el plazo de un mes a contar de la fecha de publicación en el DOGC.

Barcelona, 18 de octubre de 2011

Joana Ortega i Alemany

Consejera de Gobernación y Relaciones Institucionales

Anexo

Bases reguladoras del Premio Josep Maria Vilaseca i...

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