ORDEN GAP/253/2007, de 10 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a las organizaciones sindicales y se convocan las correspondientes al año 2007.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE GOBERNACIÓN Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Rango de LeyOrden

ORDEN

GAP/253/2007, de 10 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a las organizaciones sindicales y se convocan las correspondientes al año 2007.

La Ley 4/2007, de 4 de julio, de presupuestos de la Generalidad de Catalunya para el 2007, en la partida presupuestaria núm. GO02D/480000100/1210 de la Dirección General de Función Pública, prevé un importe de 119.760,01 euros, destinado a subvencionar la acción y la formación sindicales, el cual debe ser distribuido en relación con la representatividad obtenida por las diferentes organizaciones sindicales, teniendo en cuenta los representantes elegidos en las últimas elecciones a juntas de personal en los ámbitos de personal funcionario de administración y técnico, de personal docente no universitario y de personal estatutario al servicio de la Administración de la Generalidad de Cataluña celebradas antes del día 1 de julio de 2007.

Considerando lo que prevén el capítulo IX del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, y la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,

Ordeno:

Artículo 1

Aprobar las bases reguladoras de las ayudas destinadas a las organizaciones sindicales, las cuales se publican en el anexo de esta Orden.

Artículo 2

2.1 Convocar las ayudas para el año 2007 destinadas a las organizaciones sindicales.

2.2 El plazo de presentación de las solicitudes es de un mes a partir de la publicación de esta Orden en el Diario Oficial de la Generalidad de Catalunya.

2.3 Las ayudas establecidas en esta Orden serán a cargo de la partida presupuestaria GO02D/480000100/1210 del presupuesto del Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas para el año 2007, con un importe máximo de 119.760,01 euros.

Artículo 3

Las subvenciones otorgadas de más de 3.000 euros se publicarán en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya y se indicará el beneficiario, la cantidad concedida, los fines de la subvención y el crédito presupuestario al que se han imputado.

Barcelona, 10 de julio de 2007

Joan Puigcercós i Boixassa

Consejero de Gobernación

y Administraciones Públicas

Anexo

Bases

.1 Régimen jurídico

El régimen jurídico aplicable a estas ayudas es el previsto en el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que...

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