ORDEN PRE/43/2005, de 15 de febrero, de aprobación de las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la publicación de obras sobre la historia contemporánea de Cataluña.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

PRE/43/2005, de 15 de febrero, de aprobación de las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la publicación de obras sobre la historia contemporánea de Cataluña.

Considerando el Decreto 80/1984, de 3 de marzo, de creación del Centro de Historia Contemporánea de Cataluña (CHCC);

Considerando que, según el citado decreto de creación, uno de los objetivos del CHCC es promover la publicación de obras sobre la historia contemporánea de Cataluña;

Considerando el Decreto 68/2004, de 20 de enero, donde se especifican las funciones de la Secretaría de Coordinación Interdepartamental;

Considerando el Decreto 195/2004, de 24 de febrero, de reestructuración parcial del Departamento de la Presidencia de la Generalidad de Cataluña y, en concreto, el artículo 3.2 que determina los órganos que dependen de la Secretaría General del Primer Consejero, entre los que se encuentra el Centro de Historia de Contemporánea de Cataluña;

Considerando el texto del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña;

Considerando la Orden del Departamento de Economía y Finanzas de 1 de octubre de 1997, sobre tramitación, justificación y control de ayudas y de subvenciones (DOGC núm. 2500, de 21.10.1997),

Ordeno:

Artículo único

Aprobar las bases reguladoras de ayudas para la publicación de obras sobre historia contemporánea de Cataluña que constan en el anexo de esta Orden.

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el DOGC.

Contra esta Orden o sus bases se puede interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente de su publicación, según lo que prevé el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Barcelona, 15 de febrero de 2005

Josep Bargalló Valls

Primer consejero

Anexo

Bases reguladoras

.1 Objeto

El objeto de las ayudas es promover la publicación de obras sobre la historia contemporánea de Cataluña y de los países de habla catalana y también de memorias, dietarios, epistolarios, textos de pensamiento político u otras obras de características similares, enmarcadas en la misma época.

.2 Tipología

Las ayudas se destinarán a proyectos de publicación de obras de historia contemporánea de Cataluña y de los países de habla catalana que traten aspectos sociales, económicos, políticos, institucionales, culturales, de pensamiento, etc., de alcance comarcal o nacional. También podrán recibir ayuda proyectos relativos a la publicación de memorias, dietarios o epistolarios enmarcados en la historia contemporánea de Cataluña.

.3 Período

Las actuaciones objeto de estas ayudas han de iniciarse el año de la convocatoria y el plazo máximo para entregar los trabajos realizados en alguno de los registros citados en la base 5, dirigidos al Centro de Historia de Cataluña, se indicará en la correspondiente resolución de convocatoria. En caso que el trabajo no estuviera acabado, sería necesario entregar un informe...

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