ORDEN GRI/430/2012, de 17 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos de investigación en el ámbito de la calidad democrática, y se abre la convocatoria para el año 2013.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDepartamento de Gobernación y Relaciones Institucionales
Rango de LeyOrden

De acuerdo con el Decreto 326/2011, de 26 de abril, de reestructuración del Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales, corresponde a este Departamento, entre otras, la función de coordinar la puesta en marcha de iniciativas para mejorar la democracia, la transparencia y el fortalecimiento de la sociedad civil, dar apoyo a las iniciativas sociales para mejorar la calidad democrática y promover la formación, la innovación y la investigación en materia de participación ciudadana y calidad democrática.

La Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación (AGAUR) fue creada por la Ley 7/2001, de 31 de mayo, con el objetivo de ejecutar los programas de becas, de préstamos, de subvenciones y de otras actividades de fomento en el estudio universitario, de la investigación científica y técnica y de la innovación tecnológica en Cataluña.

Mediante el convenio de colaboración formalizado entre el Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales y la AGAUR en fecha 11 de diciembre de 2012 se encarga a la AGAUR la gestión de la convocatoria para la concesión de ayudas a proyectos de investigación en el ámbito de la calidad democrática.

Visto lo que establece el capítulo IX del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley mencionada, a propuesta del director general de Relaciones Institucionales y con el Parlamento, y en uso de las facultades que me confiere el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad,

Ordeno:

Artículo 1

Aprobar las bases reguladoras de las ayudas a proyectos de investigación en el ámbito de la calidad democrática, que constan en el anexo de esta Orden.

Artículo 2

Abrir la convocatoria de ayudas a proyectos de investigación en el ámbito de la calidad democrática para el año 2013.

Artículo 3

El importe máximo destinado a esta convocatoria es de sesenta mil euros (60.000 €), con un importe por ayuda de entre seis mil euros (6.000 €) y diez mil euros (10.000 €), con cargo a la posición presupuestaria GO08D/440680000/1310/0000 del presupuesto del Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales para 2013.

El otorgamiento de las ayudas queda condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la concesión.

Artículo 4

4.1 El plazo de presentación de las solicitudes es de un mes a contar de la publicación de la convocatoria en el DOGC.

4.2 Las solicitudes se tienen que presentar telemáticamente (http://www.gencat.cat/agaur) y en formato papel en el registro de la AGAUR (paseo de Lluís Companys, 23, 08010 Barcelona), sin perjuicio de lo que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

4.3 El impreso normalizado de solicitud debe estar a disposición de las personas interesadas en las dependencias de la AGAUR (paseo de Lluís Companys, 23, 08010 Barcelona), en la web (http://www.gencat.cat/agaur), en las dependencias de la Subdirección General de Fomento de la Calidad Democrática (avenida de la Diagonal, 409, 4a planta, 08008 Barcelona), en el web del Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales (http://www.gencat.cat/governacio/qualitatdemocratica) y en la Oficina Virtual de Trámites (http://www.gencat.cat/ovt).

4.4 Las personas solicitantes pueden disponer de la matriz de datos de la Encuesta de participación y política 2011. La petición se puede hacer mediante el impreso normalizado de solicitud de la ayuda.

Artículo 5

5.1 La resolución de la convocatoria corresponde al/a la consejero/a de Gobernación y Relaciones Institucionales, a propuesta de la persona titular de la Subdirección General de Fomento de la Calidad Democrática o, si procede, al órgano que la sustituya, de acuerdo con el acta de la Comisión de Selección.

5.2 El plazo máximo para resolver es de seis meses a contar de la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes. Transcurrido este plazo sin resolución expresa, las solicitudes se entienden desestimadas.

5.3 La AGAUR tiene que notificar individualmente la resolución de la convocatoria a las entidades interesadas de acuerdo con los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de les administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

A efectos informativos, las entidades interesadas pueden consultar el resultado de la resolución en los webs de la AGAUR y del Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales.

5.4 Contra la resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso de reposición ante el/la consejero/a de Gobernación y Relaciones Institucionales en el plazo de un mes desde la notificación, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de les administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses desde la notificación, en los términos de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

5.5 De acuerdo con el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, la resolución de concesión se publicará en el DOGC.

Artículo 6

Esta Orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el DOGC.

Contra el acto de convocatoria, que agota la vía administrativa, y las bases reguladoras, las personas interesadas pueden interponer recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses a contar de la fecha de publicación en el DOGC.

Con carácter previo, contra el acto de convocatoria las personas interesadas pueden interponer recurso de reposición ante el/la consejero/a de Gobernación y Relaciones Institucionales en el plazo de un mes a contar de la publicación en el DOGC.

Barcelona, 17 de diciembre de 2012

Joana Ortega i Alemany

Vicepresidenta del Gobierno y consejera de Gobernación

y Relaciones Institucionales

Anexo

Bases reguladoras de las ayudas a proyectos de investigación en el ámbito de la calidad democrática

—1 Objeto

Estas bases tienen por objeto regular las ayudas a proyectos de investigación originales e inéditos en materia de calidad democrática, que permitan obtener resultados científicos y propuestas de intervención aplicables en este ámbito.

—2 Personas destinatarias

2.1 Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las universidades que forman parte del sistema universitario catalán y las entidades públicas o privadas de Cataluña sin finalidad de lucro que tengan la investigación como una de sus actividades principales.

2.2 En la solicitud se tiene que determinar la persona responsable de la ejecución del proyecto.

La ejecución del proyecto corresponde a un equipo de investigación adscrito a la entidad beneficiaria.

2.3 Los equipos de investigación tienen que estar constituidos por:

  1. Un mínimo de seis persones investigadoras con tres doctores/as, de las cuales...

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