DECRETO 76/2007, de 27 de marzo, por el que se crea y regula el Registro de Centros y Estudios Universitarios de Cataluña.
Sección | Disposiciones Generales |
Emisor | DEPARTAMENTO DE INNOVACIÓN, UNIVERSIDADES Y EMPRESA |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO
76/2007, de 27 de marzo, por el que se crea y regula el Registro de Centros y Estudios Universitarios de Cataluña.
De acuerdo con el Decreto 571/2006, de 19 de diciembre, de estructuración del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa (DOGC núm. 4785, de 21.12.2006), corresponden a la Dirección General de Universidades, entre otras, las funciones en materia del registro de centros y estudios del sistema universitario de Cataluña.
En el marco del proceso de adaptación al espacio europeo de educación superior y dada la nueva regulación de los estudios universitarios fijada por el Real decreto 55/2005, de 21 de enero, por el que se regulan los estudios universitarios oficiales de grado, y el Real decreto 56/2005, de 21 de enero, por el que se regulan los estudios universitarios oficiales de posgrado, modificados por el Real decreto 1509/2005, de 16 de diciembre, hay que remarcar que en este Registro coexistirán los estudios universitarios actuales y los nuevos estudios universitarios implantados según la nueva estructura europea.
En este contexto, uno de los objetivos básicos de este Departamento es el de promover la colaboración y cooperación interuniversitaria y la impartición de titulaciones universitarias conjuntas.
Por otra parte, el apartado 2 de la disposición adicional vigésima de la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades (BOE núm. 307, de 24.122001), hace referencia a los datos de las comunidades autónomas o de los registros públicos dependientes de las mismas y prevé los mecanismos de comunicación de los datos que contienen.
En este contexto, y con el objetivo único de unificar y sistematizar los datos relativos al sistema y hacerlos accesibles a los ciudadanos y ciudadanas se regula la inscripción de las universidades, los centros, las estructuras y las enseñanzas que se imparten en el sistema universitario de Cataluña.
En consecuencia, de acuerdo con lo que establece el artículo 172.1 letras a) y e) del Estatuto de autonomía de Cataluña que otorgan a la Generalidad la competencia exclusiva, sin perjuicio de la autonomía universitaria, en relación con la programación y la coordinación del sistema universitario catalán en el marco de la coordinación general y la competencia relativa al marco jurídico de los títulos propios de las universidades de acuerdo con el principio de autonomía universitaria, se crea el Registro de Centros y Estudios Universitarios de Cataluña y se procede al establecimiento de las normas generales para su funcionamiento.
Considerando las competencias atribuidas a la Dirección General de Universidades en virtud del capítulo 9 del Decreto 571/2006, de 19 de diciembre, de estructuración del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa (DOGC núm. 4785, de 21.12.2006), antes citados, de acuerdo con la Ley 1/2003, de 19 de febrero, de universidades de Cataluña, y con la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades;
Al amparo de lo que establece el capítulo IV de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad (DOGC núm. 1234, de 22.12.1989), de acuerdo con el dictamen de la Comisión Jurídica Asesora, a propuesta del consejero de Innovación, Universidades y Empresa, con el acuerdo previo del Gobierno,
Decreto:
Objeto
Se crea el Registro de Centros y Estudios Universitarios de Cataluña adscrito a la Dirección General de Universidades del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa.
Registro único
El Registro de Centros y Estudios Universitarios de Cataluña tiene el carácter de registro único dentro del ámbito territorial de Cataluña.
Finalidad
3.1 El Registro de Centros y Estudios Universitarios de Cataluña tiene como finalidad única la inscripción de las universidades, los centros, las estructuras y las enseñanzas que se imparten en el sistema universitario de Cataluña con el objetivo de unificar y sistematizar los datos relativos al sistema y hacerlos accesibles al conjunto de la ciudadanía.
3.2 Son objeto de inscripción, los datos relativos a:
a) Universidades...
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