DECRETO 99/2010, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la lotería denominada Binjocs.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE INTERIOR, RELACIONES INSTITUCIONALES Y PARTICIPACIÓN
Rango de LeyDecreto

DECRETO

99/2010, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la lotería denominada Binjocs.

De acuerdo con el artículo 141.1 del Estatuto de Autonomía de Cataluña, corresponde a la Generalidad la competencia exclusiva en materia de juego si la actividad se lleva a cabo exclusivamente en Cataluña.

El objeto de la Ley 15/1984, de 20 de marzo, del juego, es la regulación de todas las actividades relativas a casinos, juegos y apuestas, en el ámbito territorial de Cataluña. La disposición adicional primera de esta ley prevé la aprobación por parte del Gobierno del catálogo de juegos autorizados en Cataluña, y, entre éstos, se recoge el de la lotería, y la disposición final tercera autoriza al Consejo ejecutivo para que dicte las disposiciones que sean necesarias para desarrollarla.

La Ley 5/1986, de 17 de abril, de creación de la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalidad, en el artículo 2, establece que esta Entidad tiene a su cargo la organización y la gestión directa de los juegos que las disposiciones legales reservan a la gestión de la Generalidad, y también la recaudación de los ingresos públicos derivados de esta actividad y el pago de los premios que se establecen.

De acuerdo con lo que disponen el artículo 68.1 del Estatuto de Autonomía de Cataluña y el artículo 39.1 de la Ley 13/2008, corresponde al Gobierno, en el ejercicio de las competencias de la Generalidad, la potestad reglamentaria.

De acuerdo con lo que establecen el Decreto 241/1986, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento general de los juegos de lotería organizados por la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas, y el Decreto 240/2004, de 30 de marzo, por el que se aprueba el catálogo de juegos y apuestas autorizados en Cataluña y los criterios aplicables a su planificación, cualquiera de las modalidades de lotería previstas en el artículo 5 del Decreto 240/2004, será organizada por la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalidad. Esta segunda disposición derogó el Decreto 325/1985, de 28 de noviembre, por el que se aprobó el primer catálogo de juegos y apuestas autorizados en Cataluña.

Actualmente, la lotería denominada Binjocs se regula por las disposiciones siguientes:

Decreto 365/2006, de 3 de octubre;

Orden INT/498/2006, de 26 de octubre, por la que se regulan los requisitos mínimos de compatibilidad de los terminales necesarios para la práctica de esta lotería;

Orden INT/523/2006, de 10 de noviembre, por la que se concretan los premios acumulados de las variantes de la lotería Binjocs, y

Orden INT/530/2006, de 13 de noviembre, de concreción de la comercialización de la lotería Binjocs mediante el uso de un sistema informático.

Además, cada una de las variantes existentes de esta lotería viene desarrollada por la correspondiente y específica Orden de la persona titular del departamento competente en materia de juego y apuestas.

Binjocs es una modalidad de juego de lotería de números en la que las personas jugadoras adquieren billetes en formato electrónico a través de terminales emplazados en los establecimientos autorizados para la comercialización de esta lotería, y conectados a los sistemas informáticos de la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalidad donde se registran las apuestas y se realizan los sorteos. Esta modalidad de lotería incorpora varias novedades que la diferencian del juego de la plena o bingo tradicional, siendo una modalidad que contempla varias formas de juego y de categorías y combinaciones de premios, diferentes a las tradicionales línea y plena o bingo.

Los agentes vendedores de esta lotería son las empresas que explotan salas de bingo y salones de juego.

Con la nueva regulación establecida por este Decreto se pretende reordenar y actualizar la normativa de la lotería Binjocs con el fin de asimilar sus principios y criterios orientadores, y su estructura sistemática, con los del resto de reglamentaciones vigentes de juegos de lotería que las disposiciones legales reservan a la gestión de la Generalidad, organizados, gestionados y comercializados por la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalidad, y con la finalidad principal de homogeneizar el marco normativo de todas las loterías del ámbito competencial de la mencionada Entidad.

En este proceso de actualización normativa es destacable el hecho de que la nueva regulación habilita a la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalidad para determinar y establecer directrices sobre medidas, procedimientos y sistemas técnicos en el marco del desarrollo de las políticas sobre juego responsable iniciadas el año 2008, y conforme con los criterios de responsabilidad social corporativa vigentes, con la finalidad de favorecer una participación responsable y de minimizar los posibles riesgos que puedan perjudicar a las personas jugadoras de la lotería Binjocs.

Finalmente, y de acuerdo con lo que dispone el artículo 3 del Decreto 421/2006, de 28 de noviembre, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña, corresponde al Departamento...

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