ORDEN ECF/206/2007, de 17 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones en régimen reglado en el Marco del Programa de Ahorro y Eficiencia Energética y se abre la convocatoria para el año 2007.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorInstituto Catalán de Energía
Rango de LeyOrden

ORDEN

ECF/206/2007, de 17 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones en régimen reglado, en el Marco del Programa de Ahorro y Eficiencia Energética y se abre la convocatoria para el año 2007.

Antecedentes

El desarrollo económico de nuestro país y su convergencia con los estándares europeos ha producido en los últimos años un aumento muy importante del consumo energético, hecho que contradice la necesidad de reducir el impacto ambiental del consumo energético, obligatorio según los compromisos adquiridos con la firma del Acuerdo de Kyoto.

Por otra parte, se prevé que en los próximos años este consumo energético presente un índice importante de crecimiento, que sólo se podrá atenuar con un incremento decidido de la eficiencia energética y una utilización más racional de la energía.

El Instituto Catalán de Energía (ICAEN) del Departamento de Economía y Finanzas es la unidad que tiene asignada la ejecución de las actividades que emanan de la política energética de la Generalidad de Cataluña y del Plan de Energía 2006-2015, sin perjuicio de las funciones de la Dirección general de Políticas Ambientales y Sostenibilidad en materia de promoción y difusión de la utilización de las energías renovables.

En este sentido, en fecha 13 de abril del 2007, se formalizó un convenio de colaboración entre el Instituto para la Diversificación y el Ahorro de Energía (IDAE) del Ministerio de Industria Comercio y Turismo, y el Instituto Catalán de Energía del Departamento de Economía y Finanzas de la Generalidad de Cataluña, para la definición y la puesta en práctica de las actuaciones previstas al Plan de Acción de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética al ámbito territorial de la Generalidad de Cataluña aprobado por el Gobierno en sesión del 20 de marzo de 2007.

Por lo tanto, vista la Ley 20/2005, de 29 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el año 2006 prorrogado del ICAEN, y de acuerdo con lo qué establecen el artículo 87 y siguientes del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Orden de 1 de octubre de 1997, sobre tramitación, justificación y control de ayudas de subvenciones; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña;

Por esto expuesto, visto el informe favorable emitido por la Asesoría Jurídica del Departamento de Economía y Finanzas, de acuerdo con el informe de la Comisión de Cooperación Local de Cataluña, y a propuesta del Instituto Catalán de Energía, y en uso de las atribuciones que me son conferidas,

Ordeno:

Artículo 1

Objeto

Esta Orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras para subvencionar en régimen reglado la realización de actuaciones en materia de ahorro y eficiencia energética y abrir la convocatoria por el año 2007.

Artículo 2

Convocatorias

2.1 En función de las disponibilidades presupuestarias y por Orden del Consejero de Economía y Finanzas, se publica en el DOGC la convocatoria para la presentación de solicitudes para la obtención de las ayudas previstas en esta Orden, la que contendrá las determinaciones establecidas por la normativa de aplicación.

2.2 A medida que se produzcan renuncias o revocaciones de las subvenciones, y en el supuesto que una vez resuelta la convocatoria se haya agotado el importe máximo destinado por este ejercicio a las acciones reguladas en esta Orden, se podrán asignar nuevos otorgamientos a los proyectos que no llegaron a obtener subvención y que, atendida la fecha de registro de la solicitud de subvención, mantenían una posición inmediatamente posterior a la de los proyectos subvencionados, siempre que estos proyectos se puedan realizar en los plazos establecidos por esta Orden.

Artículo 3

La dotación máxima que se destina a las ayudas objeto de esta Orden para el año 2007 es de 12.940.200 euros, y su financiación es con cargo a las partidas presupuestarias del presupuesto 2006 prorrogado del Instituto Catalán de Energía, que se especifican en continuación:

Partida presupuestaria: 470000100/6310 a empresas privadas:

  1. Estudios y elaboración de documentación técnica y legal para la externalización de la propiedad o gestión de instalaciones energéticas hacia empresas de servicios energéticos. Importe máximo: 50.000 euros.

  2. Auditorías energéticas a la industria catalana. Importe máximo 521.000 euros.

  3. Auditorías energéticas a plantas de cogeneración. Importe máximo: 60.200 euros.

  4. Estudios de viabilidad de plantas de cogeneración. Importe máximo: 40.600 euros.

    Partida presupuestaria: 448000100/6310 a otros entes públicos de la Generalidad:

  5. Estudios y elaboración de documentación técnica y legal para la externalización de la propiedad o gestión de instalaciones energéticas hacia empresas de servicios energéticos. Importe máximo: 5.000 euros.

  6. Auditorías energéticas en plantas de cogeneración. Importe máximo: 8.600 euros.

  7. Estudios de viabilidad de plantas de cogeneración. Importe máximo: 5.800 euros.

    Partida presupuestaria: 420000200/6310 al Instituto Catalán de la Salud:

  8. Auditorías energéticas en plantas de cogeneración. Importe máximo: 8.600 euros.

  9. Estudios de viabilidad de plantas de cogeneración. Importe máximo: 5.800 euros.

    Partida presupuestaria: 442000100/6310 a consorcios:

  10. Estudios y elaboración de documentación técnica y legal para la externalización de la propiedad o gestión de instalaciones energéticas hacia empresas de servicios energéticos. Importe máximo: 5.000 euros.

  11. Auditorías energéticas en plantas de cogeneración. Importe máximo: 8.600 euros.

  12. Estudios de viabilidad de plantas de cogeneración. Importe máximo: 5.800 euros.

    Partida presupuestaria: 469000100/6310 a otros entes dependientes de corporaciones locales:

  13. Estudios y elaboración de documentación técnica y legal para la externalización de la propiedad o gestión de instalaciones energéticas hacia empresas de servicios energéticos. Importe máximo: 40.000 euros.

    Partida presupuestaria: 770000100/6310 a empresas privadas:

  14. Adquisición e instalación de tecnologías eficientes en el alumbrado de edificios públicos y privados existentes. Importe máximo: 324.000 euros.

  15. Incorporación de tecnologías energéticamente eficientes en el equipamiento térmico de los edificios existentes. Importe máximo: 2.352.000 euros.

  16. Mejora de la eficiencia energética en la aportación de calor en edificios de nueva construcción. Importe máximo: 120.000 euros.

  17. Renovación de equipos auxiliares consumidores o transformadores de energía por equipos de alto rendimiento a la industria. Importe máximo: 2.757.200 euros.

  18. Cogeneraciones de alta eficiencia al sector terciario. Importe máximo: 89.600 euros.

    Partida presupuestaria: 780000100/6310 a familias:

  19. Adquisición e instalación de tecnologías eficientes en el alumbrado de edificios públicos y privados existentes. Importe máximo: 64.800 euros.

  20. Incorporación de tecnologías energéticamente eficientes en el equipamiento térmico de los edificios existentes. Importe máximo: 294.000 euros.

  21. Mejora de la eficiencia energética en la aportación de calor en edificios de nueva construcción. Importe máximo: 30.000 euros.

    Partida presupuestaria: 782000100/6310 a instituciones sin ánimo de lucro:

  22. Adquisición e instalación de tecnologías eficientes en el alumbrado de edificios públicos y privados existentes. Importe máximo: 16.200 euros.

  23. Incorporación de tecnologías energéticamente eficientes en el equipamiento térmico de los edificios existentes. Importe máximo: 294.000 euros.

  24. Mejora de la eficiencia energética en la aportación de calor en edificios de nueva construcción. Importe máximo: 30.000 euros.

    Partida presupuestaria: 720000200/6310 al Instituto Catalán de Salud:

  25. Adquisición e instalación de tecnologías eficientes en el alumbrado de edificios públicos y privados existentes. Importe máximo: 40.500 euros.

  26. Incorporación de tecnologías energéticamente eficientes en el equipamiento térmico de los edificios existentes. Importe máximo: 294.000 euros.

  27. Cogeneraciones de alta eficiencia al sector terciario. Importe máximo: 12.800 euros.

    Partida presupuestaria: 748000100/6310 a otros entes públicos de la Generalidad:

  28. Adquisición e instalación de tecnologías eficientes en el alumbrado de edificios públicos y privados existentes. Importe máximo: 81.000 euros.

  29. Incorporación de tecnologías energéticamente eficientes en el equipamiento térmico de los edificios existentes. Importe máximo: 294.000 euros.

  30. Cogeneraciones de alta eficiencia al sector terciario. Importe máximo: 12.800 euros.

    Partida presupuestaria: 742000100/6310 a consorcios:

  31. Adquisición e instalación de tecnologías eficientes en el alumbrado de edificios públicos y privados existentes. Importe máximo: 40.500 euros.

  32. Incorporación de tecnologías energéticamente eficientes en el equipamiento térmico de los edificios existentes. Importe máximo: 294.000 euros.

  33. Cogeneraciones de alta eficiencia al sector terciario. Importe máximo: 12.800...

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