ORDEN REP/119/2005, de 14 de marzo, por la que se aprueban las bases generales que tienen que regir los convenios con los entes locales para la realización de planes municipales de participación ciudadana y las ayudas para el fomento de la participación.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

REP/119/2005, de 14 de marzo, por la que se aprueban las bases generales que tienen que regir los convenios con los entes locales para la realización de planes municipales de participación ciudadana y las ayudas para el fomento de la participación.

Los ayuntamientos, como espacios de proximidad y elementos primarios de la participación ciudadana, pueden colaborar a impulsar experiencias de participación ciudadana y de mejora de la calidad democrática. De este modo han ido desarrollando técnicas, cada vez más depuradas de planificación de sus actuaciones sectoriales en ámbitos como el urbanismo, el desarrollo económico o el medio ambiente. También se ha avanzado en la puesta en marcha de planes específicos dirigidos a colectivos como la gente joven o la gente de la tercera edad, o a espacios de actuación como los servicios sociales, la cultura, etc.

En materia de participación, en cambio, no se conocen muchas experiencias que hayan planificado como se puede mejorar la intervención ciudadana en el diseño, la elaboración, la ejecución y la evaluación de las políticas públicas municipales.

Asimismo, se ha avanzado en la innovación en lo que se refiere a las herramientas que hay que utilizar para favorecer esta participación. Desde una primera época en la que el acento se ponía en la elaboración de reglamentos y en el despliegue de consejos consultivos, se ha pasado a una nueva fase, aún incipiente, en la que se han ido promoviendo diferentes proyectos e instrumentos concretos: proyecto educativo de ciudad, memorias participativas, presupuestos participativos, talleres de prospectiva, etc.

Se requiere, pues, una mínima planificación de la participación para ordenar actuaciones que permitan a la administración municipal ser más permeable a las iniciativas ciudadanas y a la participación de la ciudadanía, así como dar más capacidades y habilidades a las personas y las entidades en las que se organizan para poder ser más activas en la vida de pueblos y ciudades.

Igualmente, resulta vital continuar desarrollando experiencias que permitan un mejor acercamiento y una relación más directa entre los gobiernos y la ciudadanía, y promover canales de participación y la realización de procesos participativos.

La Generalidad quiere poner a disposición de los entes locales programas de soporte económico y herramientas formativas, así como el asesoramiento necesario para facilitar esta tarea que deviene puntera en la construcción de una sociedad democrática y de un país avanzado.

Esta convocatoria pretende ayudar a los municipios a elaborar su plan de participación ciudadana, así como colaborar en el desarrollo de iniciativas que promuevan la participación, ofreciendo recursos económicos y asesoramiento para su realización.

Dado el Decreto 296/2003, de 20 de diciembre, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencias de los departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña (DOGC núm. 4076, de 23.2.2004), y del Decreto 2/2004, de 7 de enero, de estructuración del Departamento de Relaciones Institucionales y Participación (DOGC núm. 4046, de 12.1.2004);

Dado lo que disponen los artículos 69 a 72 de la Ley estatal 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local;

Dado lo que dispone el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña (DOGC núm. 3791A, de 31.12.2002);

Dada la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18.11.2003);

Dada la Orden del Departamento de Economía y Finanzas de 1 de octubre de 1997, sobre tramitación, justificación y control de ayudas y de subvenciones (DOGC núm. 2500, de 21.10.1997),

Ordeno:

.1 Hacer pública la convocatoria para la realización de convenios para la realización de planes de participación ciudadana y la concesión de ayudas para desarrollar experiencias de participación.

.2 Aprobar las bases reguladoras de esta convocatoria que figuran en los anexos 1, 2 y 3 de esta Orden.

.3 Las solicitudes para concurrir esta convocatoria se pueden presentar durante el plazo de un mes a contar a partir del día después de la publicación de esta Orden en el DOGC.

.4 Esta convocatoria se financiará con cargo a la posición presupuestaria D/460000100/1211 del presupuesto del Departamento de Relaciones Institucionales y Participación para el 2005; la cuantía máxima total que se destinará a estas subvenciones será de 900.000 euros.

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente de haberse publicado en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Barcelona, 14 de marzo de 2005

Joan Saura i Laporta

Consejero de Relaciones Institucionales

y Participación

Anexo 1

Bases reguladoras de los convenios

.1 Objeto

El objeto de los convenios que se rigen por esta convocatoria es la realización de planes de participación ciudadana que tendrán que contener, como mínimo, las especificaciones que se indican en estas bases. Todos los entes beneficiarios de este programa tendrán que someter el proyecto subvencionado a una evaluación realizada por una comisión de seguimiento promovida por la Dirección General de Participación Ciudadana con técnicos del territorio y otros expertos profesionales para nutrir una base de datos de experiencias para compartirla con otros municipios.

Definición

Los planes de participación son aquellas actuaciones que de manera conjunta, integral, sistemática y coordinada, pretenden, por una parte, mejorar la organización municipal para hacerla más permeable a la participación...

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