ORDEN TRI/367/2005, de 22 de agosto, por la que se modifica la Orden TRI/376/2004, de 25 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras que tienen que regir las subvenciones destinadas a los contratos programas para la formación de trabajadores/as que promueve el Consorcio para la Formación Continua de Cataluña.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

TRI/367/2005, de 22 de agosto, por la que se modifica la Orden TRI/376/2004, de 25 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras que tienen que regir las subvenciones destinadas a los contratos programas para la formación de trabajadores/as que promueve el Consorcio para la Formación Continua de Cataluña.

Con fecha 28 de octubre de 2004 se publicó en el DOGC, número 4249, la Orden TRI/376/2004, de 25 de octubre, por la cual se establecen las bases reguladoras que tienen que regir las subvenciones destinadas a los contratos programas para la formación de trabajadores/as que promueve el Consorcio para la Formación Continua de Cataluña;

Dado que, en fechas 1 de julio y 5 de agosto de 2005, se han publicado en el Boletín Oficial del Estado, números 156 y 186 respectivamente, la Orden TAS/2094/2005, de 17 de junio, y la Orden TAS/2562/2005, de 28 de julio, del Servicio Público de Empleo Estatal, de modificación de la Orden TAS/2783/2004, de 30 de julio, por la cual se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas mediante contratos programa para la formación de los trabajadores, en desarrollo del Real decreto 1046/2003, de 1 de agosto, por el cual se regula el subsistema de la formación profesional continua;

Dado que, como consecuencia de las publicaciones de las mencionadas Órdenes, se ha puesto de manifiesto la necesidad de modificar las previsiones recogidas en la mencionada Orden TRI/376/2004, de 25 de octubre;

Considerando lo que establecen la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18.11.2003) y el capítulo IX del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña (DOGC núm. 3791A, de 31.12.2002), modificado por la Ley 12/2004, de 27 de diciembre, de medidas financieras (DOGC núm. 4292, de 31.12.2004);

Dado que se ha dado audiencia a los agentes sociales representados en el sí del Consejo de Trabajo, Económico y Social de Cataluña y en el Consejo de Dirección del Servicio de Ocupación de Cataluña, y habiéndose informado al Consejo Catalán de la Formación Profesional;

Considerando el acuerdo del Consejo General del Consorcio para la Formación Continua de Cataluña, con el informe previo de la Asesoría Jurídica, a propuesta del Servicio de Ocupación de Cataluña, y en uso de las facultades que me son conferidas,

Ordeno:

Artículo 1...

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