ORDEN ECF/498/2007, de 21 de diciembre, por la que se regula el régimen de adscripción del personal a la Agencia Tributaria de Cataluña.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Rango de LeyOrden

ORDEN

ECF/498/2007, de 21 de diciembre, por la que se regula el régimen de adscripción del personal a la Agencia Tributaria de Cataluña.

Esta Orden tiene por objeto dar cumplimiento a la disposición adicional primera de la Ley 7/2007, de 17 de julio, de creación de la Agencia Tributaria de Cataluña, y regular el régimen de adscripción del personal que en el momento de la entrada en vigor de esta norma presta servicios en los diferentes ámbitos de naturaleza tributaria del Departamento de Economía y Finanzas.

En consecuencia, según lo que dispone el artículo 61 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, una vez cumplido el trámite de consulta delante de la Mesa Sectorial de Negociación del personal de administración y técnico y visto el dictamen de la Comisión Jurídica Asesora,

Ordeno:

Artículo 1

Todos los puestos de trabajo de carácter base y singular de los servicios territoriales de Barcelona, Girona, Lleida y Tarragona del Departamento de Economía y Finanzas del ámbito de gestión, liquidación, inspección, valoración y recaudación de impuestos y los de tareas de apoyo a estas actividades se transfieren a la Agencia Tributaria de Cataluña, con las modificaciones necesarias para adaptarlos a la estructura territorial de la Agencia y en tanto no sea completamente desarrollada la estructura de la Agencia Tributaria de Cataluña mediante la aprobación de su relación de puestos de trabajo integral.

El personal que se encuentra adscrito a los puestos de trabajo transferidos, los seguirá ocupando con la misma forma de ocupación que tenga en el momento de la entrada en vigor de esta Orden.

No obstante, si como consecuencia de la adaptación de la relación de puestos de trabajo a la estructura de la Agencia, se suprimieran puestos de trabajo ocupados por personal funcionario, el personal afectado se adscribirá a la Agencia Tributaria de Cataluña, donde le será asignado un nuevo puesto de trabajo en la misma localidad y les será de aplicación el artículo 92 y concordantes del Decreto 123/1997, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal funcionario de la Administración de la Generalidad de Cataluña.

Artículo 2

El personal de la Dirección General de Tributos, de la...

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