DECRETO 147/2002, de 28 de mayo, de reestructuración parcial de la Dirección General de Seguridad Ciudadana.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

DECRETO

147/2002, de 28 de mayo, de reestructuración parcial de la Dirección General de Seguridad Ciudadana.

El Decreto 19/2002, de 22 de enero, reestructuró parcialmente la Dirección General de Seguridad Ciudadana, que estaba regulada por el Decreto 105/1993, de 23 de marzo. Esta reestructuración parcial ha supuesto una modificación profunda de la Subdirección General de la Policía.

Procede ahora la reestructuración de las unidades administrativas de la Dirección General con el fin de adaptarlas al desarrollo por parte de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra de las funciones asignadas por la Ley 10/1994, de 11 de julio, de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra, al incremento de las actividades de gestión, derivado del proceso de despliegue territorial por sustitución de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, así como hacer los ajustes organizativos necesarios para profundizar en la racionalización y modernización de la actuación del cuerpo de mozos de escuadra.

La reestructuración de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra a partir de un nuevo modelo descentralizado y de corresponsabilidad de los miembros de la organización con la gestión de las funciones asignadas obliga a adaptar la organización administrativa a los nuevos requerimientos funcionales y operativos de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra, con la finalidad de obtener un grado elevado de coordinación y armonía entre las estructuras policiales y administrativas que permitan identificar claramente sus características y responsabilidades.

La nueva estructura administrativa de la Dirección General de Seguridad Ciudadana contiene como principal cambio la creación de la Subdirección General de Recursos Humanos. La creación de esta nueva Subdirección facilita la consecución de los objetivos generales de la Dirección General y de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra, en particular, mediante la planificación, gestión y control de las políticas de personal de la Dirección General de Seguridad Ciudadana a través de un órgano especializado.

Más concretamente, como consecuencia de la continuada asunción de las competencias en el resto del territorio de Cataluña donde el cuerpo de mozos de escuadra no tiene la condición de policía ordinaria e integral, da lugar a un incremento considerable del número de efectivos. Este hecho aconseja, necesariamente, la creación de una subdirección general encargada de la gestión directa de los recursos humanos de la Dirección General de Seguridad Ciudadana.

Como Subdirecciones directamente dependientes de la Dirección General, además de esta nueva Subdirección General de Recursos Humanos, se mantienen la Subdirección General de la Policía -reestructurada mediante el Decreto 19/2002, de 22 de enero- la Subdirección General de Administración y Servicios y la Subdirección General de Coordinación de Policías Locales.

Asimismo, se ha considerado conveniente cambiar la dependencia del Servicio de Asesoramiento Jurídico que pasa a depender directamente de la Dirección General tanto para garantizar una mayor eficacia y calidad en el asesoramiento jurídico de los asuntos que gestionan las diferentes Subdirecciones Generales como para facilitar una visión más extensa de las diferentes actuaciones de las estructuras policiales y administrativas, que son cada vez más amplias y complejas.

Por lo tanto, de conformidad con lo que establece la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad, a propuesta del consejero de Interior y de acuerdo con el Gobierno,

Decreto:

Artículo 1

La Dirección General de Seguridad Ciudadana, modificada por el Decreto 19/2002, de 22 de enero, de reestructuración parcial de la Dirección General de Seguridad Ciudadana, se organiza, además, en las unidades siguientes:

a) Subdirección General de Administración y Servicios.

b) Subdirección General de Recursos Humanos.

c) Subdirección General de Coordinación de las Policías Locales.

d) Servicio de Asesoramiento Jurídico.

Artículo 2

Corresponden a la Subdirección General de Administración y Servicios, con el fin de satisfacer las necesidades de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra en los ámbitos técnico y administrativo, las funciones siguientes:

a) Dirigir, coordinar y supervisar las tareas de administración y de gestión de los recursos materiales y de servicios de la Dirección General.

b) Dirigir y coordinar el funcionamiento y la organización de las unidades que de ella dependen.

c) Dirigir y coordinar los trabajos de planificación y de elaboración de la propuesta del anteproyecto de presupuesto de la Dirección General en coordinación con la Secretaría General.

d) Dirigir y supervisar la gestión económica ordinaria, la tramitación de los expedientes de gasto y contratación y la gestión de los bienes patrimoniales de la Dirección General en coordinación con la Secretaría General.

e) Dirigir, coordinar e impulsar las actuaciones y los programas dirigidos a la mejora y modernización de la organización administrativa de la Dirección General.

f) Coordinar las actuaciones relativas a la planificación e implementación de los equipos y las redes de telecomunicaciones de la Dirección General.

g) Coordinar la planificación y la gestión de los sistemas de información de la Dirección General.

h) Supervisar el ejercicio de las competencias de la Dirección General en materia de seguridad privada, así como establecer criterios de coordinación funcional en esta materia, en relación con los otros órganos competentes.

i) Ejercer cualquier otra función que se le encomiende.

Artículo 3

De la Subdirección General de Administración y Servicios dependen los siguientes órganos:

a) Servicio de Gestión Económica y Logística.

b) Servicio de Organización Administrativa.

c) Gabinete de Telecomunicaciones.

d) Servicio de Informática.

e) Servicio de Seguridad Privada.

f) Servicio de Administración de las Demarcaciones de Barcelona, Tarragona y Tierras del Ebro.

g) Servicio de Administración de la Región Policial Girona.

h) Servicio de Administración de las Regiones Policiales Pirineo Occidental y Poniente.

i) Servicio de Administración de la Región Policial Central.

j) Servicio de Administración de la Región Policial Metropolitana Norte.

Artículo 4

4.1 El Servicio de Gestión Económica y Logística ejerce las funciones siguientes:

a) Planificar y elaborar la propuesta del anteproyecto de presupuesto anual de la Dirección General de Seguridad Ciudadana en colaboración con la Secretaría General.

b) Proponer ampliaciones y modificaciones del presupuesto de la Dirección General.

c) Controlar la gestión económica ordinaria de la Dirección General y el seguimiento de la ejecución de su presupuesto.

d) Supervisar la contabilidad interna de la habilitación de la Dirección General y controlar las subhabilitaciones de los servicios de administración a los que hace referencia el artículo 9.

e) Planificar la adquisición de recursos materiales a partir de las necesidades detectadas por los diferentes órganos de la Dirección General.

f) Colaborar con la Secretaría General en la planificación y supervisión de los proyectos de obra de la Dirección General.

g) Elaborar las propuestas de expedientes de contratación de obras y de suministros de bienes y servicios de la Dirección General.

h) Gestionar el inventario patrimonial de la Dirección General en coordinación con la Secretaría General del Departamento.

i) Estandarización de los materiales utilizados por la policía de la Generalidad-mozos de escuadra, en colaboración con la Subdirección General de la Policía.

j) Proponer mejoras en la gestión de los recursos materiales de la Dirección General.

k) Analizar y evaluar la información estadística sobre el funcionamiento y utilización de los suministros, equipamientos y vehículos en colaboración con la Subdirección General de la Policía.

l) Realizar estudios e informes para el asesoramiento en materia económica a los órganos de la Dirección General.

m) Cualquier otra función que se le encomiende.

4.2 El Servicio de Gestión Económica y Logística se estructura en las Secciones siguientes:

a) Sección de Infraestructuras.

b) Sección de Contratación.

c) Sección del Parque Móvil.

d) Sección de Gestión Presupuestaria.

4.3 Corresponden a la Sección de Infraestructuras las funciones siguientes:

a) Colaborar con la Secretaría General en la planificación, la elaboración y supervisión de los proyectos de obra, a partir de las necesidades detectadas por la Subdirección General de la Policía.

b) Colaborar con la Secretaría General en el seguimiento de las obras en ejecución en las instalaciones de la Dirección General.

c) Proponer, en coordinación con el Gabinete de Asistencia Médica y Prevención de Riesgos Laborales, las mejores soluciones técnicas en materia de seguridad física de las instalaciones, a partir de las necesidades detectadas por la Subdirección General de la Policía.

d) Elaborar los planes y programas de mantenimiento de edificios, instalaciones y maquinaria, para su conservación, reparación, rehabilitación y mejora, en colaboración con la Secretaría General.

e) Coordinar e inspeccionar los equipos técnicos que intervengan en la ejecución de los programas para la conservación de las instalaciones de la Dirección General.

f) Asesorar a los diferentes servicios de administración a los que hace referencia el artículo 9 en el mantenimiento de sus edificios.

g) Cualquier otra función que se le encomiende.

4.4 Corresponden a la Sección de Contratación las funciones siguientes:

a) Colaborar con la Secretaría General en la...

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