ORDEN ECO/58/2011, de 19 de abril, de modificación de la Orden IRP/483/2009, de 6 de octubre, de reestructuración de la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalidad.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y CONOCIMIENTO
Rango de LeyOrden

ORDEN

ECO/58/2011, de 19 de abril, de modificación de la Orden IRP/483/2009, de 6 de octubre, de reestructuración de la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalidad.

El artículo 2 de la Ley 5/1986, de 17 de abril, de creación de la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalidad, establece que la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalidad tiene a su cargo la organización, la gestión directa y la comercialización de los juegos que las disposiciones legales reservan a la gestión de la Generalidad, y también la recaudación por cuenta de la Generalidad de los ingresos públicos derivados de esta actividad y el pago de los premios que se establezcan. Asimismo, la Entidad puede realizar las actividades y los servicios que se le encarguen relacionados con los juegos y las apuestas.

De acuerdo con el artículo 8 del Decreto 296/1996, de 23 de julio, de organización y funcionamiento de la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalidad, la Entidad se estructura en departamentos, unidades y áreas, estructura organizativa y funcional que tiene que ser aprobada por la persona titular del departamento competente en la materia, a propuesta del Consejo de Administración de la Entidad.

El artículo 3.3.12 del Decreto 200/2010, de 27 de diciembre, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña, atribuye la competencia de juego y apuestas al Departamento de Economía y Conocimiento. Asimismo, el artículo 1.3.1.b) del Decreto 310/2011, de 12 de abril, de reestructuración del Departamento de Economía y Conocimiento, determina la adscripción de la Entidad Autónoma de Juego y Apuestas de la Generalidad al Departamento de Economía y Conocimiento mediante la Secretaría General.

Es en este contexto de cambio de atribución departamental de la competencia en materia de juego y apuestas que el Departamento de Economía y Conocimiento considera necesario que la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalidad pueda disponer de personal funcionario para ejercer las tareas de la coordinación orgánica y de la coordinación económico-administrativa de las diferentes unidades estructurales de la Entidad.

En este sentido, la disposición adicional octava del Decreto 310/2011, de 12 de abril, que modifica el artículo 9 del Decreto 296/1996, de 23 de julio, de organización y funcionamiento de la...

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