DECRETO 184/2010, de 23 de noviembre, de modificación del Decreto 200/2007, de 10 de septiembre, de reestructuración del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa.

Fecha de Entrada en Vigor16 de Diciembre de 2010
SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE INNOVACIÓN, UNIVERSIDADES Y EMPRESA
Rango de LeyDecreto

DECRETO

184/2010, de 23 de noviembre, de modificación del Decreto 200/2007, de 10 de septiembre, de reestructuración del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa.

Mediante el Decreto 200/2007, de 10 de septiembre, de reestructuración del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa, se desarrolló la estructura de este Departamento de acuerdo con las competencias asignadas mediante el Decreto 421/2006, de 28 de noviembre de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los Departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña.

La Ley 15/2007, de 5 de diciembre, de la Agencia Catalana de Turismo, crea la Agencia como una entidad de derecho público de la Generalidad que actúa sujeta al derecho privado, con personalidad jurídica propia, con plena capacidad de obrar y patrimonio propio para el cumplimiento de sus objetivos. El objetivo de la Agencia Catalana de Turismo es promocionar Cataluña como destino turístico de referencia internacional de acuerdo con su diversidad, su calidad y su rentabilidad social y económica.

Con posterioridad, se crea la Agencia de Seguridad Industrial, por la Ley 12/2008, de 31 de julio, de seguridad industrial, que es una entidad de derecho público de la Generalidad, con personalidad jurídica propia y con plena capacidad de obrar para cumplir sus funciones, y es el organismo que debe ejercer las competencias en materia de seguridad industrial.

Igualmente, mediante la Ley 9/2009, de 30 de junio, de política industrial, se crea la Agencia de Apoyo a la Empresa Catalana, entidad de derecho público de la Generalidad que actúa sujeta al derecho privado.

La Agencia de Apoyo a la Empresa Catalana es el organismo que se encarga de la ejecución de las políticas de la Generalidad en los ámbitos de la innovación, la transferencia tecnológica, la internacionalización, el fomento y la captación de inversiones en Cataluña y la mejora continuada de la productividad de la empresa catalana, que se adscribe al departamento competente en materia de industria.

Por Acuerdo del Gobierno 143/2009, de 15 de septiembre, se crea el Consorcio de Comercio, Artesanía y Moda de Cataluña, y se aprueban los Estatutos, con la finalidad general de promocionar e impulsar el sector comercial, artesanal, y el apoyo a la moda catalana.

Por el Decreto 175/2009, de 10 de noviembre, se crean la Comisión Interdepartamental de Investigación e Innovación y la Oficina de Coordinación en Investigación e Innovación, configurada, la primera como un órgano colegiado adscrito al departamento competente en materia de investigación e innovación y dependiendo orgánicamente del consejero competente en esta materia, y la segunda, que tiene como misión proveer en el Gobierno, los departamentos, el Consejo Catalán de Investigación e Innovación y la Comisión Interdepartamental de Investigación e Innovación de los instrumentos necesarios para dar apoyo y coordinar el diseño y el desarrollo de las estrategias y políticas de investigación e innovación.

Por el Acuerdo de Gobierno, de 13 de abril de 2010, se aprobó la participación de la Administración de la Generalidad de Cataluña en la constitución de la Fundación Institución de Centros de Investigación de Cataluña, cuyo objeto es el apoyo a los centros de investigación de la Generalidad y su proyección corporativa, institucional y científica, a los efectos que puedan incrementar y consolidar posiciones de liderazgo internacional. A estos efectos, la Dirección General de Investigación y los órganos que dependen, se tienen que relacionar y coordinar con esta fundación.

La voluntad de incorporar en la estructura del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa las entidades adscritas y regularizar su marco de relaciones, así como normalizar los cambios a nivel funcional que impactan en las diferentes unidades, hace patente la necesidad de proceder a algunas modificaciones de esta estructura con el fin de que sea plenamente eficiente en el desarrollo de las competencias que le han sido encomendadas.

De conformidad con lo expuesto y de acuerdo con lo que dispone el artículo 11.3 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña;

Por todo eso, de conformidad con el artículo 26.e) de la Ley 13/2008, de 5 de noviembre, de la presidencia de la Generalidad y del Gobierno, a propuesta del consejero de Innovación, Universidades y Empresa y de acuerdo con el Gobierno,

Decreto:

Artículo 1

Se modifica el artículo 1 del Decreto 200/2007, de 10 de septiembre, de reestructuración del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa, que queda redactado de la manera siguiente:

"Artículo 1

"Estructura del Departamento

"1.1 El Departamento de Innovación, Universidades y Empresa, bajo la dirección del/de la consejero/a, ejerce sus funciones mediante los órganos siguientes:

"a) La Secretaría General.

"b) Dirección General de Comercio.

"c) Dirección General de Turismo.

"d) La Secretaría de Industria y Empresa.

"e) El Comisionado para Universidades e Investigación.

"f) Oficina de Coordinación en Investigación e Innovación.

"1.2 Quedan adscritos al Departamento de Innovación, Universidades y Empresa, en los términos que prevé este Decreto y la normativa que los regula:

"a) El Laboratorio General de Ensayos e Investigaciones (LGAI).

"b) El Instituto de Investigación Aplicada al Automóvil (IDIADA).

"c) La Secretaría General del Consejo Interuniversitario de Cataluña (CIC).

"d) La Comisión Interdepartamental de Investigación e Innovación (CIRIO).

"e) La Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación (AGAUR).

"f) La Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Cataluña (AQU).

"g) La Agencia Catalana de Seguridad Industrial (ACSI).

"h) La Agencia Catalana de Turismo (ACT).

"i) La Agencia de Apoyo a la Empresa Catalana (ACC1Ó).

"1.3 Queda vinculado al Departamento de Innovación, Universidades y Empresa el Consorcio de Comercio, Artesanía y Moda de Cataluña (CCAM).

"1.4 Los organismos adscritos y vinculados se relacionan con el Departamento de Innovación, Universidades y Empresa de la manera siguiente:

"a) Mediante el Comisionado de Universidades e Investigación

"La Secretaría General del Consejo Interuniversitario de Cataluña (CIC).

"La Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación (AGAUR).

"La Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Cataluña (AQU).

"b) Mediante la Secretaría de Industria y Empresa:

"El Laboratorio General de Ensayos e Investigaciones (LGAI).

"El Instituto de Investigación Aplicada al Automóvil (IDIADA).

"La Agencia Catalana de Seguridad Industrial( ACSI)

"c) Mediante la Dirección General de Comercio:

"El Consorcio de Comercio, Artesanía y Moda de Cataluña (CCAM)

"d) Mediante la Dirección General de Turismo:

"La Agencia Catalana de Turismo (ACT)."

Artículo 2

Se modifica el artículo 8.2 del Decreto 200/2007, de 10 de septiembre, de reestructuración del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa, que queda redactado de la manera siguiente:

"8.2 De la Dirección de Servicios dependen los órganos activos y el Área funcional siguientes:

"a) La Subdirección General de Gestión Económica, Contratación y Régimen Interior.

"b) La Subdirección General de Organización, Calidad y Personal.

"c) La Área de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC)."

Artículo 3

Se modifica el artículo 31 del Decreto 200/2007, de 10 de septiembre, de reestructuración del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa, que queda redactado de la manera siguiente:

"Artículo 31

"Funciones y estructura de la Dirección General de Comercio

"31.1 La Dirección General de Comercio tiene las funciones siguientes:

"a) Planificar, dirigir y ejecutar las políticas relacionadas con los equipamientos comerciales, la actividad comercial y ferial, la artesanía y los servicios no sometidos a una normativa específica, de acuerdo con las directrices fijadas por el Gobierno.

"b) Dar apoyo y asesoramiento técnico al/a la consejero/a en materia de comercio, actividad ferial, artesanía y de los servicios no sometidos a una normativa específica.

"c) Impulsar y promover iniciativas en el sector que sean de interés para la economía catalana.

"d) Ordenar la actividad del comercio y ferial, de la artesanía y de los servicios no sometidos a una regulación específica.

"e) Planificar y dirigir las actuaciones que garanticen la aplicación de la normativa en materia de comercio, de la actividad ferial y de la artesanía y elaborar propuestas sobre estas actuaciones y sobre los servicios no sometidos a una normativa específica.

"f) Diseñar y coordinar las actuaciones relacionadas con el fomento de la competitividad del sector comercial, de la actividad ferial, de la artesanía y del sector de servicios de Cataluña no sometidos a una normativa específica, así como diseñar y coordinar las actuaciones relacionadas con la formación del sector comercial y de la artesanía.

"g) Diseñar actuaciones que faciliten el suministro de los productos de uso cotidiano a la población, evitando desplazamientos, especialmente en los colectivos con dificultades de movilidad.

"h) Dirigir las...

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