DECRETO 158/2002, de 11 de junio, de reestructuración de la Delegación del Gobierno de la Generalidad en Madrid.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

DECRETO

158/2002, de 11 de junio, de reestructuración de la Delegación del Gobierno de la Generalidad en Madrid.

La presencia de la Administración de la Generalidad de Cataluña en la capital del Estado se materializa a través de la delegación del Gobierno de la Generalidad en Madrid, la cual ha experimentado una evolución desde el comienzo de su funcionamiento. Esta evolución progresiva que comprende, primero, la primitiva estructura con funciones de información, comunicación y relaciones públicas establecida por el Acuerdo del Consejo Ejecutivo de 27 de octubre de 1983, y después, la dotación de funciones de representación institucional por el Acuerdo de Gobierno de 30 de enero de 1986, hasta llegar a la actualidad, momento en el cual ya es una realidad plenamente consolidada. Así, el artículo 37.6 del Decreto 184/2000, de 29 de mayo, de reestructuración del Departamento de la Presidencia, prevé que la Delegación del Gobierno de la Generalidad en Madrid tiene atribuidas las funciones de difusión, promoción y representación institucional del Gobierno de la Generalidad.

Esta evolución en el tiempo aconseja modificar la actual estructura de la Delegación del Gobierno de la Generalidad en Madrid con el objeto de fomentar la divulgación de la realidad catalana y las relaciones de las instituciones catalanas con las del Gobierno del Estado, bajo el principio de lealtad institucional y cooperación, a fin de conseguir una mayor agilidad y eficacia en estas relaciones.

De conformidad con las previsiones de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, a propuesta del primer consejero y de acuerdo con el Gobierno,

Decreto:

Artículo 1

Objeto de la delegación del Gobierno de la Generalidad en Madrid

La Delegación del Gobierno de la Generalidad en Madrid, con rango orgánico de secretaría general en los términos previstos en el artículo 11.2 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, tiene por objeto la difusión y la promoción de la realidad catalana y la representación institucional del Gobierno de la Generalidad en la capital del Estado.

Artículo 2

Adscripción

La Delegación del Gobierno de la Generalidad en Madrid queda adscrita al Departamento de la Presidencia.

Artículo 3

Delegado del Gobierno de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR