DECRETO 282/2004, de 11 de mayo, de reestructuración parcial de los departamentos de Enseñanza y de Bienestar y Familia.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

DECRETO

282/2004, de 11 de mayo, de reestructuraciÛn parcial de los departamentos de EnseÒanza y de Bienestar y Familia.

Por el Decreto 186/1988, de 1 de agosto, el Departamento de Bienestar Social asumiÛ las competencias sobre formaciÛn permanente de adultos, atribuidas hasta entonces al Departamento de EnseÒanza, asÌ como, mediante el Decreto 192/1993, de 27 de julio de 1993, de reestructuraciÛn del Departamento de Bienestar Social, se regulÛ la DirecciÛn General de FormaciÛn de Adultos.

En el marco actual de definiciÛn de competencias entre departamentos, es conveniente que el Departamento de EnseÒanza asuma nuevamente las competencias en materia de formaciÛn de personas adultas, las cuales se asumen por la DirecciÛn General de FormaciÛn Profesional del Departamento de EnseÒanza, regulada por el Decreto 320/2000, de 27 de septiembre, de reestructuraciÛn del Departamento de EnseÒanza.

Asimismo, se crea en el Departamento de EnseÒanza la DirecciÛn de Servicios a fin de que ejerza las funciones de administraciÛn, rÈgimen interior y gestiÛn de los servicios generales del Departamento de acuerdo con lo que disponen los artÌculos 11 y 15 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organizaciÛn, procedimiento y rÈgimen jurÌdico de la AdministraciÛn de la Generalidad de CataluÒa.

Se crea tambiÈn, en el Departamento de EnseÒanza, la SubdirecciÛn General de Lengua y CohesiÛn Social ante los nuevos retos que plantea la acogida y la integraciÛn del nuevo alumnado en el nuestro sistema educativo, la voluntad de garantizar la igualdad de oportunidades para acceder a una educaciÛn de calidad para todos, respetar la diversidad cultural y consolidar la lengua catalana como eje vertebrador de un proyecto educativo pluriling¸e fundamentado en los valores de la convivencia, la equidad y la inclusiÛn escolar y social de todo el alumnado.

A fin de adecuar la estructura y las funciones de las diferentes unidades org·nicas a la nueva organizaciÛn y a las actuaciones que quiere desarrollar el Departamento de EnseÒanza y para asumir nuevamente las competencias y funciones relativas a la formaciÛn de personas adultas;

De conformidad con la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organizaciÛn, procedimiento y rÈgimen jurÌdico de la AdministraciÛn de la Generalidad de CataluÒa, a propuesta de la Presidencia y de las consejeras de EnseÒanza y de Bienestar y Familia, y de acuerdo con el Gobierno,

Decreto:

ArtÌculo 1

AsunciÛn de competencias por parte del Departamento de EnseÒanza

1.1††El Departamento de EnseÒanza asume las competencias y las funciones en materia de formaciÛn de adultos que tenÌa atribuidas el Departamento de Bienestar y Familia, asÌ como los recursos humanos y materiales directa o indirectamente afectados.

1.2††De acuerdo con lo que dispone el apartado anterior, la DirecciÛn General de FormaciÛn Profesional del Departamento de EnseÒanza asume las funciones y la estructura de la DirecciÛn General de FormaciÛn de Adultos, que se suprime, y pasa a denominarse DirecciÛn General de FormaciÛn Profesional y EducaciÛn Permanente.

1.3††La SubdirecciÛn General de FormaciÛn de Adultos, que se integra en la DirecciÛn General de FormaciÛn Profesional y EducaciÛn Permanente, pasa a denominarse SubdirecciÛn General de FormaciÛn de Personas Adultas.

ArtÌculo 2

ReestructuraciÛn de la SecretarÌa General

Se crea la DirecciÛn de Servicios dentro del Departamento de EnseÒanza con dependencia de la SecretarÌa General y rango org·nico de DirecciÛn General.

ArtÌculo 3

Estructura de la SecretarÌa General

Para el ejercicio de sus funciones la SecretarÌa General se estructura en los Ûrganos siguientes:

a)†La DirecciÛn de Servicios.

b)†La SubdirecciÛn General de la InspecciÛn de Servicios.

c)†La SubdirecciÛn General de la InspecciÛn de EnseÒanza.

d)†La AsesorÌa JurÌdica.

Las funciones y la estructura de la SubdirecciÛn General de la InspecciÛn de Servicios, de la SubdirecciÛn General de la InspecciÛn de EnseÒanza y de la AsesorÌa JurÌdica, son las que se prevÈn en los artÌculos 16 al 18, 19 y 20, y en los artÌculos 46 y 47, respectivamente, del Decreto 320/2000, de 27 de septiembre, de reestructuraciÛn del Departamento de EnseÒanza.

Las referencias hechas en los artÌculos 46 y 47 al Decreto 257/1997, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el reglamento de los servicios jurÌdicos de la Generalidad de CataluÒa, deben entenderse hechas al Decreto 57/2002, de 19 de febrero, de modificaciÛn del Decreto 257/1997, de 30 de septiembre.

ArtÌculo 4

La DirecciÛn de Servicios

4.1††A la DirecciÛn de Servicios le corresponden las siguientes funciones:

a)†La administraciÛn, el rÈgimen interior y la gestiÛn de los servicios generales del Departamento, bajo la direcciÛn del/de la secretario/a general, y la coordinaciÛn de los servicios que llevan a cabo los organismos que dependen de Èl.

b)†Mantener relaciones funcionales con otros departamentos cuando se lo encargue el secretario general.

c)†Preparar el anteproyecto de presupuesto del Departamento en colaboraciÛn con los otros Ûrganos...

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