DECRETO 25/2013, de 8 de enero, de reestructuración del Departamento de Economía y Conocimiento.
Sección | Disposiciones Generales |
Emisor | DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y CONOCIMIENTO |
Rango de Ley | Decreto |
El Decreto 310/2011, de 12 de abril, de reestructuración del Departamento de Economía y Conocimiento determina la estructura del Departamento y las funciones de las unidades.
De conformidad con el artículo 23 de la Ley 13/2008, del 5 de noviembre, de la presidencia de la Generalidad y del Gobierno, y la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña;
A propuesta del titular del Departamento de Economía y Conocimiento y de acuerdo con el Gobierno,
Decreto:
Estructura del Departamento
1.1 El Departamento de Economía y Conocimiento, bajo la dirección del consejero o consejera, se estructura en los órganos siguientes:
-
La Secretaría General.
-
La Secretaría de Hacienda.
-
La Secretaría de Universidades e Investigación.
-
La Intervención General.
1.2 Se adscriben y se relacionan con el Departamento de Economía y Conocimiento las entidades siguientes:
1.2.1 Mediante la Secretaría General:
-
El Instituto Catalán de Finanzas.
-
El Instituto de Estadística de Cataluña.
1.2.2 Mediante la Secretaría de Hacienda:
-
La Agencia Tributaria de Cataluña.
-
La Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalidad de Cataluña.
-
Infraestructuras de la Generalidad de Cataluña, SAU.
1.2.3 Mediante la Secretaría de Universidades e Investigación.
-
La Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Cataluña.
-
La Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación.
1.3 Se relaciona con el Gobierno de la Generalidad de Cataluña a través del Departamento de Economía y Conocimiento la Autoridad Catalana de la Competencia.
Gabinete del/de la Consejero/a
El Gabinete del/de la Consejero/a es la unidad de asistencia y apoyo al titular del Departamento. El Gabinete tiene las funciones y dependen las unidades previstas en el artículo 2 del Decreto 310/2011, de 12 de abril.
Secretaría General
La persona titular de la Secretaría General ejerce las funciones que le atribuye la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, las otras que le asigne el resto de la normativa vigente y las encomendadas por delegación de la persona titular del Departamento. En especial le corresponden la planificación, coordinación y seguimiento de las actuaciones relativas a los gastos de personal, al patrimonio de la Generalidad, a la tesorería, a la política financiera y de seguros, a los presupuestos de la Generalidad y a los de las entidades del sector público, y a las inversiones.
Estructura de la Secretaría General
4.1 Para el ejercicio de sus funciones, la Secretaría General se estructura en los órganos siguientes:
-
La Dirección General del Patrimonio de la Generalidad de Cataluña.
-
La Dirección de Servicios.
-
La Asesoría...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba