RESOLUCIÓN ENS/2899/2011, de 7 de diciembre, por la que se resuelve el concurso público para seleccionar centros privados concertados que recibirán financiación adicional de acuerdo con las características socioeconómicas de los alumnos escolarizados.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE ENSEÑANZA
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

ENS/2899/2011, de 7 de diciembre, por la que se resuelve el concurso público para seleccionar centros privados concertados que recibirán financiación adicional de acuerdo con las características socioeconómicas de los alumnos escolarizados.

Por la Orden ENS/273/2011, de 10 de octubre (DOGC núm. 5990, de 24.10.2011), se convocó concurso público para seleccionar centros privados concertados que recibirán financiación adicional de acuerdo con las características socieconómicas de los alumnos escolarizados, durante el periodo de septiembre a diciembre de 2011.

De acuerdo con la base 3.5 de la Orden de convocatoria, en el caso de que el importe máximo destinado a la convocatoria no permita atender el total de solicitudes que cumplen los requisitos, los porcentajes de incremento del módulo de gastos de funcionamiento previstos en las bases 3.3 y 3.4 se reducirán de manera proporcional.

Una vez examinadas las solicitudes presentadas por los centros privados concertados, corresponde al director general de Centros Concertados y Centros Privados resolver la convocatoria de acuerdo con el artículo 4 de la Orden ENS/273/2011, de 10 de octubre.

Por lo tanto,

Resuelvo:

—1 Establecer los siguientes porcentajes de incremento del módulo de gastos de funcionamiento, en sustitución de los previstos en las bases 3.3 y 3.4 de la Orden ENS/273/2011, de 10 de octubre, de convocatoria:

1.1 Los criterios que se aplicarán a los centros que impartan educación infantil de segundo ciclo, educación primaria y/o educación secundaria obligatoria son los siguientes:

  1. Cuando el porcentaje de alumnos con necesidades educativas derivas de situaciones socioeconómicas o socioculturales desfavorecidas matriculado en el centro sea superior al 20%, el módulo de gastos de funcionamiento correspondiente a los meses de septiembre a diciembre se incrementará hasta un máximo del 40,24%.

  2. Cuando el porcentaje de alumnos con necesidades educativas específicas derivadas de situaciones socioeconómicas o socioculturales desfavorecidas matriculado en el centro sea superior al 10% e igual o inferior al 20%, el módulo de gastos de funcionamiento correspondiente a los meses de septiembre a diciembre se incrementará hasta un máximo del 20,12%.

  3. Cuando el porcentaje de alumnos con necesidades educativas específicas derivadas de situaciones socioeconómicas o socioculturales desfavorecidas matriculado en el centro sea superior al 5% e igual o inferior al 10%, el módulo de gastos de funcionamiento correspondiente a los meses de septiembre a diciembre se incrementará hasta un máximo del 8,04%.

    1.2 Los criterios que se aplicarán a los centros de educación especial son los siguientes:

  4. Cuando el porcentaje de alumnos con necesidades educativas específicas derivadas de situaciones socioenómicas o socioculturales desfavorecidas matriculado en el centro sea superior al 20%, el módulo de gastos de funcionamiento correspondiente a los meses de septiembre a diciembre se incrementará hasta un máximo del 20,12%.

  5. Cuando el porcentaje de alumnos con necesidades educativas específicas derivadas de situaciones socioeconómicas o socioculturales desfavorecidas matriculado en el centro sea superior al 5% e igual o inferior al 20%, el módulo de gastos de funcionamiento correspondiente a los meses de septiembre a diciembre se incrementará hasta un máximo del 8,04%.

    —2 Seleccionar los centros privados que imparten enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria y/o educación secundaria obligatoria que constan en el anexo 1 de esta Resolución, para recibir financiación adicional al módulo de gastos de funcionamiento del concierto educativo, para el período de septiembre a diciembre de 2011.

    —3 Seleccionar los centros privados que imparten enseñanzas de educación especial que constan en el anexo 2 de esta Resolución, para recibir financiación adicional al módulo de gastos de funcionamiento del concierto educativo, para el período de septiembre a diciembre de 2011.

    —4 Denegar la financiación adicional al módulo de gastos de funcionamiento a los centros privados que constan en el anexo 3 de esta Resolución, por no cumplir el requisito de tener un porcentaje de alumnos con necesidades educativas específicas derivadas de situaciones socioeconómicas o socioculturales desfavorecidas superior al 5% de la matrícula, establecido en la base 2.1.b) de la Orden de convocatoria.

    —5 Esta Resolución comporta un gasto total de 2.099.168,17 euros que van a cargo de la aplicación presupuestaria EN0120 D/488000100/4210/0000 del presupuesto de la Generalidad de Cataluña para el año 2011.

    El porcentaje de incremento del módulo de gatos de funcionamiento y el importe resultante de la financiación adicional para cada uno de los centros seleccionados, respectivamente, son los que se detallan en los anexo 1 y 2.

    —6 El importe resultante de la financiación adicional se hará efectivo en un único pago y se integrará en la gestión ordinaria del módulo de gastos de funcionamiento del concierto educativo.

    Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el DOGC, de conformidad con lo que prevé el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

    Asimismo, pueden interponer potestativamente recurso de reposición, previo al recurso contencioso administrativo, ante el órgano que dicta este acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el DOGC, según lo que disponen el artículo 77 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

    Barcelona, 7 de diciembre de 2011

    P. D. (Resolución ENS/273/2011, de 10.10.2011, DOGC de 24.10.2011)

    Miquel García Casaponsa

    Director general de Centros Concertados y Centros Privados

Anexo 1

Centros que imparten enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, y/o educación secundaria obligatoria

Consorcio de Educación de Barcelona

Municipio Código Nombre % incremento del módulo Importe
Barcelona 08006945 Acis-Artur Martorell 20,12% 5.896,68
Barcelona 08003361 Anna Ravell 8,04% 5.603,38
Barcelona 08008401 Bon Pastor 20,12% 11.793,37
Barcelona 08059411 Cintra 40,24% 4.458,04
Barcelona 08008361 Cor de Maria-Sabastida 8,04% 4.712,66
Barcelona 08005746 Escola Pia Sant Antoni 20,12% 23.586,75
Barcelona 08007445 Escola Pia-Luz Casanova 20,12% 5.896,68
Barcelona 08003725 Garbiñe 8,04% 1.465,60
Barcelona 08008701 Grey 20,12% 3.667,66
Barcelona 08005734 Griselda 40,24% 7.335,33
Barcelona 08010341 Immaculada 8,04% 4.712,66
Barcelona 08010171 Immaculada Concepció 8,04% 4.712,66
Barcelona 08006143 Josep Tous 8,04% 4.712,66
Barcelona 08008267 L'Esperança 20,12% 5.896,68
Barcelona 08005102 La Salle Comtal 20,12% 14.022,40
Barcelona 08009934 La Salle Horta 8,04% 4.712,66
Barcelona 08006477 Lloret 20,12% 3.667,66
Barcelona 08008279 Mare de Déu de la Mercè 8,04% 4.712,66
Barcelona 08005382 Mare de Déu de les Escoles Pies 8,04% 4.712,66
Barcelona 08014449 Mare de Déu del Roser Les Planes 40,24% 4.890,22
Barcelona 08005114 Mare del Diví Pastor 40,24% 11.793,37
Barcelona 08005485 Marillac 40,24% 11.793,37
Barcelona 08007241 Menéndez Pidal 8,04% 2.193,48
Barcelona 08008826 Miró 40,24% 7.335,33
Barcelona 08010882 Molina 40,24% 4.458,04
Barcelona 08004328 Nostra Senyora de Lurdes 8,04% 2.931,21
Barcelona 08005436 Nuestra Señora del Rosario 8,04% 7.068,99
Barcelona 08014255 Oscus 20,12% 2.229,02
Barcelona 08004869 Peter Pan 8,04% 1.465,60
Barcelona 08007524 Prínceps 23 d'Abril 40,24% 7.335,33
Barcelona 08009016 Roig Tesalia 8,04% 1.867,79
Barcelona 08003041 Sagrada Família 40,24% 7.335,33
Barcelona 08009685 Sagrada Família 20,12% 10.978,34
Barcelona 08008981 Sagrado Corazón 40,24% 23.586,75
Barcelona 08009156 Sagrado Corazón 8,04% 2.356,33
Barcelona 08003336 Sagrat Cor 20,12% 3.667,66
Barcelona 08005965 Sant Francesc d'Assís 40,24% 7.335,33
Barcelona 08005151 Sant Francesc Xavier 20,12% 5.896,68
Barcelona 08008784 Sant Gabriel 8,04% 4.712,66
Barcelona 08003087 Sant Joan Baptista 20,12% 5.896,68
Barcelona 08006970 Sant Josep 8,04% 2.356,33
Barcelona 08006209 Sant Medir 8,04% 2.356,33
Barcelona 08003671 Sant Pere Claver 40,24% 7.335,33
Barcelona 08006313 Sant Vicenç de Paül 20,12% 3.667,66
Barcelona 08008191 Santa Maria dels Apòstols 20,12% 9.132,17
Barcelona 08009235 Santísima Trinidad 20,12% 5.896,68
Servicios Territoriales en El Baix Llobregat
Municipio Código Nombre % incremento del módulo Importe
Cornellà de Llobregat 08016461 Nuestra Señora del Pilar 8,04% 2.356,33
Cornellà de Llobregat 08016501 Sant Antoni Maria Claret 8,04% 4.712,66
Esplugues de Llobregat 08017049 Utmar 8,04% 3.247,05
Gavà 08017402 Inmaculada Concepción 8,04% 7.280,69
Gavà 08017517 Sagrat Cor 8,04% 2.356,33
Sant Joan Despí 08026658 Gran Capità 8,04% 2.356,33
Servicios Territoriales en Barcelona Comarcas
Municipio Código Nombre % incremento del módulo Importe
Badalona 08000921 Arrels-Esperança 8,04% 7.231,83
Badalona 08001029 Boix 8,04% 2.356,33
Badalona 08000864 Cultur
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