ORDEN INT/31/2005, de 7 de febrero, por la que se abre convocatoria para la concesión de subvenciones dirigidas a entes locales que puedan estar afectados por posibles accidentes en empresas afectadas por la normativa de accidentes graves en que intervengan sustancias peligrosas, para la adquisición de equipamiento para la creación de...

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

INT/31/2005, de 7 de febrero, por la que se abre convocatoria para la concesión de subvenciones dirigidas a entes locales que puedan estar afectados por posibles accidentes en empresas afectadas por la normativa de accidentes graves en que intervengan sustancias peligrosas, para la adquisición de equipamiento para la creación de infraestructuras básicas de protección civil y para la elaboración, actualización e implantación de planes de protección civil, y se aprueban las bases.

La Ley 4/1997, de 20 de mayo, de protección civil de Cataluña, en el artículo 58, establece un gravamen sobre los elementos patrimoniales afectos a las actividades de las cuales pueda derivar la activación de planes de protección civil y que estén situados en el territorio de Cataluña, el producto de cuya recaudación tiene que destinarse íntegramente a financiar las actividades de previsión, prevención, planificación, información y formación en materia de protección civil, y tiene que adjudicarse a las administraciones que, según esta Ley, son competentes en la materia, de acuerdo con un plan aprobado por el Gobierno.

Por todo esto, de acuerdo con lo que prevén el capítulo IX del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña; el Plan de aplicación de la recaudación del gravamen finalista, aprobado en sesión del Gobierno del día 30 de noviembre de 2004, y el resto de la normativa vigente,

Ordeno:

Artículo 1

Se abre la convocatoria para la concesión de subvenciones dirigidas a los entes locales que puedan estar afectados por posibles accidentes en empresas afectadas por la normativa de accidentes graves en que intervengan sustancias peligrosas, y destinadas a la adquisición de equipamiento para la creación de infraestructuras básicas de protección civil y para la elaboración, actualización e implantación de planes de protección civil.

Artículo 2

Se aprueban las bases que tendrán que regir esta convocatoria, las cuales figuran en el anexo de esta Orden.

Artículo 3

Esta convocatoria se hace con cargo a la partida IT03 D/461.3700.00/2131 del presupuesto de gastos de la Generalidad de Cataluña para el ejercicio de 2004, incorporada al ejercicio 2005, por una cantidad máxima de 193.500 euros.

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el DOGC.

Barcelona, 7 de febrero de 2005

Montserrat Tura i Camafreita

Consejera de Interior

Anexo

Bases para la concesión de subvenciones dirigidas a entes locales que puedan estar afectados por posibles accidentes en empresas afectadas por la normativa de accidentes graves en que intervengan sustancias peligrosas, y destinadas a la adquisición de equipamiento para la creación de infraestructuras básicas de protección civil así como para la elaboración, actualización e implantación de planes de protección civil

.1 Objeto

El objeto de esta convocatoria es la concesión de ayudas económicas a los entes locales con el fin de subvencionar las actuaciones destinadas a la atención de emergencias y a la seguridad civil, que se concretan en la adquisición de equipamiento para la creación de infraestructuras básicas de protección civil y en la elaboración, actualización e implantación de planes de protección civil.

.2 Destinatarios de las subvenciones

Pueden concurrir a la convocatoria los entes locales que puedan estar afectados por posibles accidentes en...

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