ORDEN BSF/44/2014, de 25 de febrero, por la que se da publicidad a la relación de tasas vigentes durante el año 2014 que gestiona el Departamento de Bienestar Social y Familia.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA
Rango de LeyOrden

La disposición adicional tercera del Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio, establece que, dentro del plazo de dos meses a contar desde la fecha de entrada en vigor de la ley que modifique o cree tasas o actualice sus importes, los departamentos de la Generalidad de Cataluña que gestionen las tasas afectadas tienen que publicar en el DOGC, mediante una orden del consejero o consejera competente en la materia, y con efectos meramente informativos, una relación de las tasas vigentes que gestionan en que identifiquen los servicios y las actividades que devenguen cada una y la cuota correspondiente.

El importe de las tasas se ha incrementado de acuerdo con el coeficiente de actualización de las tasas con tipo de cuantía fija que establece el artículo 45 de la Ley 1/2014, de 27 de enero, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2014, excepto aquellas que han sido modificadas por la Ley 2/2014, de 27 de enero, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público cuyo artículo 96 modifica el título XXIII del Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio, añadiéndole un capítulo, el capítulo III, Tasa por la emisión de los informes de extranjería.

Por tanto, teniendo en cuenta el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio, y de acuerdo con el artículo 39.3 de la Ley 13/2008, de 5 de noviembre, de la presidencia de la Generalidad y del Gobierno,

Ordeno:

Dar publicidad a las tasas y a las correspondientes cuotas que gestiona el Departamento de Bienestar Social y Familia para el ejercicio 2014, que se especifican en el anexo de esta Orden.

Barcelona, 25 de febrero de 2014

Neus Munté i Fernàndez

Consejera de Bienestar Social y Familia

Anexo

Relación de las tasas vigentes y las correspondientes cuotas que gestiona el Departamento de Bienestar Social y Familia

Concepto: tasa por las actuaciones del Registro de Entidades, Servicios y Establecimientos Sociales.

Cuota:

  1. Por la inscripción de servicios residenciales: 276,45 euros.

  2. Por la inscripción de servicios diurnos: 185,75 euros.

  3. Por la inscripción de otros servicios: 140,65 euros.

  4. Por modificaciones de asientos registrales: 25,50 euros.

  5. Por certificaciones de...

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